Comunicados
ADIF | 24 25/03/2026
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A ADIF SOLO LE IMPORTA LA IGUALDAD EN UNA FECHA: EL DÍA DE SACAR LA BANDERA MORADA
Adif tiene el Plan de Igualdad caducado desde junio de 2023. Y continúa incumpliendo sus obligaciones legales. En la última reunión de igualdad, la empresa ha presentado un diagnóstico incompleto, sin auditoría retributiva.
La auditoría retributiva es un diagnóstico que exige la ley para todas las empresas que están obligadas a tener un Plan de Igualdad. Su objetivo es garantizar la transparencia salarial y verificar que se respeta el principio de igualdad entre hombres y mujeres para trabajos de igual valor. Requiere un análisis profundo de por qué se paga lo que se paga (incluyendo salario y todos los pluses) y si existen sesgos de género en la valoración de los puestos.
DENUNCIADO ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
Adif lleva años sin realizar esta valoración de puestos de trabajo y sin entregar un registro retributivo completo que permita analizar realmente si a igual trabajo corresponde igual salario. EL SFF-CGT ya presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que exigió a Adif entregarlo antes del 12 de diciembre de 2025… y seguimos esperando. Ahora vuelven a dar una patada hacia adelante y dicen que entregarán esta información “después de Semana Santa”. Y así pasan los años sin tener Plan de Igualdad.
PROTOCOLOS INEFICACES
La empresa también nos ha entregado los borradores de los protocolos de acoso:
• Actualizaciones mínimas (adaptación a la nueva ley de protección de datos) de los protocolos de acoso sexual y acoso laboral, sin incorporar avances legales importantes ni nuevas formas de acoso (como el acoso digital).
• Un nuevo protocolo para personas LGTBI, que es un primer paso, pero necesita mejoras: falta de formación, ausencia de participación sindical en el proceso, etc.
Según los Indicadores de Igualdad, desde 2022 sólo 6 personas (de una plantilla de casi 13000) han usado el protocolo de acoso laboral, y ninguna el protocolo frente al acoso sexual o por razón de sexo. Estos datos reflejan que los protocolos de acoso son ineficaces. Por ello, de cara al III Plan de Igualdad, desde el SFF-CGT vamos a trabajar para que sean revisados, eficaces y protejan de verdad a las personas trabajadoras.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/03/2026 | 23 LA ORDENACIÓN PROFESIONAL DEL AHORRO | SECTOR 18/03/2026 | 22 DOS MESES DESPUÉS DEL ACCIDENTE DE ADAMUZ |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL SFF-CGT CONSIGUE LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS DE LAS HUELGAS DE JULIO DE 2023 ESTA SENTENCIA FAVORABLE DE LA AUDIENCIA NACIONAL CONDICIONARÁ AL MINISTERIO EN PRÓXIMAS CONVOCATORIAS | 15 2024-02-12 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 12 veces | EL SFF-CGT CONSIGUE LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS DE LAS HUELGAS DE JULIO DE 2023
ESTA SENTENCIA FAVORABLE DE LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) CONDICIONARÁ AL MINISTERIO EN PRÓXIMAS CONVOCATORIAS
El SFF-CGT nos movilizamos en solitario en julio de 2023 por la aplicación de la jornada de 35 horas acumulada en días en Adif y contra la continuada externalización de servicios. Intentando pararnos, el Ministerio de Transportes, de la mano de ADIF y continuando con su ya extenso historial de pisoteo del derecho fundamental de huelga, dictó unos servicios mínimos absolutamente abusivos, no solamente por los porcentajes falseados de trabajador@s obligad@s a prestar servicio, sino que además incluyó obras de construcción y mejora y trabajos de carácter preventivo para el caso del personal de infraestructura.
Ante esta agresión, desde el SFF-CGT decidimos no quedarnos de brazos cruzados y planteamos una demanda impugnatoria ante la Audiencia Nacional, solicitando la nulidad de los servicios mínimos. Antes de los paros, ya habíamos solicitado paralizar mediante cautelarísima estos servicios, pero fue desestimada por la AN.
Estos eran nuestros argumentos:
• La designación de servicios esenciales, bajo la presunción de afectación del transporte ferroviario de viajeros, era desproporcionada y no consta acreditado, así como en los porcentajes fijados, tanto por alterarse el universo sobre el que se fijan (no tiene en cuenta l@s trabajador@s que esos días estaban de vacaciones, licencias, baja, excedencia etc.) así como sobre las actividades que se fijan.
• La falta de motivación de los servicios determinados como esenciales, tanto en cuanto a los concretos porcentajes en los distintos servicios como en cada una de las supuestas actividades de obras de mantenimiento, mejora y prevención y que han sido establecidos.
• La vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, al comunicar la resolución sin tiempo para poder acudir a solicitar la tutela judicial efectiva y que ésta sea efectiva, acudiendo a la notificación tardía y al fraccionamiento artificioso de la resolución sobre servicios mínimos.
• La resolución dictada por autoridad carente de la necesaria e imprescindible independencia respecto de la entidad para la que se establecen los oportunos servicios mínimos (el Ministerio transcribe lo que ADIF le dicta).
La Sentencia de la AN (del 18-1-24 y notificada el 8-2-24) declara la nulidad de la Resolución Ministerial respecto a la falta de motivación de los servicios mínimos, pues asume de forma totalmente acrítica la propuesta de ADIF. Además, considera su nulidad por fijar el número de trabajador@s y sus porcentajes sin explicar la motivación de los mismos. Únicamente, no acuerda indemnización por la vulneración del derecho de huelga.
Esta sentencia es muy importante. Ponemos en parte freno al abuso que sufrimos en cada convocatoria de huelga, y es ejecutiva, por lo que a partir de hora (aunque sea recurrida por el Ministerio) condicionará los servicios mínimos de nuevas convocatorias de huelga.
EL SFF-CGT EN CONSTANTE LUCHA POR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA. AFÍLIATE AL SFF-CGT
Comunicado Anexo 1

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