Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LICENCIAS RETRIBUIDAS OK. RESTO DEL RD 5/2023 NO OK | 128 2023-10-31 |
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![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 29 veces | En la línea habitual de convocatorias al Comité General de Empresa con asuntos sin definir, fuimos notificados la semana pasada para reunirnos ayer día 30 de octubre con el siguiente ambiguo orden del día: “Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio”.
Con nuestra bola de cristal (y ayudados por el Conflicto Colectivo interpuesto por CGT en relación con este asunto y con conciliación el pasado 25 de octubre) intuimos que Renfe quería incorporar a su normativa las numerosas modificaciones del Estatuto de l@s Trabajador@s propiciadas por el RD 5/2023.
Esto era cierto solo en parte: Es cierto que se ha modificado la Cláusula 8ª del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe mejorando el número de días de licencia retribuida en los supuestos de accidente o enfermedad grave e intervención quirúrgica con y sin hospitalización: Pasan a ser cinco días en varios supuestos.
Pero el regocijo termina aquí. En el acuerdo alcanzado ayer por SEMAF, CCOO y UGT se ha añadido a la cláusula 13ª del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe un procedimiento para regular el artículo 34 apartado 8 del Estatuto de l@s Trabajador@s (relativo a la adaptación de jornada para hacer efectivo el derecho a la conciliación familiar y laboral), modificado igualmente por el RD 5/2023.
Una de las razones por las que CGT no ha suscrito este acuerdo es que entendemos que las organizaciones sindicales tenemos que pelear y suscribir acuerdos que mejoren los textos legales (en este caso ET), no que los embrollen y permitan a Renfe birlar a l@s trabajador@s sus derechos. A este respecto, el acuerdo del artículo 34.8 ET:
• Supedita los cambios de centro de trabajo a la resolución de procesos de Movilidad Geográfica, lo que implicará dilatar los procesos durante meses en casi todos los casos
• Impide que se disfrute exclusivamente de lunes a viernes cuando se trate de casos de reducción acumulada en jornadas completas, dejando sin sentido una de las principales motivaciones de estas solicitudes (cuidado de hij@s)
• Impone una temporalidad a las medidas de conciliación adoptadas que no recoge la redacción del Estatuto
También se ha recogido el nuevo artículo 48 bis… y de nuevo empeorando lo que recoge el redactado del RD 5/2023: Las personas trabajadoras que quieran disfrutar de este permiso parental necesitarán preavisar con quince días en vez de los diez que recoge el texto base. ¿Negociación colectiva? Para reforzar a la empresa, según algunos sindicatos.
Otro artículo modificado ha sido el 37.6 del Estatuto que actualmente recoge un extenso redactado relativo a la reducción de jornada para cuidado de menores, sacando los colores a la regulación adicional al respecto que recoge nuestra Normativa Laboral y, sorpresa, no se ha aprovechado la ocasión para plantear la actualización.
Tampoco se ha incluido la menor referencia relativa al nuevo derecho (retribuido hasta cuatro días al año) a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes. Y no será por las ocasiones en las que desde CGT lo hemos reclamado.
Aunque siendo optimistas y viendo los acuerdos que han firmado igual es positivo que no hayan incluido más cuestiones del Real Decreto en el anexo: Para empeorar lo recogido en el Estatuto que no toquen nada.
A grandes rasgos podríamos resumir la jornada tal que así: Se reconocen una serie de licencias retribuidas que el Grupo Renfe estaba obligado a reconocer, la empresa gana un redactado relativo al 34.8 realmente interesante para sus intereses (de un artículo de por sí muy benévolo para las empresas, que recoge el “derecho a solicitar”, no explícitamente a disfrutar) y por el camino se quedan varios puntos nuevos del RD 5/2023.
La guinda del día fue volver a presenciar las peores artes de la negociación colectiva: Las conversaciones para alcanzar un acuerdo se han desarrollado, en vez de en un restaurante (al estilo de las del III CC), en los pasillos que rodean la sala de reuniones donde estábamos convocad@s.
Desde CGT entendemos que este tipo de reuniones van acompañadas de una serie de formalismos que hacen que su desarrollo sea de todo menos ágil y por ello siempre solicitamos que los órdenes del día previos a las reuniones sean exhaustivos y con el material adjunto necesario para que las diferentes organizaciones sindicales podamos presentar propuestas de calidad y así evitar la injusta “negociación express pasillera”.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado
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