Comunicados
LOGIRAIL | 43 19/05/2025
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GANAMOS LA PROGRESIÓN DE NIVELES PROFESIONALES Hoy 19 de mayo, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón: la progresión de nivel profesional pactada en el II Convenio Colectivo de Logirail debe cumplirse. Una vez más, el SFF-CGT defiende en los tribunales lo que la Dirección de la empresa se niega a reconocer: los derechos firmados son de obligado cumplimiento.
Durante meses, la Dirección de Logirail ha venido negando el reconocimiento del derecho a progresar profesionalmente a decenas de trabajadoras y trabajadores, a pesar de que estaba claramente establecido en el convenio. Esta negativa no solo vulneraba un acuerdo colectivo, sino que frenaba el desarrollo profesional y la dignificación de las condiciones laborales en la empresa. Hoy, la justicia obliga a Logirail a rectificar.
Desde el SFF-CGT celebramos esta sentencia como un nuevo paso en la defensa de una Logirail pública, digna y con garantías. Pero no nos conformamos: seguimos exigiendo el cumplimiento íntegro del III Convenio Colectivo, aún pendiente de aplicar en varios aspectos esenciales para la plantilla.
Además, continuamos exigiendo un refuerzo estructural de la empresa: la estabilización de las personas contratadas temporalmente mediante una nueva Oferta de Empleo Público que permita la consolidación de puestos indefinidos, y una dotación suficiente de personal para prestar un servicio público ferroviario de calidad.
Nuestro objetivo es claro: consolidar a Logirail como una empresa pública fuerte, con condiciones laborales justas, estabilidad en el empleo y respeto a los derechos pactados.
Porque cada derecho conquistado es fruto de la lucha. Porque lo firmado debe cumplirse. Porque la plantilla de Logirail merece dignidad, no excusas.
SFF-CGT, HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 09/05/2025 | 42 SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE | ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF VAMOS A CONTAR TAREAS, TRALARÁ | 81 2023-06-20 |
| COMUNICADO
 | Leido: 5 veces | VAMOS A CONTAR TAREAS, TRALARÁ
En las últimas semanas múltiples dependencias de circulación han recibido correos electrónicos de sus jefaturas pidiendo que su personal rellene un documento nuevo. Es un registro, un conteo, mediante un formato prestablecido, para la toma de datos de “situaciones críticas”.
FACTORXS Y CONTABLES
Es decir, quieren que los y las factoras de circulación dejen de atender las tareas cotidianas propias de su trabajo, que tienen una afectación directa en la seguridad en la circulación, para que se pongan a contar y a sumar, una a una, cada una de las actividades que realizan: entregas de vía bloqueada, autorizaciones de rebase, notificaciones de limitaciones temporales de velocidad…
Nuestra Normativa Laboral es muy clara y el conteo de situaciones críticas no está entre las funciones de los y las factoras de circulación. Es una función propia del personal con la categoría de Supervisorx de Línea.
QUIZÁ LO QUE HAY QUE CONTAR ES EL PERSONAL
La falta de personal no puede llevar a que la empresa asigne funciones a los y las factoras de circulación que son propias de los y las supervisoras de línea (elaboración de los PAI, informes, etc).
Esa misma falta de personal hace que, por ejemplo, ante un cambio en el Reglamento de Circulación Ferroviaria, no se recicle a todo el personal con habilitación (pensemos en los pasos a nivel). O que la intención declarada de eliminar a los y las supervisoras de circulación N3 en estaciones provoque que la mayoría de dependencias se queden sin una persona encargada.
De esta manera, la información al público se degrada, la documentación en la estación no está al día, los problemas no se transmiten ni se hace seguimiento de ellos, etc. A ello se suma una digitalización tardía, que ha llevado a tener que andar contando con los deditos el número de telefonemas intercambiados en los libros de bloqueo.
Ninguna de estas carencias es responsabilidad de los y las factoras de circulación, un colectivo que realiza su trabajo con profesionalidad y que no puede ni debe asumir funciones que no son suyas. Circulación necesita más personal, no personal más polivalente.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

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