Comunicados
LOGIRAIL | 43 19/05/2025
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GANAMOS LA PROGRESIÓN DE NIVELES PROFESIONALES Hoy 19 de mayo, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón: la progresión de nivel profesional pactada en el II Convenio Colectivo de Logirail debe cumplirse. Una vez más, el SFF-CGT defiende en los tribunales lo que la Dirección de la empresa se niega a reconocer: los derechos firmados son de obligado cumplimiento.
Durante meses, la Dirección de Logirail ha venido negando el reconocimiento del derecho a progresar profesionalmente a decenas de trabajadoras y trabajadores, a pesar de que estaba claramente establecido en el convenio. Esta negativa no solo vulneraba un acuerdo colectivo, sino que frenaba el desarrollo profesional y la dignificación de las condiciones laborales en la empresa. Hoy, la justicia obliga a Logirail a rectificar.
Desde el SFF-CGT celebramos esta sentencia como un nuevo paso en la defensa de una Logirail pública, digna y con garantías. Pero no nos conformamos: seguimos exigiendo el cumplimiento íntegro del III Convenio Colectivo, aún pendiente de aplicar en varios aspectos esenciales para la plantilla.
Además, continuamos exigiendo un refuerzo estructural de la empresa: la estabilización de las personas contratadas temporalmente mediante una nueva Oferta de Empleo Público que permita la consolidación de puestos indefinidos, y una dotación suficiente de personal para prestar un servicio público ferroviario de calidad.
Nuestro objetivo es claro: consolidar a Logirail como una empresa pública fuerte, con condiciones laborales justas, estabilidad en el empleo y respeto a los derechos pactados.
Porque cada derecho conquistado es fruto de la lucha. Porque lo firmado debe cumplirse. Porque la plantilla de Logirail merece dignidad, no excusas.
SFF-CGT, HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 09/05/2025 | 42 SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE | ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | 93 2024-11-19 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 6 veces | EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
El “acuerdo de la vergüenza de las 35h” solo tardó unas semanas en revelarse como ineficaz y discriminatorio. Desde el SFF-CGT, volveremos a luchar porque la jornada de 1 536 horas sea en cómputo de 8 horas diarias para toda la plantilla.
UNA JORNADA DEL SIGLO XXI
Y porque nuestra jornada se adapte por fin al siglo XXI, con criterios que tengan en cuenta los riesgos laborales y las necesidades de conciliación. Deben seguir generalizándose los gráficos de ciclos cortos, que tengan en cuenta las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, sin realizar más de tres noches seguidas.
Ninguna cantidad de dinero puede pagar la reducción de esperanza de vida que supone el trabajo a turnos y nocturno. Solo la reducción de jornada nos permite mitigar los riesgos laborales asociados, tanto psicosociales como físicos.
CAMBIOS PARA EL NUEVO CONVENIO
La nueva reordenación profesional tiene que posibilitarnos introducir coeficientes reductores de la jornada para quienes trabajamos de noche y a turnos. Queremos gráficos 6-6. No es una utopía. En otros sectores públicos ya los aplican.
En el nuevo convenio tenemos que conseguir por fin que el saliente de noche no se considere día de descanso y establecer un descanso de 45 minutos para el personal con jornada nocturna o en un puesto con elevada carga mental.
Necesitamos igualmente asegurar el derecho a la desconexión digital a toda la plantilla, especialmente para personas con disponibilidad (brigadas, supervisores o supervisoras, personal de construcción, SIC...). Y que el teletrabajo no sea una regalía, sino que sea elegido libremente por las personas trabajadoras de acuerdo a sus necesidades.
Al menos la mitad de las vacaciones (18 días naturales) se disfrutarán en verano, salvo que la persona trabajadora renuncie a ello. El periodo de verano debe comprender entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
Este es el convenio en el que debemos luchar porque nuestra jornada laboral nos permita conciliar y trabajar en mejores condiciones, y sobre todo, con más seguridad.
Comunicado Anexo 1

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