Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL GRUPO RENFE NECESITA A RIYM PARA ATAJAR LAS INCIDENCIAS CON EL MATERIAL EN RENFE VIAJEROS | 7 2025-01-23 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 2 veces | Ayer se convocó al Comité General del Grupo Renfe para tratar la participación de Renfe Ingeniería y Mantenimiento en los Centros de Gestión de Cercanías de Viajeros. Nos han presentado un acuerdo que tiene carácter provisional para regular la necesidad de la empresa respecto a las incidencias producidas en los vehículos y así poder dar una solución o, al menos, paliar sus efectos en el servicio comercial.
El objetivo sería dar apoyo a la operación al colectivo de conducción en caso de incidencias con el material. Por parte del Grupo Renfe proponen que dicha adscripción sea totalmente voluntaria formalizándose por escrito y solamente se haría en caso necesario mediante un proceso de selección que se determinaría llegado el momento en donde se especificarían tanto los requisitos como los méritos que se valorarían.
En cuanto a quiénes se le ofertarían las plazas dentro de Renfe Ingeniería y Mantenimiento, serían a las especialidades eléctrico-electrónico y ajustador montador. Por otro lado, el número de puestos ofertados serán los que determine la empresa contando con la participación de la RLPT en las dependencias que así lo necesiten. Las personas trabajadoras estarían adscritas a un gráfico de turnos rotativos teniendo en cuenta los horarios del servicio de explotación que demande el núcleo de cercanías que corresponda contando con la participación de la RLPT. Además se establecería un complemento único para quienes presten dicha actividad en exclusiva y por mes completo de 640€. Respecto a la variable, será la dotación de las bases de influencia de RIyM del ámbito de actuación.
Por último se recalca que este acuerdo tendrá carácter provisional y tendrá vigencia hasta que la nueva regulación del IV Convenio Colectivo entre en vigor señalando que en el caso de no llegar a un acuerdo, este decaerá igualmente.
Tras no haber alcanzado cuórum, se pospuso la reunión para hoy a las 11:30.
Por parte del SFF-CGT no tenemos claro que dichos procesos se vayan a ejecutar con todas las garantías y transparencia que se debe y que por lo tanto solo se vean beneficiados los de siempre. No obstante, sí vemos positivamente la posibilidad de que se dejen de imputar un gran número de incidencias a los talleres, algo que podría repercutir en la prima que cobran. Además, consideramos necesario que se regularice una situación que ya se está dando en varias dependencias sin ninguna regulación.
En términos generales creemos que podría mejorarse con ciertas garantías, sin embargo, concordamos en que el ámbito para poder negociar las bases de esta colaboración entre RIyM y Viajeros es la negociación del IV CC, por lo que esperamos poder mejorarlas a lo largo de los próximos meses.
DESDE EL SFF-CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR LA MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES
Comunicado Anexo 1

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