Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | 52 2025-06-12 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 10 veces | Desde el SFF-CGT hemos presentado formalmente la impugnación de la OEP Operador de Entrada de Administración y Gestión con referencia POE25-05/2601, por considerar que vulnera los principios legales y los derechos laborales de las personas trabajadoras del Grupo Renfe ya que revela graves irregularidades y vulneraciones de derechos laborales, así como el incumplimiento de normativas y acuerdos vigentes que regulan el acceso al empleo público y la movilidad interna dentro del Grupo.
Incumplimiento del Acuerdo de Garantías. El apartado 4 establece que las plazas vacantes deben ser ofertadas prioritariamente al personal interno antes de abrirse a convocatoria externa. Sin embargo, esta OEP ha sido publicada sin haber ofrecido previamente dichas plazas a las personas trabajadoras del Grupo Renfe, lo que constituye una clara vulneración del principio de promoción interna y estabilidad en el empleo.
Vulneración del III Convenio Colectivo de Renfe. El convenio colectivo vigente garantiza mecanismos de movilidad interna, promoción profesional y ascenso basados en criterios de mérito, capacidad y antigüedad. Esta convocatoria excluye a la plantilla actual de dichos procesos, bloqueando su desarrollo profesional y limitando sus oportunidades de carrera dentro de la empresa.
Infracción del Texto Refundido de la Normativa Laboral (TRNL). El artículo 108.2 establece que, antes de convocar externamente plazas de categorías de comienzo, debe realizarse un concurso de ascenso interno.
Incumplimiento del Real Decreto 2271/2004. La normativa vigente exige que al menos un 5% de las plazas se reserven para personas con discapacidad y un 2% adicional para discapacidad intelectual. En esta convocatoria, el Grupo Renfe ha reservado únicamente 20 plazas cuando legalmente deberían haberse reservado 76 (54 para discapacidad general y 22 para discapacidad intelectual), considerando el total de 1.075 plazas convocadas en el conjunto de procesos de OEP a lo largo del año, por lo que se discrimina a un colectivo especialmente protegido.
Incumplimiento de acuerdos judiciales. Además, la empresa ha incumplido el acuerdo alcanzado en la conciliación judicial del Conflicto Colectivo 77/2025 (acum. 89/2025), en el que se comprometía a volcar el cupo de plazas reservadas para personas con discapacidad en las convocatorias del segundo semestre de 2025.
En caso de no atenderse esta solicitud, emprenderemos las acciones legales necesarias para garantizar el respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y promoción interna.
Una vez más, reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales, la transparencia en los procesos de selección y la igualdad de oportunidades para toda la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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