Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LAS TRABAJADORAS EMBARAZADAS Y EN LACTANCIA NECESITAN MÁS PROTECCIÓN | 51 2024-05-31 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 8 veces | LAS TRABAJADORAS EMBARAZADAS Y EN LACTANCIA NECESITAN MÁS PROTECCIÓN
La idea que tiene Adif para proteger a las mujeres embarazadas y en situación de lactancia es de una indiscutible “eficacia”: que las trabajadoras ni gesten ni tengan hijas o hijos.
Es lo que parece proponer a tenor de la actualización que se acaba de hacer del Protocolo General de Medidas Preventivas de Protección de la Maternidad.
UNA NUEVA OPORTUNIDAD PERDIDA
Pese a su actualización la semana pasada en la Comisión Técnica de Seguridad y Salud, el protocolo sigue sin hacer algo tan básico como recoger datos sobre el número de trabajadoras que comunican su situación de embarazo o lactancia y solicitan una adaptación del puesto. Tampoco sabemos si, después de pedir la protección, se les cambia o no de puesto o si pasan o no a situación de suspensión de contrato por riesgo en el embarazo.
LAS CUENTAS NO CUADRAN
Las mujeres sabemos de buena tinta que lo que no se nombra o no se cuenta no existe. Según Adif, durante 2023 solo se adoptó ¡¡¡una medida preventiva!!! en relación a estas situaciones. Sabemos que ha habido muchas más solicitudes de adaptación o cambio de puesto por embarazo y lactancia, pero desconocemos cómo se han resuelto. ¿Por qué se oculta esta información?
ADIF Y LA ESTRATEGIA DEL AVESTRUZ
Adif no puede seguir cerrando los ojos. En la sociedad hay mujeres y hombres y en la empresa también. Dentro de la actividad preventiva de cualquier empresa está la protección a las trabajadoras embarazadas o en situación de parto reciente y lactancia. Es hora de que asuma la realidad.
OTRA OPORTUNIDAD: EL NUEVO CONVENIO
Ahora tenemos una nueva oportunidad para que la dirección proteja a todas las trabajadoras y trabajadores. El nuevo convenio tiene que impulsar la prevención de riesgos laborales con perspectiva de género. Tristemente, algunas de nuestras reivindicaciones son obligaciones desde la ley de prevención de riesgos de 1995: Adif debe elaborar ya una relación de puestos de trabajo exentos de riesgo para nuestras compañeras embarazadas o en lactancia.
SFF-CGT: SORORIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1

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