Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EMPEORAN EL III CONVENIO COLECTIVO. GRATIS | 68 2023-05-25 |
| COMUNICADO
 | Leido: 17 veces | Excusándose en la necesidad imperiosa de ratificar el preacuerdo de III Convenio Colectivo del Grupo Renfe, ayer, SEMAF, CCOO y UGT han avalado con su firma una precarización del texto del nuevo convenio.
La negociación, como ya pasó con la firma del Preacuerdo de Convenio en noviembre, ha brillado de nuevo por su ausencia: De un día para otro ha sido convocada la Comisión Negociadora y los agentes de la firma fácil han considerado que no era necesario matizar ni una coma de las imposiciones de la Secretaría de Estado para autorizar el convenio, y hay modificaciones que para CGT están lejos de ser baladíes…
Cláusula 5ª. Jornada
CCOO y UGT ratificaron el pasado 14 de noviembre el "Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI", un acuerdo que CGT ya ha demandado que se materialice por los numerosos aspectos beneficiosos para l@s trabajador@s de Renfe.
Uno de los aspectos que recoge es el fomento del “empleo, la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento, apostando por la implantación o recuperación de una jornada laboral de 35 horas semanales como una de las medidas para alcanzar dichos objetivos”.
La aplicación de la reducción de jornada a 35 horas plantea un escenario muy bueno para conseguir una conciliación laboral y familiar real, acumulando la reducción en jornadas de trabajo completas y, de paso, crear puestos de trabajo públicos y de calidad para cubrir las necesidades en los gráficos de servicio que este tipo de acumulación supondría.
Nos gustaría que nos explicasen cómo van a defender su Acuerdo Marco cuando hoy han firmado que la implantación de la jornada no podrá suponer ningún tipo de coste adicional a la empresa.
En la cláusula 5ª, Jornada, de la que estamos hablando, encontramos nuevas expresiones como "beneficio operativo de la empresa", "no podrá suponer costes adicionales", "mantenimiento y potenciación de la eficacia y la productividad"… Mayoría absoluta de términos económicos para referirse a una cuestión social. Queremos recordaros que la Comisión Negociadora para tratar esta Cláusula de Jornada está convocada hoy día 25 de mayo y que los sindicatos que han firmado este regalo a la empresa acaban de complicar mucho (y justo a tiempo) que consigamos una reducción de jornada que realmente favorezca la conciliación de l@s trabajador@s.
Cláusula 6ª: Planificación estratégica de los recursos humanos
En esta cláusula se ha incorporado que “la promoción profesional a un grupo o subgrupo profesional superior no está basada, exclusivamente, en la antigüedad en el grupo o subgrupo anterior”.
Si bien es cierto que el Desarrollo Profesional del Grupo Renfe menciona, en lo relativo a los sistemas de promoción en los diversos colectivos, pruebas de selección que han de ser superadas junto a la acreditación de la experiencia / antigüedad; en la práctica nos encontramos promociones puras por antigüedad: Un@ operador@ de ingreso que promociona a operador@ de entrada a los dos años en talleres, un@ interventor@ que promociona a especializad@ a los tres años, un@ Maquinista de Entrada que promociona a Maquinista a los 2 años, etc.
La inclusión de ese párrafo podrá suponer, desde que se publique el III Convenio Colectivo, que la empresa niegue la promoción automática hasta que se realice algún tipo de formación adicional a la acumulación de antigüedad.
¿Puede que este escenario nunca lo veamos? Puede. Pero hasta hace poco había una cláusula que se firmó en el I Convenio Colectivo, la 14.6, que pasaba desapercibida hasta que Renfe decidió empezar a aplicarla a cuchillo en muchas convocatorias de movilidad (y muchos sindicatos refrendarla).
Si la cláusula 14.6 nunca hubiera sido aprobada en el I Convenio Colectivo nunca habría generado las injusticias que tod@s conocemos. Ojalá nunca nos acordemos de esta “modificación sin importancia” (según los sindicatos que han firmado ayer).
III Convenio Colectivo, convenio de restaurante
A SFF-CGT y a SF-Intersindical se nos está excluyendo reiteradamente de los foros de negociación, negando una interlocución efectiva a organizaciones que representan a miles de trabajadores. ¿De qué sirve qué acudamos a una reunión donde el acuerdo se ha alcanzado antes de pisar la sala? Juegan mezquinamente con que nuestro poder de veto no es suficiente para detener sus arreglillos.
No es casual que esta “mala noticia” emerja escasos dos meses tras las elecciones sindicales: Tenían que presentar la parte “bonita” antes de que fuéramos a votar y luego convocarnos para, en un rato, arreglar la parte fea. En sus comunicados, CCOO y UGT pasan tan de puntillas que pudiera parecer que la modificación del texto del Preacuerdo fuese totalmente inocua.
Las elecciones pasaron y las caretas empiezan a caer.
¡SIGUE CON CGT EN LA BRECHA!
Comunicado

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