Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
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CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL 0,5% NO ES SUFICIENTE | 121 2023-10-11 |
| COMUNICADO
| Leido: 26 veces | Hoy se ha reunido el CGE y, posteriormente la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif para aplicar la subida salarial que viene recogida en el art. 19.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para 2023 con la aplicación que especifica la Cláusula 4ª del vigente II Convenio Colectivo de Adif/Adif AV:
•Personal Operativo: A todos los complementos salariales excepto loscomplementos personales absorbibles vigentes a 31 de diciembre de2022 y con efectos de 1 de enero de 2023.
•MM.II, Cuadros y Estructura de Apoyo: Tomando como referencia lamasa salarial individual vigente a 31 de diciembre de 2022 se reparteel 0,5% de forma individual tomando como referencia las retribucionestotales de cada persona trabajadora del año 2022 incorporándose alfijo con efectos de 1 de enero de 2023
CGT como firmantes del II Convenio Colectivo de Adif/Adif AV, asumimos el contenido de lo reflejado en el mismo y celebramos que los bolsillos de las personas trabajadoras de Adif perciban lo que es suyo: porque están soportando en sus espaldas el brutal incremento de productividad por la acuciante falta de personal que todavía aqueja a la plantilla de Adif a lo que las mesas técnicas no han dado respuesta satisfactoria.
Queda demostrado que el convenio colectivo no ha cumplido con lo esperado y se tiene que proceder a la denuncia del mismo sin dejar las prórrogas de 2 años que contempla para 2024 y 2025.
Las cartas de esta baraja ya están demasiado manoseadas y deben ponerse encima de la mesa barajas nuevas para iniciar una nueva partida que recoja: un verdadero incremento salarial para compensar el aumento de la productividad, porque no somos suficientes pero “sacamos más faena”, retomar la jornada diaria de 8 horas eliminando el agravio comparativo que han creado los firmantes del acuerdo de las 35 horas con jornadas anuales de 203 días para unos colectivos y 191 para otros y acabe con la aplicación de la Ordenación Profesional por la vía de los hechos consumados, entre otras muchas reivindicaciones de la plantilla.
Comunicado
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