Comunicados
SECTOR | 5 22/01/2026
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HUELGA EN EL SECTOR POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL Los recientes y graves accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz y en Barcelona no pueden ser despachados por las direcciones de las empresas ni por el Ministerio como meros sucesos fortuitos o errores aislados. Para el SFF-CGT, estos hechos son el síntoma más doloroso de una enfermedad crónica que padece el ferrocarril: la degradación sistemática del mantenimiento de la infraestructura y del material rodante, consecuencia directa de años de externalización masiva, precarización y troceo planificado de lo público.
Lo que está ocurriendo no es casualidad. Es el resultado de un modelo que ha debilitado la capacidad de prevención y de respuesta ante incidencias. Un modelo que ha convertido la seguridad en un coste a recortar y el ferrocarril en un negocio a repartir.
Estos días hemos visto cómo dos maquinistas y un tripulante perdían la vida, pero no eran las únicas personas trabajando en esos trenes, ni son las únicas que han fallecido en el sector. El año pasado, sin ir más lejos, fallecieron cinco personas trabajando en el mantenimiento de infraestructura. Por eso lo decimos con claridad: esto no se revierte desde un colectivo aislado. Se revierte con la fuerza del sector ferroviario en su conjunto.
Porque cuando se permite el aumento de circulaciones sin reforzar el mantenimiento preventivo, se incide en la seguridad. Cuando se consiente la fragmentación de las empresas ferroviarias, se incide en la seguridad. Cuando se externaliza masivamente el mantenimiento, se incide en la seguridad. Cuando se reducen plantillas hasta el límite y se normaliza que un tren con casi 600 personas circule con dotaciones mínimas, se incide en la seguridad. Cuando se ha destinado gran parte del presupuesto de ADIF a la construcción de la Alta Velocidad mientras se abandona la red convencional y su mantenimiento, se incide en la seguridad.
La seguridad ferroviaria no se rompe de golpe: se rompe recorte a recorte, privatización a privatización, subcontrata a subcontrata, silencio a silencio. Y quienes hoy se ponen de espaldas a las reivindicaciones, deberían explicar qué papel han jugado, durante años, en permitir que se materializaran muchas de estas situaciones: acuerdos, renuncias, paz social y firma fácil mientras se desmantelaban medios y derechos.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: es el momento de que el sector ferroviario se una y exija un cambio inmediato del modelo ferroviario. No vamos a permitir que se siga jugando con la vida de la ciudadanía y de las plantillas. No vamos a aceptar que se normalice el colapso operativo. No vamos a quedarnos callados mientras se degrada el servicio y se precariza el trabajo que lo sostiene.
Por ello, el SFF-CGT convocará huelgas los días 9, 10 y 11 de febrero en todo el sector ferroviario e impulsará las movilizaciones necesarias para seguir exigiendo un nuevo modelo ferroviario en el que la seguridad vuelva a estar por encima de la rentabilidad, con inversión real en mantenimiento, plantillas suficientes, protocolos homogéneos y el fin de la externalización como dogma. Porque así se lo hicimos saber al Ministerio de Transportes el 26 de septiembre, sin obtener respuesta, pese a la gravedad del diagnóstico.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 15/01/2026 | 4 CGOS Y TALLERES: HABLAR, PERO NO CONCRETAR | RENFE 13/01/2026 | 3 ABONO ÚNICO, PERO ¿A QUÉ PRECIO? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA DEMANDA DEL SFF-CGT OBLIGARÁ A LA EMPRESA A PUBLICAR TODAS LAS VACANTES | 64 2025-07-25 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 10 veces | EL TS ESTABLECE LA NULIDAD DE LA MOVILIDAD DE CONDUCCIÓN PO 08/22 POR VULNERAR LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD
En sentencia 662/2025 de 2 de julio, el Tribunal Supremo casa y anula la sentencia de la Audiencia Nacional 7/2023 de 25 de Enero y establece la nulidad de la citada convocatoria de movilidad por vulnerar los principios de igualdad, transparencia y publicidad dando la razón al SFF-CGT en el conflicto colectivo interpuesto ante una convocatoria de movilidad ( PO 08/22 de 2 de agosto de 2022) mal planteada y oscura, que impedía conocer a las personas participantes los cuadros de servicio concretos.
La empresa abrió un proceso de adscripción a gráfico de forma simultánea a la convocatoria de movilidad, incumpliendo de entrada la normativa convencional respecto a las convocatorias del colectivo de conducción, donde el proceso de adscripción debe de ser previo a la convocatoria de movilidad.
La oferta de las 404 plazas de la convocatoria de movilidad no concretaba el cuadro de servicio concreto al que se aspiraba, lo que obligaba a l@s compañer@s a solicitar las residencias sin conocer el cuadro de servicio concreto y por lo tanto no tener los elementos necesarios que pueda orientar su petición, teniendo en cuenta las diferencias existentes tanto retributivas como de condiciones de trabajo según se trabaje en cercanías, media distancia, grandes líneas , servicios comerciales o mercancías..
Desde el SFF-CGT recurrimos la sentencia de la Audiencia Nacional, que en principio desestimó nuestra pretensión, insistiendo en la nulidad de la convocatoria por vulnerar los principios de publicidad, transparencia e igualdad; el cese de la conducta denunciada publicando el listado completo de vacantes con la inclusión de los cuadros de servicio antes de la finalización del proceso y la exclusión de cualquier posibilidad de que se oferten vacantes en la lista de reserva que no se hubiesen ofertado previamente en la convocatoria.
El Tribunal Supremo ha tenido claro las múltiples irregularidades que se producían en la convocatoria recordando el incumplimiento de la propia normativa de movilidad pactada para el personal de conducción, además de la falta a los principios de transparencia, publicidad e igualdad que produce la falta de identificación y ubicación de la plaza.
La sentencia es relevante y muy positiva, ya que debe de marcar de forma clara los presupuestos sobre los que se deben de desarrollar las convocatorias de movilidad, ya que recoge nuestras peticiones, cese de la conducta denunciada, publicación de las vacantes ofertadas antes del listado definitivo y finalización del proceso con la concreción de los cuadros de servicio y exclusión de oferta de vacantes en lista de reserva no ofertada previamente.
Por último, lamentar el papelón jugado en todo este procedimiento jurídico por SEMAF, sindicato mayoritario entre el colectivo de conducción quien no dudó en posicionarse junto a la empresa y oponerse a una demanda que buscaba únicamente un proceso transparente y justo.
POR UNA MOVILIDAD JUSTA Y TRANSPARENTE. VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado Anexo 1

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