Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MOVILIDAD: POCA, TARDE Y MAL INFORMADA | 32 2023-02-20 |
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 | Leido: 10 veces | La información y la transparencia son pilares básicos de la acción de CGT: la distribuimos a todos y todas las trabajadoras, afiliadas o no. Una de nuestras herramientas (¡nuestro esfuerzo nos cuesta!) es el BLOG comoserferroviario, para informar también a quien no pertenece todavía a la plantilla de Adif. Fruto de esta convicción, hemos visitado todas las sedes de formación de la segunda tanda de la OEP 2021 (como hacemos con todas las OEPs), para ver cómo se está desarrollando el periodo de habilitación, recoger las posibles problemáticas y hablar sobre los temas que preocupan a las compañeras y compañeros de nuevo ingreso. Este año el tema estrella es la movilidad. Hemos detectado algunas dudas y confusiones entre el personal que merecen la pena ser aclaradas y sobre las que otros sindicatos no han sido precisos, quizás por el reparo de explicar lo que han avalado.
¿Cuándo nos vamos a mover? Nadie lo sabe (tampoco los sindicatos que se han atrincherado en la Comisión de seguimiento de la movilidad): depende de la agilidad de la empresa en gestionar los exámenes y entrevistas (promoción/otros). Entendemos, en base a informaciones de la propia empresa y a los plazos de otros procesos de movilidad (AGMs) que la resolución definitiva podría publicarse después de verano. El movimiento en sí, el traslado efectivo, dependerá de la formación del personal de la OEP22 (son “quienes nos van a sustituir”).
Una novedad positiva de la nueva Norma Marco de Movilidad (NMM), es que la demora de traslado (la indemnización que recibimos si la empresa nos retiene en vez de movernos) será pagada de oficio por la empresa. Eso sí, si somos de una categoría de ingreso, se devengará solo dos meses después de que el personal de la OEP22 obtenga su habilitación.
…Y a la residencia que me adjudiquen, ¿cuántos días tengo para trasladarme? Esta pregunta nos gustaría que la contestaran los sindicatos firmantes de la AGM, que nos han “birlado” a los y las trabajadoras los 5 días retribuidos que la anterior norma nos reconocía para traslado (artículo 301 de la NL). Dependemos de los 2 días de mudanza reconocidos para todo el mundo en el Estatuto de los Trabajadores (nos buscaremos la vida).
¿Cuándo conoceremos el número de plazas por vacante? ¿Las empresas públicas no se rigen por la transparencia? Conoceremos el número de plazas cuando a la empresa le convenga y haya podido conocer y arreglar quién va a qué sitios, así de sencillo. Y sí, es cierto que las empresas públicas se rigen por la transparencia. Pero también es cierto que llegan tan lejos en las agresiones a los derechos laborales como los sindicatos les permiten. Para CGT, la transparencia ha sido una línea roja tristemente machacada en esta negociación.
Con lo del número de vacantes, no había alternativa. En realidad, a ningún sindicato le gusta. Faltaba más, pero CGT pusimos en bandeja, a todos los sindicatos, la sentencia del Tribunal Supremo que hemos ganado en Renfe por exactamente el mismo motivo, y que está obligando a publicar el número de plazas en sus movilidades. Somos tan extremistas en CGT que pedimos que se aplique jurisprudencia del TS, compuesto por reconocidos y reconocidas anarquistas.
Algo había que hacer para que la gente se moviera, ¿no? Sí, seguir haciendo movilidades anualmente amparadas en la anterior norma de movilidad mientras se negociaba la NMM e incluso haber permitido la participación subsidiaria del personal de la OEP19 en la AGM de 2020. CGT lo solicitamos reiteradamente: somos conscientes del daño personal (y de gestión de RRHH) que supone la provisionalidad y sabemos que ni la empresa va a dudar en convertir al personal con residencia provisional en rehén (“decidles que tienen que estar agradecid@s”, nos llegó a decir) ni otros sindicatos dudarán en convertirle en excusa de su flojera negociadora.
Tan conscientes somos que, ya en marzo de 2022, advertimos a la empresa de la necesidad de solucionar la situación de casi el 40% del personal. Nos llaman intransigentes por saber sumar… Este 2023, habrá más de 1.300 nuevas personas con residencia provisional, a quienes se sumarán otras 1.400 de la OEP23 para la AGM 2024. Además de las últimas personas (unas 50) de la OEP21 que ingresaron en enero de 2023 y que serán las primeras en mantener la RP hasta la siguiente AGM. Que no nos llamen irresponsables, que somos las únicas con sentido de la responsabilidad.
Entonces, ¿ni siquiera las próximas OEPs van a ingresar con residencia definitiva? No, es uno de los aspectos más lesivos de la nueva NMM. Está hecha asumiendo que se perpetuará el modelo de la residencia provisional. La residencia definitiva se contempla como una excepción y, de hecho, esta OEP22 tendrá residencia provisional. Con una periodicidad de dos años mínimo entre AGMs, es difícil que la promoción de la OEP23 pueda esperar otra cosa.
¿Cuándo podré ascender? ¿Y moverme después? Cuando tengas residencia definitiva y 2 años de antigüedad en la categoría. Una vez que te muevas, habrá que cruzar los dedos para que los distintos periodos de carencia (3 años desde la adjudicación para otro ascenso o para otro traslado, 2 o 3 años desde la publicación de la movilidad para la siguiente convocatoria de AGM) no nos impidan participar en la siguiente movilidad (es decir, 2+2 años, o 3+3 años). De ahí la importancia de que la periodicidad de las AGMs sea anual, como CGT
proponía y como, de hecho, funcionó con buenos resultados entre 2018 y 2020.
Esto es muy fácil de decir para la CGT, que nunca firma nada. Sois el sindicato del no. Para nada: somos el sindicato del sí a los derechos. Nos sentamos a negociar para mejorar derechos, no para empeorarlos. Y esta NMM es una pérdida de derechos respecto al acuerdo del Nuevo Marco de Movilidad Voluntaria por concurso de 2017, que SÍ FIRMÓ CGT, y que servía de referencia al compromiso del II convenio colectivo de Adif y Adif AV, que TAMBIÉN FIRMÓ CGT. Lo cierto es que hay que tener mucho vicio de firmar para avalar un acuerdo en el que incluso empeoramos la norma de ¡1993! (identificación de vacantes, determinación de personal excedente, 5 días de traslado…).
Sí, lo sabemos, “en todas las negociaciones te dejas plumas”. Pero nos preguntamos dónde están las plumas que se ha dejado la empresa. Basta comparar el Nuevo Marco pactado en 2017 con las condiciones de la NMM y de la acción de movilidad en curso para comprobar cuánto hemos perdido. Es importante que esta información, como toda la que afecta a la negociación entre empresa y RLT, llegue a toda la plantilla. Lo repetimos: CGT nos caracterizamos por la transparencia y honestidad con las que desarrollamos nuestra acción.
Comunicado

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