Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL III CONVENIO COLECTIVO DE NUNCA ACABAR | 96 2023-07-13 |
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 | Leido: 19 veces | De nuevo, y de manera similar a lo que ya sucedió el pasado 24 de mayo cuando, interpelados por la Secretaría de Estado de Función Pública, se realizaron algunas modificaciones al texto del Preacuerdo de III Convenio Colectivo (modificaciones no baladíes para CGT), el III Convenio Colectivo del Grupo Renfe ha vuelto a ser puesto en entredicho.
En esta ocasión ha sido la Subdirección General de Relaciones Laborales, perteneciente a la Dirección General de Trabajo de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, la que ha solicitado de manera urgente una serie de alegaciones y modificaciones a la Comisión Negociadora del Convenio, con objeto de proceder a su registro y publicación.
En esta ocasión las demandas efectuadas han sido las siguientes:
1. Inclusión de las tablas salariales actualizadas y firmadas.
2. Modificar el redactado de la cláusula 13ª en lo relativo al disfrute simultáneo del permiso por cuidado del menor lactante para personas trabajadoras del Grupo Renfe y constreñir a Renfe la limitación de este derecho.
3. También relativo a la cláusula 13ª: Revisar la redacción relativa a la exclusión de los días en los que existe una suspensión de la relación laboral de la liquidación de la Prima Variable (CGT ya demandó este hecho en enero).
4. Contestación a la impugnación del sindicato SF por entender que ciertas cláusulas del convenio “vulneran el derecho de libertad sindical en su vertiente de negociación colectiva” a las organizaciones no firmantes del Convenio. Esta cuestión, en su día, también la planteó jurídicamente CGT.
Las prisas con las que aquel 8 de noviembre algun@s firmaron el Preacuerdo de III Convenio Colectivo siguen pasando factura. Más de ocho meses más tarde seguimos sin tener el convenio publicado y este es el segundo toque de atención que recibe este acuerdo.
Aunque creemos que las modificaciones requeridas por la Subdirección General de Relaciones Laborales son oportunas, CGT sigue sin avalar con su firma un Convenio Colectivo que ha sido negociado a espaldas de organizaciones representativas de la
plantilla, como es nuestro caso, y que además:
• No ha mejorado un ápice la subida salarial otorgada a la función pública a pesar de que la inflación se comía esa subida salarial con creces.
• No eliminó las categorías de ingreso y las escalas salariales. A nosotr@s no nos valían promesas de un futuro mejor: Nos negábamos a avalar un documento que parchease lo que nunca debería haber existido.
• No ha propiciado una conciliación laboral y familiar real a través de la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas.
Modificación del redactado del artículo 552
El segundo punto del orden del día de ayer, también en el ámbito de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo, fue la modificación del artículo 552 de nuestra normativa laboral.
En concreto, la referencia genérica a enfermedad mental presente en el Anexo 1 del XII de Renfe, que actualmente dice: “No padecer enfermedad mental”, por lo siguiente: “No presentar patologías que impidan el desempeño de las funciones propias del puesto de
trabajo”.
Es cierto que el redactado existente era anacrónico y que necesitaba una revisión / ser desarrollado, pero desde CGT entendemos que la nueva redacción es tan ambigua que puede generar más problemas a l@s trabajador@s que la vieja redacción.
Porque en la práctica, ¿cuántas personas quedaban efectivamente fuera de los procesos selectivos por esta razón? No much@s médic@s firmarían que tener estrés, padecer una depresión o tener crisis de ansiedad es “padecer enfermedad mental”. ¿Cuántas personas
empezarán a quedar ahora fuera porque un gabinete médico considere que su patología “impide el desempeño de las funciones” de su cargo? Igual es@ médic@ ahora sí firma que el estrés, depresión, ansiedad, etc. impiden realizar bien su trabajo.
Somos firmes en nuestras convicciones: Si tenemos la mínima duda de que la clase trabajadora puede salir perdiendo, no suscribimos los cambios.
¿Firmas a la carrera? No, gracias.
Firmes en nuestras convicciones.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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