Comunicados
ADIF | 20 06/03/2026
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PLAN ANUAL DE FORMACIÓN 2026 Ayer se celebró el plenario para la aprobación del Plan Anual de Formación 2026 (PAF 2026). Un documento extenso en el cual se marcan las líneas básicas que definirán la formación en Adif para este año.
PROPUESTAS DEL SFF-CGT
Este año desde el SFF-CGT hemos validado el PAF 2026, ya que consideramos que hay avances importantes y hemos presentado alegaciones que han sido escuchadas:
• Potenciar la seguridad en la circulación con cursos sobre gestión de emergencias y el proyecto Sigma – Cultura Justa.
• Tratar a las personas trabajadoras como personas y no como clientes (que era lo que se venía haciendo hasta ahora).
• Caminar hacia una formación pedagógica, no olvidando la formación presencial.
• Incorporación de un curso para entender la nómina.
• Ampliación de la oferta de idiomas, incluyendo la lengua de signos.
Además, hemos formulado las siguientes peticiones:
• Modificación del proceso de examen de habilitación, habilitando al menos 1 día para impugnar alguna pregunta errónea, como se hace tanto en las OEP como en las AGM.
• Facilitar las revisiones de los exámenes de reconocimiento de idioma.
• Que se amplíe la posibilidad solicitar los días de Reducción de Jornada (RJ) para, poder asistir, si así interesa, ese día al centro como “estudio” y disfrutarlos en otra fecha, como pasa con los días de libre disposición (LZ) desde 2024.
NOVEDADES
Entre las novedades más importantes valoramos positivamente la propuesta para la formación de l@s compañer@s de nuevo ingreso, que se va a reorganizar habilitando más sedes y más cercanas, lo que evitará movimientos innecesarios, evitando los ya célebres problemas logísticos tanto de alojamiento como de transporte. Además, también se ampliarán los simuladores de seguridad en la circulación.
La empresa también nos ha presentado dos nuevas herramientas con Inteligencia Artificial: “Brújula” y “Faro”. Brújula pretende ser una herramienta para orientar a las personas de nuevo ingreso y Faro servirá para analizar el PAF.
Entendemos que hay voluntad de mejora y damos un voto de confianza, aunque obviamente no es un “cheque en blanco”. “Pasaremos lista” con el ingreso de las personas de la OEP 2025 pendiente de resolver y del resto de promociones que vayan ingresando y estaremos muy pendiente de la formación del resto de personas trabajadoras del Adif y Adif AV. Para el SFF-CGT la formación es un pilar fundamental en el desarrollo profesional de la plantilla, y trabajaremos para que sea una formación eficaz y accesible para tod@s.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 05/03/2026 | 19 ADAMUZ: GUANTE DE SEDA, PUÑO DE HIERRO | SECTOR 05/03/2026 | 18 ESTE 8M NO CELEBRAMOS COMPROMISOS VACÍOS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL | 29 2024-03-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 44 veces | El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
Comunicado

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