Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CATEGORÍAS DE INGRESO. CAPÍTULO 17 | 62 2024-07-01 |
| COMUNICADO
 | Leido: 43 veces | Hace unos diez días recibimos en el email una de las misteriosas convocatorias de reunión a las que Renfe nos tiene acostumbrad@s: ¿Orden del día? Cláusula 12ª III Convenio Colectivo. Plan de Empleo. Al día siguiente, el Comité General de Empresa del Grupo Renfe había convocado una concentración frente al Ministerio de Hacienda para pedir la eliminación de las categorías de ingreso, por lo que nos atrevimos a imaginar que se trataría de ese tema.
Nos presentaron un documento con unas medidas a adoptar para tratar de sortear el jarro de agua fría que la Secretaría de Estado de Función Pública nos tiró por encima el 8 de febrero diciendo que eliminación de categorías de ingreso OK pero que había que sacar el dinero de algún lado. La propuesta solo tenía dos puntos:
1. Un plan de desvinculaciones voluntarias para l@s trabajador@s con una antigüedad mínima de 15 años.
2. Jubilación forzosa para l@s mayores de 68 años o a la edad ordinaria de jubilación ordinaria si la persona afectada cumple los requisitos para tener derecho al 100% de la pensión ordinaria, está adscrita a un CNAE con menos de un 20% de empleadas sobre el total de personas trabajadoras y se contrata a una mujer indefinidamente para relevarla.
En la reunión se nos solicitó que diéramos respuesta a este documento tras un receso de media hora. A este respecto nos sigue sorprendiendo la mala fe que presenta la empresa al no proporcionarnos este borrador con un tiempo prudente para su análisis (¡¿qué cuesta al menos adjuntarlo al email con la información de la reunión?!) y la capacidad del resto de organizaciones para examinar textos en tiempo récord (¡quizá es que ya lo habían leído!).
Tras el tiempo acordado planteamos nuestra valoración y, entre otras cuestiones, hicimos hincapié en que necesitábamos saber cuándo y cómo se iba a producir la eliminación de las categorías de ingreso. Los compromisos económicos seguro que son necesarios, pero l@s trabajador@s nos suelen trasladar otro tipo de dudas. Entre ellas, la retroactividad con la cual se aplicará la medida. Fecha que, recordamos, no puede ser diferente al 1 de julio de 2023, según lo acordado en acta el 20 de julio del año pasado.
Renfe no quiso discutir nada que fuera más allá de la propuesta presentada y, con la mayoría compuesta por SEMAF, CCOO y UGT (sin cambiar una coma, no tienen tantas inquietudes como nosotr@s), aprobaron el acuerdo que será trasladado al Ministerio. En el SFF-CGT nos desmarcamos del resto de organizaciones, queriendo analizar el documento a fondo y trasladarlo a nuestra organización, por ello pedimos un receso para pronunciarnos un poco más adelante. Así hicimos, remitiendo un escrito con la posición de nuestra organización, rechazando el acuerdo por los motivos expuestos.
Como hemos dicho al principio del comunicado, el pasado miércoles día 26 nos manifestamos frente al Ministerio de Hacienda para exigir la eliminación de los subgrupos profesionales de ingreso. Nos maravilló ver a CCOO y a SF pidiendo tenazmente que se cumpliera la eliminación en el período de vigencia en el actual convenio cuando crearon con SEMAF / UGT las categorías de ingreso y CCOO parcheó semejante mierda sucesivamente en el II y III Convenio Colectivo del Grupo Renfe, de nuevo con SEMAF / UGT.
Si desde el primer momento se hubieran posicionado en contra de tener una injusta doble escala salarial y no la hubieran seguido apoyando convenio tras convenio no habría que desgañitarse en concentraciones y en las elecciones sindicales sobrarían las promesas que hacen y no se acaban de cumplir.
¿Qué podemos esperar ahora? Esperemos que se reciba la autorización de Hacienda cuanto antes y, como ya adelantó Renfe en la reunión (y usó de excusa para no hablar de los otros temas que sacamos a la palestra), nos volveremos a sentar para abordar ¿LA ÚLTIMA? REUNIÓN. Así, en mayúsculas.
¿INGRESO? DESDE EL 2016 SIN TITUBEAR: A IGUAL TRABAJO, IGUAL SALARIO
Comunicado

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