Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF 35H: DEL ACUERDO DE LA VERGÜENZA AL ACUERDO DEL ULTRAJE | 57 2024-06-14 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 45 veces | Estaba todo preparado para el gran día. El día en el que la empresa iba a imponer la reducción de jornada a la medida de sus necesidades. Desde luego que desde el SFF-CGT reconocemos la gran lucha de algunos por complacer los deseos de la dirección de ADIF.
LOS DE LECTURA RÁPIDA.
Ayer por la tarde a toda prisa se nos convocó a una reunión urgente para tratar la reducción de jornada. Y esta mañana la empresa nos ha presentado un acuerdo (al que llama “propuesta”) con una redacción enmarañada y con ausencias de información deliberadas para que en 5 minutos lo valoráramos. A eso se le llama mala fe negociadora.
Atónit@s nos hemos quedado l@s allí presentes cuando UGT Y CC OO en esos 5 minutos han sido capaces de leer y analizar un texto de 5 páginas y concluir que es un buen acuerdo para las personas trabajadoras. Los que no tenemos una inteligencia superior ni una velocidad de lectura ultrasónica hemos tenido que leerlo hasta 6 veces y aún hay cosas que no entendemos del todo.
Así que los sindicatos del “sí a todo”, haciendo gala de su mayoría en el CGE, han aprobado en solitario el acuerdo, con la oposición del SFF-CGT y del SF. Y la ambivalencia del SCF, que ha pedido tiempo para traducir al castellano el documento.
EL ACUERDO DEL ULTRAJE
Lo que sí hemos entendido en esas 6 primeras lecturas es que el nuevo y enésimo acuerdo supone una nueva y enésima claudicación. Les han quedado tan flacas las reivindicaciones que temíamos que en vez de 35 h accedieran a que fueran 36.
Y para disfrazar la sumisión, pactan en privado un acuerdo propio de un guion de una película de los Hermanos Marx (¿recordáis “la parte contratante de la primera parte contratante”?). Vamos a intentar desenmarañar algunas trampas de las que nos hemos percatado en la cuarta o quinta lectura:
RETROACTIVIDAD: el anterior acuerdo recogía que los excesos de jornada se compensarían en días completos en los próximos dos años, con una retroactividad del 14 de marzo, fecha de la firma del acuerdo. En el nuevo redactado la fecha de retroactividad es “desde el informe favorable de la Secretaría de Estado de la Función Pública”. No desde la fecha de ese informe sino “desde ese informe”. Le hemos pedido a la empresa que pusiera la fecha concreta, pero se ha negado. Verbalmente nos habla de que ese informe es del 3 julio de 2023.
Por tanto, pareciera que la fecha de retroactividad sería esa. Pero se niegan a ponerla. Curiosamente, en el artículo 4 de ese informe, la Secretaría de Estado de Función Pública señala que “la fecha de entrada en vigor del acuerdo (…) debe ser la de la firma del acuerdo que se negocie de conformidad con este informe”.
Por tanto, ¿cuál es esa fecha? ¿Es la del acuerdo de septiembre?, ¿es la del acuerdo de marzo de este año?, ¿es la de este último acuerdo? ¿si es la de este acuerdo de hoy, quiere decir que no hay retroactividad y que hemos perdido todos los excesos de jornada del último año y medio de bochornosa negociación? Los que lo han firmado, que lo aclaren.
NO HAY AUTORIZACION ADMINISTRATIVA. Llevamos un año y medio sin poder disfrutar de las 35h porque no había autorización administrativa de los organismos competentes.
Hoy sigue sin haberla. Pero da igual. Ahora si se puede aplicar la jornada de 35h, aunque no esté autorizada. Eso sí, de manera provisional. Si de nuevo no se autoriza, ¿volveremos a ajustar gráficos y devolvemos los días trabajados de menos? Que lo expliquen los que han firmado este cheque en blanco.
¿LAS 35H EMPIEZAN MAÑANA PARA TODA LA PLANTILLA? Nada dice en el acuerdo del personal incluido en el punto A. “Se comenzará a aplicar cuando las circunstancias de la producción lo posibiliten y siempre que se haya recibido la autorización administrativa del punto 7”. Es decir ¿que el personal que trabaja a turnos sí tiene que esperar la autorización administrativa? De hecho, en el punto 6 solo habla de que la jornada reducida de verano se comenzará a aplicar desde 15 de junio. O sea, solo para el personal no incluido en el grupo A. Los de lectura rápida, que lo aclaren si pueden.
DEFINITIVAMENTE NOS TOMAN POR TONT@S
Creen que firmando un acuerdo ambiguo y enmarañado engañan a la gente. Ocultan su condescendencia con discursos y medallas que ya nadie se cree. Este acuerdo, como el de la Movilidad, como tantos últimamente, supone una estafa para las personas trabajadoras de Adif y Adif AV. Y supone dar alas a la empresa en su proceder con mala fe en la negociación colectiva, dando crédito a sus mentiras y a sus artimañas para dilatar y maniatar las negociaciones. No es un buen precedente para comenzar a negociar un Convenio.
Desde el SFF-CGT seguiremos luchando por empoderar a la plantilla frente a una dirección que menoscaba sus derechos con la complicidad de algunos. Y por desenmascarar los intentos de engañar a las personas trabajadoras con acuerdos malintencionados.
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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