Comunicados
SECTOR | 5 22/01/2026
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HUELGA EN EL SECTOR POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL Los recientes y graves accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz y en Barcelona no pueden ser despachados por las direcciones de las empresas ni por el Ministerio como meros sucesos fortuitos o errores aislados. Para el SFF-CGT, estos hechos son el síntoma más doloroso de una enfermedad crónica que padece el ferrocarril: la degradación sistemática del mantenimiento de la infraestructura y del material rodante, consecuencia directa de años de externalización masiva, precarización y troceo planificado de lo público.
Lo que está ocurriendo no es casualidad. Es el resultado de un modelo que ha debilitado la capacidad de prevención y de respuesta ante incidencias. Un modelo que ha convertido la seguridad en un coste a recortar y el ferrocarril en un negocio a repartir.
Estos días hemos visto cómo dos maquinistas y un tripulante perdían la vida, pero no eran las únicas personas trabajando en esos trenes, ni son las únicas que han fallecido en el sector. El año pasado, sin ir más lejos, fallecieron cinco personas trabajando en el mantenimiento de infraestructura. Por eso lo decimos con claridad: esto no se revierte desde un colectivo aislado. Se revierte con la fuerza del sector ferroviario en su conjunto.
Porque cuando se permite el aumento de circulaciones sin reforzar el mantenimiento preventivo, se incide en la seguridad. Cuando se consiente la fragmentación de las empresas ferroviarias, se incide en la seguridad. Cuando se externaliza masivamente el mantenimiento, se incide en la seguridad. Cuando se reducen plantillas hasta el límite y se normaliza que un tren con casi 600 personas circule con dotaciones mínimas, se incide en la seguridad. Cuando se ha destinado gran parte del presupuesto de ADIF a la construcción de la Alta Velocidad mientras se abandona la red convencional y su mantenimiento, se incide en la seguridad.
La seguridad ferroviaria no se rompe de golpe: se rompe recorte a recorte, privatización a privatización, subcontrata a subcontrata, silencio a silencio. Y quienes hoy se ponen de espaldas a las reivindicaciones, deberían explicar qué papel han jugado, durante años, en permitir que se materializaran muchas de estas situaciones: acuerdos, renuncias, paz social y firma fácil mientras se desmantelaban medios y derechos.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: es el momento de que el sector ferroviario se una y exija un cambio inmediato del modelo ferroviario. No vamos a permitir que se siga jugando con la vida de la ciudadanía y de las plantillas. No vamos a aceptar que se normalice el colapso operativo. No vamos a quedarnos callados mientras se degrada el servicio y se precariza el trabajo que lo sostiene.
Por ello, el SFF-CGT convocará huelgas los días 9, 10 y 11 de febrero en todo el sector ferroviario e impulsará las movilizaciones necesarias para seguir exigiendo un nuevo modelo ferroviario en el que la seguridad vuelva a estar por encima de la rentabilidad, con inversión real en mantenimiento, plantillas suficientes, protocolos homogéneos y el fin de la externalización como dogma. Porque así se lo hicimos saber al Ministerio de Transportes el 26 de septiembre, sin obtener respuesta, pese a la gravedad del diagnóstico.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 15/01/2026 | 4 CGOS Y TALLERES: HABLAR, PERO NO CONCRETAR | RENFE 13/01/2026 | 3 ABONO ÚNICO, PERO ¿A QUÉ PRECIO? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ACOSO LABORAL: LOS Y LAS FERROVIARIAS DEBEMOS SABER RECONOCERLO | 59 2023-04-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 12 veces | ACOSO LABORAL: LOS Y LAS FERROVIARIAS DEBEMOS SABER RECONOCERLO
Renfe, Adif y Logirail, las empresas públicas del sector ferroviario, tienen en vigor distintos protocolos de actuación frente al acoso laboral. Estos protocolos responden a la obligación de las empresas de evitar los riesgos laborales y, cuando no es posible, combatirlos.
La incidencia del acoso laboral es mayor de lo que pensamos: cerca del 15% de la población laboral declara haber sido víctima de violencia, hostigamiento o acoso en el trabajo y alrededor del 70% declara haber sido testigo de una situación de acoso laboral.
Es decir, el acoso laboral, o mobbing, se extiende a todas las empresas. Pero a veces resulta difícil de identificar, pues son muy diversas sus características. Y las personas acosadoras pueden estar en cualquier nivel jerárquico (superior, inferior o compañeras de trabajo). Por ello, es fundamental que conozcamos la definición y las características del acoso. El INSST (Nota Técnica de Prevención 854) define el acoso laboral o acoso psicológico como la “exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica). Dicha exposición se da en el marco de una relación laboral y supone un riesgo importante para la salud”.
Para que exista acoso, en general son claves las condiciones de frecuencia y de prolongación en el tiempo (no es así en el caso de aislamiento o cambio de puesto injustificado). Se sustenta en la vulnerabilidad de la víctima, producto de la asimetría de poder con la persona acosadora, aunque no sea necesariamente formal o jerárquica, pues puede ser informal, motivada por la asimetría de antigüedad, de formación, de relaciones sociales en la empresa, etc.
Producto de esta vulnerabilidad, a la persona acosada se le intenta desconcertar, culpabilizar y responsabilizar de la situación. Dejarle inmóvil o en un mar de dudas, y así, de forma sibilina avanzar en el acoso. Las víctimas de acoso laboral pueden sufrir trastornos psicológicos como ansiedad, depresión, estrés..., provocando desánimo a título personal y profesional. Sin duda, el malestar en la victima va en aumento en función del tiempo que perdure el acoso.
Tipologías del acoso
La diversidad de los tipos de acoso hace que resulten inadvertidos o se vean como algo “normal”. Además, las personas acosadoras actúan normalmente de forma sutil y silenciosa, aparentando gestos amables y simpatía, para ganarse la confianza del resto y evitando descubrirse, lo que lleva a que en cada ámbito laboral los ataques se amolden a su particularidad.
Dada la variedad de las características del acoso, pueden establecerse distintas tipologías:
Según la posición jerárquica
I. Acoso horizontal: víctima y victimario se encuentran en el mismo nivel profesional.
II. Acoso vertical: la persona acosadora se encuentra en un nivel profesional distinto a la víctima. Hay dos subtipos: ascendente y descendente, o abuso de poder.
Según el objetivo
I. Acoso estratégico: el acoso busca beneficiar a la empresa (por ejemplo, una baja voluntaria de la víctima ahorra una indemnización por despido).
II. Acoso de dirección o gestión: el acoso se produce desde la dirección, para castigar a una persona trabajadora o como instrumento para aumentar la productividad del equipo.
III. Acoso disciplinario: es un acoso que busca disciplinar a la víctima y, de esta manera, advertir al resto de la plantilla. Este acoso también busca poner trabas a los derechos laborales relativos a incapacidades temporales, embarazos de las trabajadoras y el ejercicio de los derechos de corresponsabilidad.
IV. Acoso perverso: la persona acosadora no busca ningún fin. Su carácter le lleva a generar una situación de abuso sostenido contra la víctima. Además, logra camuflarlo ante el resto de personas mostrando una personalidad atractiva.
Las situaciones descritas son más frecuentes de lo que creemos. Por ello es necesario aprender a reconocerlas, identificarlas y dejar en evidencia a las personas acosadoras.
El acoso laboral es un riesgo que, como tal, debe ser abordado desde la prevención de riesgos laborales, con medidas organizativas que eviten conductas contra la integridad y dignidad de las personas trabajadoras. Desde CGT, creemos que es fundamental que las personas trabajadoras conozcamos la definición y formas de acoso, para que podamos identificar estas situaciones. El acoso, como se ha dicho, se agrava con el tiempo, tanto en sus manifestaciones como en los daños que produce en las víctimas, por lo que es fundamental cortarlo en un estadio temprano.
Sin embargo, el acoso no puede medirse por sus consecuencias en las personas acosadas, pues el daño es relativo, ya que no todo el mundo dispone de las mismas herramientas o recursos. Tampoco puede depender de la valoración de testigos, pues la reacción de quienes presencian las conductas de acoso también varía y pueden implicarse en la resolución, tomar partida por una u otra parte, adoptar una postura indiferente, etc. Debemos utilizar herramientas objetivas para combatir el problema.
Actuaciones ante el acoso
La denuncia laboral se inicia en Adif, Renfe y Logirail a través de los distintos protocolos de actuación frente al acoso. La víctima tiene otros recursos, siempre compatibles, como la denuncia ante la Inspección de Trabajo, el Procedimiento Ordinario Laboral (Ley 36/2011) y Procedimiento Ordinario por Daños y Perjuicios (si el acoso laboral ha cesado).
Crear un registro de las conductas sufridas ayuda a definirlas. En este sentido, el INSST desarrolló un “Diario de Incidentes”, que permite reconocer y evaluar las conductas de acoso. Facilita un registro, un listado de las acciones y reacciones y una escala numérica en función de la gravedad, que permiten a la víctima valorar la situación. Os facilitamos un código QR con enlace a un Diario de Incidentes, desarrollado por la CGT de Madrid, Castilla – La Mancha y Extremadura.
Si te reconoces en algún tipo de acoso o conoces algún caso, contacta con la representación de los y las trabajadoras para recibir más información y, sobre todo, ayuda.
El acoso es un delito recogido en el Código Penal (art. 173.1), no seas cómplice y apoya a la víctima.
Comunicado

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