Comunicados
ADIF | 60 09/07/2025
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¿TE HA TOCADO TU PLAZA EN LA TÓMBOLA DE LA MOVILIDAD? Nuestra vida es una tom tom tómbola para el Adif. Nos ha demostrado muchas veces que sus intereses están muy por encima de las necesidades de conciliación de su plantilla y a veces también, del propio servicio. Esta Acción de Movilidad ha demostrado, una vez más, que la Norma Marco de Movilidad (NMM) está hecha para repartir a capricho plazas y destinos. Y mientras, las vidas de muchos compañer@s, detenidas lejos de sus familias.
EL MERCADEO CON LAS PLAZAS
Desde el SFF-CGT hemos recopilado contra reloj plazas ocultas, plazas que no se han ofertado aun siendo necesarias y plazas que no son suficientes para cubrir los cuadros de servicio. Hemos presentado alegaciones al borrador y hemos denunciado y/o solicitado más de 100 plazas. También hemos constatado residencias donde se han ofrecido más plazas de las necesarias, plazas que terminarán en cesiones que no van a respetar ni antigüedad ni méritos. En 2019 el SFF-CGT obtuvo el compromiso de la empresa de aflorar todas las cesiones y reemplazos, un compromiso que se esfumó con esta norma firmada y defendida por CCOO, UGT Y SCF.
Nadie va a entender nunca que, por ejemplo, no salgan plazas en movilidad para un puesto y sí aparezcan plazas provisionales en la OEP para el mismo. O que las personas que opten a una plaza de técnic@ todavía no sepan cuántas plazas y resultas habrá en el destino que han solicitado y solo lo lleguen a saber cuando estas se adjudiquen. Además, el paso a la fase de entrevista es totalmente arbitrario y sin consultar al candidat@.
LAS RESULTAS, EL AS EN LA MANGA POR SI ALGO NO SALE BIEN
Pero las grandes estrellas de esta gran estafa son las famosas resultas, que “resulta” que aparecen y desaparecen, como el Guadiana, según convenga. ¿Por qué una persona que promociona no genera una resulta (solo la que se traslada), si su puesto queda vacante? ¿Cómo puede ser que en una residencia tengan que salir 26 personas para generar una plaza? Si se van 26 y solo entra un@, parece difícil mantener el servicio… ¿Tenemos que pensar que hay una mano negra repartiendo juego?
En definitiva, esta falta de transparencia obliga a las personas trabajadoras a participar a ciegas, porque desconocen dónde y en base a qué criterios se generarán plazas a resultas. A ello se suma la limitación de plazas que puede solicitar, lo que le conduce a hacer elecciones y descartes basados en el desconocimiento, pudiendo resultar finalmente adjudicataria de una plaza deseada otra persona con menor derecho a ella. Y ya para rematar el atropello, en febrero se difundieron notas internas que amenazaban con la eliminación en la convocatoria a las personas candidatas que no se presentaran al examen, interpretando la NMM para ajustarla a sus intereses.
Desde el SFF-CGT queremos dejar claro por enésima vez nuestro estupor y rechazo ante la actitud antisindical de la empresa, con nulo interés en comunicar el criterio de resultas o cualquier otro criterio que pueda determinar que “se precisa su cobertura”. También con esa artimaña ya sobreexplotada (con la complicidad de los sindicatos acólitos) de la figura de la comisión de seguimiento para dejar fuera de este mercadeo al SFF-CGT, que nunca avalará una norma tan injusta, poco transparente y retrógrada como esta.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 03/07/2025 | 59 EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL | RENFE 02/07/2025 | 58 NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | 52 2025-06-12 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 7 veces | Desde el SFF-CGT hemos presentado formalmente la impugnación de la OEP Operador de Entrada de Administración y Gestión con referencia POE25-05/2601, por considerar que vulnera los principios legales y los derechos laborales de las personas trabajadoras del Grupo Renfe ya que revela graves irregularidades y vulneraciones de derechos laborales, así como el incumplimiento de normativas y acuerdos vigentes que regulan el acceso al empleo público y la movilidad interna dentro del Grupo.
Incumplimiento del Acuerdo de Garantías. El apartado 4 establece que las plazas vacantes deben ser ofertadas prioritariamente al personal interno antes de abrirse a convocatoria externa. Sin embargo, esta OEP ha sido publicada sin haber ofrecido previamente dichas plazas a las personas trabajadoras del Grupo Renfe, lo que constituye una clara vulneración del principio de promoción interna y estabilidad en el empleo.
Vulneración del III Convenio Colectivo de Renfe. El convenio colectivo vigente garantiza mecanismos de movilidad interna, promoción profesional y ascenso basados en criterios de mérito, capacidad y antigüedad. Esta convocatoria excluye a la plantilla actual de dichos procesos, bloqueando su desarrollo profesional y limitando sus oportunidades de carrera dentro de la empresa.
Infracción del Texto Refundido de la Normativa Laboral (TRNL). El artículo 108.2 establece que, antes de convocar externamente plazas de categorías de comienzo, debe realizarse un concurso de ascenso interno.
Incumplimiento del Real Decreto 2271/2004. La normativa vigente exige que al menos un 5% de las plazas se reserven para personas con discapacidad y un 2% adicional para discapacidad intelectual. En esta convocatoria, el Grupo Renfe ha reservado únicamente 20 plazas cuando legalmente deberían haberse reservado 76 (54 para discapacidad general y 22 para discapacidad intelectual), considerando el total de 1.075 plazas convocadas en el conjunto de procesos de OEP a lo largo del año, por lo que se discrimina a un colectivo especialmente protegido.
Incumplimiento de acuerdos judiciales. Además, la empresa ha incumplido el acuerdo alcanzado en la conciliación judicial del Conflicto Colectivo 77/2025 (acum. 89/2025), en el que se comprometía a volcar el cupo de plazas reservadas para personas con discapacidad en las convocatorias del segundo semestre de 2025.
En caso de no atenderse esta solicitud, emprenderemos las acciones legales necesarias para garantizar el respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y promoción interna.
Una vez más, reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales, la transparencia en los procesos de selección y la igualdad de oportunidades para toda la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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