Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF A VUELTAS CON LAS 35 HORAS | 72 2024-09-26 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 15 veces | A VUELTAS CON LAS 35 HORAS
Un acuerdo con muchos cabos sueltos se traduce siempre en un mal acuerdo para las personas trabajadoras. Lo advertimos y el tiempo da o quita la razón.
DESIGUALDAD
Algunos colectivos han podido disfrutar de la reducción de jornada sin mayor problema, pero a centenares de compañer@s ni se les está aplicando ni están pudiendo disfrutar de los días generados por la retroactividad. ¿Dónde están esos días? ¿Cómo se disfrutan? Muchas jefaturas no los conceden, y solo tienen la excusa de su desconocimiento, o la sorprendente respuesta de esperar a una supuesta (e ilegítima) decisión de la Comisión de seguimiento del acuerdo de las 35 horas.
SIN DÍAS DE REDUCCIÓN DE JORNADA
Las peticiones se deniegan o directamente se sugiere qué fechas son las adecuadas para solicitarlos. ¿Estas jornadas, si no se disfrutan, se van a acabar pagando? Ya han pasado tres meses y en muchos Puestos de Mando, estaciones y bases de mantenimiento faltan por disfrutar 14 días hasta junio de 2026.
Según las partes firmantes Hacienda no permitía aumentar la masa salarial y por eso se fue empeorando el acuerdo en cada firma. ¿Adif sí puede pagar horas extras y días no disfrutados a escondidillas? Entonces no era esto o nada, ¿verdad?
UN ACUERDO QUE GENERA MÁS HORAS EXTRAS
La imposibilidad de sacar adelante el mismo trabajo que en invierno en solo 6h 30min, está generando miles de horas extras (aunque el acuerdo lo prohíba expresamente), especialmente en infraestructura. Y lo que es más insidioso, ni siquiera el personal que las realiza tiene información o medio de consultar el total de horas que le deben, a diferencia del personal de oficina, que sí puede consultar un registro de las horas generadas.
INSTRUMENTALIZANDO A LOS COMITÉS PROVINCIALES
El acuerdo deja claro que no nos pueden imponer los días de reducción de jornada acumulados desde 2023. Deben disfrutarse de mutuo acuerdo entre la jefatura y la persona trabajadora, pero Adif está buscando en distintas provincias firmar acuerdos con los sindicatos colaboradores habituales para imponer su voluntad. Usan fórmulas imaginativas, como una nueva semana de “vacaciones” cuando a la empresa le venga bien o grafiar los días a gusto de la jefatura. No tienen suficiente con imponer las vacaciones de verano e invierno.
Desde el SFF-CGT hemos luchado durante meses por un acuerdo justo y beneficioso para tod@s. Y lo vamos a seguir haciendo en la negociación del nuevo Convenio. Porque el tiempo nos ha dado la razón, el acuerdo hace aguas por todas partes y la reducción de las 35 h solo puede ser en jornadas completas para toda la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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