Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ADMIN Y GESTIÓN. BASTA YA DE TOMADURAS DE PELO! | 72 2025-09-22 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 11 veces | Desde el SFF-CGT queremos dejar claro que la paciencia de la plantilla tiene un límite. Y ese límite ha sido rebasado con creces tras el bochornoso incumplimiento del compromiso alcanzado por la empresa en sede judicial el pasado 10 de septiembre de 2025.
Después de que nuestra organización aceptara, en un ejercicio de responsabilidad, suspender la vista judicial confiando en la buena fe de la empresa, nos encontramos con que, al día siguiente, Renfe publicó en su intranet un comunicado que contradice descaradamente lo asumido en la AN.
Además, varias personas habían respondido a dicho comunicado expresando el malestar, más que evidente, en el que se encuentran las personas que trabajan precisamente en Administración y Gestión ya que nunca se sacan convocatorias de movilidad geográfica y mucho menos de promoción profesional real. ¿De verdad creen que pueden jugar con los derechos de las personas trabajadoras como si fueran papel mojado? Así, hemos exigido a Renfe una rectificación.
La convocatoria POE25-05/2601 para Operador de Entrada de Administración y Gestión ha ignorado el principio de prioridad interna, se ha vulnerado la Normativa Laboral, y se ha pisoteado el acuerdo recogido en el Acta de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo. Se niega la posibilidad de promoción y de movilidad geográfica al colectivo de Administración y Gestión que continúan sin convocatorias y se le niegan las oportunidades reales para quienes ya formamos parte de esta empresa pública
Y por si fuera poco, el cupo de reserva para personas con discapacidad también se ha incumplido. Se prometieron 76 plazas y se han ofertado solo 20. ¿Qué clase de compromiso social es ese? ¿Qué clase de respeto por la legalidad?
Desde el SFF-CGT no vamos a permitir que se pisoteen los derechos de la plantilla ni que manipulen de forma torticera el compromiso adquirido en sede judicial.
La plantilla está harta. Harta de promesas vacías, de comunicados corporativos que maquillan la realidad, y de una dirección que se cree por encima de la ley. Vamos a defender cada derecho, cada cláusula, cada trabajador y trabajadora con toda la contundencia que nos permite el ordenamiento jurídico. Porque esto no va solo de una convocatoria. Va de dignidad. Va de justicia.
Comunicado Anexo 1

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