Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MÁS TRANSPARENCIA EN LA ÚTIMA MOVILIDAD DE COMERCIAL OCN1 Y CENTROS DE GESTIÓN | 51 2023-03-17 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | CGT planteó demanda de Conflicto Colectivo impugnando las convocatorias de movilidad geográfica y funcional para la cobertura de puestos con carácter definitivo de plazas de los subgrupos profesionales de OCN1 e Interventor SSB a Bordo y para Operador Comercial Especializado N2 en centros de Gestión.
Como en las anteriores convocatorias, la empresa publicitó en las de OCN1 vacantes identificadas mezcladas con un sinfín de residencias identificadas con asterisco, que se convertían en plazas potenciales, pero en ningún caso seguras, y quedaban a merced de las resultas de los movimientos que se produjesen. Para los CGOs, no existían asteriscos, pero si se estableció la cobertura a resultas y permitía también solicitar dichas plazas. Si además tenemos en cuenta que la empresa está convocando y resolviendo ambos tipos de movilidades (geográfica y funcional) a la vez, tenemos un “totum revolutum” que dista mucho de facilitar la comprensión y participación en el proceso de l@s trabajador@s.
La demanda tenía por objeto subsanar las convocatorias, de tal forma que l@s trabajador@s tuviesen en el momento de las resoluciones y adjudicaciones de plazas conocimiento de cuales de ellas correspondían a vacantes a resultas y que en el caso de activación de la bolsa de reserva no se pudiesen adjudicar ninguna que no se hubiesen publicitado en la convocatoria.
Las convocatorias siguieron su curso pero desde CGT hemos mantenido la demanda para así lograr un acuerdo con la empresa en sede de la Audiencia Nacional y al que se han adherido el resto de sindicatos (excepto SEMAF que no comparece) en el que la empresa se compromete a informar de las vacantes adjudicadas a resultas junto a las residencias de origen y destino de los adjudicados y a no adjudicar en bolsa ninguna sobre la que hubiese peticiones no adjudicadas en la resolución definitiva, informando de la composición de la bolsa y de la activación de la misma con las plazas ofertadas. Este acuerdo es similar al que obtuvimos en la impugnación de las anteriores convocatorias de movilidad.
En CGT entendemos que, si se separasen los procesos de movilidad geográfica y funcional, se clarificarían las plazas a las que se concurre y no estaríamos sujet@s a vacantes potenciales sobre las que no se tiene idea concreta si al final serán adjudicadas, lo que implica falta de seguridad jurídica en procesos en los que concurren multitud de trabajador@s.
Si a lo expuesto en el párrafo anterior le sumamos que, convocatoria tras convocatoria, la empresa va reduciendo el número de peticiones que l@s participantes pueden hacer, nos encontramos con que, en algunos casos, más que concurrir con ciertas garantías al proceso l@s trabajador@s “tienen que jugar” a acertar en qué residencias pueden tener más probabilidades de obtener su deseada plaza.
Esperamos que, de una vez por todas, se incluyan para los siguientes procesos (de seguirse llevando a cabo simultáneamente movilidad geográfica y funcional), estas medidas beneficiosas para la transparencia necesaria en un asunto tan delicado como es el derecho a la movilidad.
CON CGT MOVILIDADES MÁS TRANSPARENTES Y JUSTAS. AFILIATE A CGT
Comunicado

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