Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL SFF-CGT EXIGE AL MINISTERIO Y A LA AESF UN PROTOCOLO ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA | 40 2025-05-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | Tras los sucesos de las últimas semanas y como ya hicimos tras Filomena, nos hemos vuelto a dirigir al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria para exigir la creación urgente de un protocolo que garantice la coordinación entre compañías y dé una respuesta eficaz en cualquier punto de la red ferroviaria.
Lo hacemos porque cada vez que hay una emergencia —apagones, inundaciones, evacuaciones en vía— queda clara una verdad que algunos se empeñan en ocultar: sin personal a bordo no hay seguridad. Ni evacuación, ni coordinación con emergencias, ni primeros auxilios. Sólo el vacío y la improvisación.
No existe en España ninguna normativa que obligue a mantener un número mínimo de tripulantes a bordo. No hay criterios claros, no hay formación común, no hay dotaciones básicas. En otros medios como la aviación o el transporte marítimo, estas medidas son obligatorias por normativa europea e internacional. ¿Por qué aquí no?
La presencia de personal cualificado no es una opción: es un derecho de quienes viajan y una responsabilidad del Estado. Por eso, además de la petición escrita, hemos solicitado una reunión formal con el Ministerio y la AESF para abordar este asunto con la seriedad y urgencia que merece.
Desde el SFF-CGT reclamamos la urgente necesidad de establecer un protocolo de seguridad ferroviaria que contemple:
• La dotación mínima de personal ferroviario a bordo de los trenes en base a criterios objetivos como longitud del tren, trayecto, número de viajeros y duración del recorrido.
• La formación obligatoria y homologada en autoprotección, evacuación, primeros auxilios, comunicación en emergencias y coordinación con servicios externos.
• La garantía de presencia física y efectiva de personal durante todo el servicio, y no una sustitución tecnológica que desatienda la atención directa y humana a las personas usuarias.
Exigimos una reunión urgente con el Ministerio y la AESF para abordar esta cuestión de forma inmediata. La seguridad no puede estar sujeta a interpretaciones, ni al ahorro de costes, ni a experimentos que nos alejen de un modelo de ferrocarril seguro y socialmente responsable.
SFF-CGT. POR LA SEGURIDAD DEL FERROCARRIL
Comunicado

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