Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT DICE NO A LA DESREGULACIÓN DE FUNCIONES EN LA GESTIÓN DE PROYECTOS | 28 2023-02-15 |
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 | Leido: 4 veces | La dirección de ADIF continúa con sus intentos de desregular aún más las funciones de Cuadros Técnicos, Mandos Intermedios, Técnicxs y Jefxs. En el comunicado 31 de 2021, ya denunciamos el intento de la dirección de ADIF de desregular la dirección de proyectos y obras de ingeniería civil e industrial. En esta ocasión, la desregulación amenaza a los proyectos de Tecnologías de la Información y en general, a los proyectos de gestión.
Las distintas categorías laborales deben tener funciones y responsabilidades diferenciadas y esto afecta también a Cuadros Técnicos, Mandos Intermedios, Técnicxs y Jefxs. Si la dirección de la empresa, considera que no existe personal propio suficiente, debe buscar soluciones como la convocatoria de plazas para ascenso a categorías superiores, y no intentar que Técnicxs y Cuadros Técnicos realicen funciones de jefxs.
En el caso de los proyectos de Tecnologías de la Información y de gestión, las funciones de las distintas categorías están definidas y no pueden desregularse. En estos proyectos, las funciones de director de contrato corresponden a una categoría mínima de jefe: responsabilizarse de la ejecución del contrato, certificar los trabajos realizados, y autorizar los pagos a los proveedores.
Las funciones de lxs Técnicxs incluyen el seguimiento de los mismos, es decir, el reparto de las tareas, las indicaciones para que en los proyectos se sigan las metodologías definidas por ADIF, la detección temprana de incidencias y su resolución, la colaboración con los distintos equipos de ADIF y de otros proveedores… etc. Lo que no incluyen es la firma de ninguna certificación de trabajos ni de ninguna orden de pago. Estas son funciones y responsabilidades que corresponden a categorías de jefxs o superiores. El técnico es responsable de la gestión del proyecto solamente ante el director de contrato, y por tanto no debe firmar ninguna certificación que conlleve responsabilidades legales.
En estos proyectos de gestión y de tecnologías de la información, no existe la figura de dirección técnica o dirección de obra que existe en otros proyectos y que se realizan por trabajadorxs colegiados, por ser profesiones con competencias reguladas legalmente por colegios profesionales.
Desde CGT nos reafirmamos en la importancia de que las funciones de cada categoría estén bien reguladas. La regulación protege a las personas trabajadoras en el ejercicio de sus funciones, lo cual es importante en trabajos sensibles como la gestión de proyectos y la gestión del dinero público, dinero de todas, permitiendo mejorar los procedimientos de trabajo en toda la empresa, rompiendo con la dinámica actual en la que las funciones dependen en muchos casos de la buena voluntad de cada jefe. La regulación permite una promoción profesional basada en criterios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Desde CGT seguimos reclamando que las categorías de jefxs y jefxs de área se incorporen al convenio colectivo para regular sus funciones y salarios, acabando con los ascensos a dedo y para establecer un sistema justo y objetivo de promoción y de carrera profesional.
Comunicado

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