Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ANTE LA AUSENCIA DE MOVILIDAD GEOGRÁFICA PARA OCN2, ¡COMISIÓN DE CONFLICTOS! | 27 2023-02-14 |
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 | Leido: 9 veces | Una vez más, somos testigos de cómo Renfe Operadora sigue tomando decisiones sin pensar en las necesidades personales, familiares y vitales de las personas que forman parte de sus plantillas. Actualmente, cientos de compañer@s siguen sin tener residencia definitiva suponiendo esto una total inestabilidad, precariedad e incertidumbre en sus vidas.
La mayoría de este personal supera con creces los doce meses en situación de residencia transitoria, a lo que se suma que la última convocatoria de movilidad geográfica para este colectivo se convocó el 6 de mayo de 2021, siendo su resolución definitiva el 20 de diciembre del mismo año, lo que implica que desde su convocatoria se exceden, también, los 18 meses de plazo.
Para visualizar cuan extrema es la situación: hay compañer@s que habiendo aprobado la OEP de 2019 y cuya antigüedad en la empresa es el 13 de mayo de 2020, aún mantienen una residencia transitoria, sin haber tenido oportunidad de participar en ninguna movilidad geográfica donde poderles adjudicar residencia definitiva. L@s compañer@s que entraron posteriormente en la empresa sufren la misma situación.
Por ello, desde el SFF-CGT nos dirigimos, el 18 de noviembre de 2022, por escrito a la dirección de RRHH de Renfe Viajeros, solicitando la convocatoria urgente de acción de movilidad geográfica sin haber obtenido siquiera contestación al mismo. De manera paralela, hemos interpelado a la empresa en este tiempo constantemente preguntando por la movilidad. Mientras otras organizaciones llevan meses mirando hacia otro lado, y solo se acuerdan de los OCN2 en periodo electoral, desde CGT hemos insistido reiteradamente en que no se puede dejar en semejante situación a ningún compañer@.
La empresa, no solo se ha saltado ya su propio marco normativo, el cual regula precisamente que los procesos de movilidad se resolverán cada 18 meses para el personal que no ostente los grupos profesionales de conducción, y además, así mismo se establece que "se podrán incorporar con una única residencia transitoria por un periodo máximo de 12 meses", sino que sigue sin pronunciarse acerca de cuándo se celebrará la próxima convocatoria de movilidad geográfica para este colectivo, lo que genera que aumente la sensación de desesperación de muchas personas que no saben a qué atenerse.
A la vez, es preciso recordar que la normativa laboral establece, en su artículo 108.2, la obligación de ofertar las vacantes a cubrir de forma permanente al personal interno de la empresa antes de realizar una convocatoria para el personal ajeno a la misma, incluso, de existir urgencia obliga a ofertar las vacantes de forma interna antes de ser ofrecidas a los aspirantes del exterior.
Puesto que se prevé próxima la publicación de una nueva oferta de empleo público para el colectivo de comercial, CGT vuelve a instar a la empresa a que publique sin más dilación la correspondiente movilidad geográfica, pues está obligada a convocar previamente la correspondiente acción de movilidad, al existir una manifiesta necesidad objetiva de cobertura de puestos de trabajo, por requisito establecido en la Norma Marco de Movilidad apartado 1.1 del XII Convenio de Renfe.
Una empresa como Renfe debería tener en cuenta los aspectos más humanos en su planificación y toma de decisiones, sin embargo, de manera reiterada manifiesta actuar de manera totalmente contraria.
Por todo ello, CGT no va a permanecer inmóvil ante este atropello y para evitar que la empresa siga jugando a dilatar plazos, hoy 14 de febrero de 2023, desde CGT hemos solicitado la convocatoria de la Comisión de Conflictos Laborales, con el fin de dar solución inmediata a los problemas planteados.
¡BASTA YA DE ESTIRAR DE MANERA INDEFINIDA LOS PLAZOS Y JUGAR CON LA VIDA DE LOS COMPAÑER@S!
Comunicado

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