Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ANTE LA AUSENCIA DE MOVILIDAD GEOGRÁFICA PARA OCN2, ¡COMISIÓN DE CONFLICTOS! | 27 2023-02-14 |
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 | Leido: 9 veces | Una vez más, somos testigos de cómo Renfe Operadora sigue tomando decisiones sin pensar en las necesidades personales, familiares y vitales de las personas que forman parte de sus plantillas. Actualmente, cientos de compañer@s siguen sin tener residencia definitiva suponiendo esto una total inestabilidad, precariedad e incertidumbre en sus vidas.
La mayoría de este personal supera con creces los doce meses en situación de residencia transitoria, a lo que se suma que la última convocatoria de movilidad geográfica para este colectivo se convocó el 6 de mayo de 2021, siendo su resolución definitiva el 20 de diciembre del mismo año, lo que implica que desde su convocatoria se exceden, también, los 18 meses de plazo.
Para visualizar cuan extrema es la situación: hay compañer@s que habiendo aprobado la OEP de 2019 y cuya antigüedad en la empresa es el 13 de mayo de 2020, aún mantienen una residencia transitoria, sin haber tenido oportunidad de participar en ninguna movilidad geográfica donde poderles adjudicar residencia definitiva. L@s compañer@s que entraron posteriormente en la empresa sufren la misma situación.
Por ello, desde el SFF-CGT nos dirigimos, el 18 de noviembre de 2022, por escrito a la dirección de RRHH de Renfe Viajeros, solicitando la convocatoria urgente de acción de movilidad geográfica sin haber obtenido siquiera contestación al mismo. De manera paralela, hemos interpelado a la empresa en este tiempo constantemente preguntando por la movilidad. Mientras otras organizaciones llevan meses mirando hacia otro lado, y solo se acuerdan de los OCN2 en periodo electoral, desde CGT hemos insistido reiteradamente en que no se puede dejar en semejante situación a ningún compañer@.
La empresa, no solo se ha saltado ya su propio marco normativo, el cual regula precisamente que los procesos de movilidad se resolverán cada 18 meses para el personal que no ostente los grupos profesionales de conducción, y además, así mismo se establece que "se podrán incorporar con una única residencia transitoria por un periodo máximo de 12 meses", sino que sigue sin pronunciarse acerca de cuándo se celebrará la próxima convocatoria de movilidad geográfica para este colectivo, lo que genera que aumente la sensación de desesperación de muchas personas que no saben a qué atenerse.
A la vez, es preciso recordar que la normativa laboral establece, en su artículo 108.2, la obligación de ofertar las vacantes a cubrir de forma permanente al personal interno de la empresa antes de realizar una convocatoria para el personal ajeno a la misma, incluso, de existir urgencia obliga a ofertar las vacantes de forma interna antes de ser ofrecidas a los aspirantes del exterior.
Puesto que se prevé próxima la publicación de una nueva oferta de empleo público para el colectivo de comercial, CGT vuelve a instar a la empresa a que publique sin más dilación la correspondiente movilidad geográfica, pues está obligada a convocar previamente la correspondiente acción de movilidad, al existir una manifiesta necesidad objetiva de cobertura de puestos de trabajo, por requisito establecido en la Norma Marco de Movilidad apartado 1.1 del XII Convenio de Renfe.
Una empresa como Renfe debería tener en cuenta los aspectos más humanos en su planificación y toma de decisiones, sin embargo, de manera reiterada manifiesta actuar de manera totalmente contraria.
Por todo ello, CGT no va a permanecer inmóvil ante este atropello y para evitar que la empresa siga jugando a dilatar plazos, hoy 14 de febrero de 2023, desde CGT hemos solicitado la convocatoria de la Comisión de Conflictos Laborales, con el fin de dar solución inmediata a los problemas planteados.
¡BASTA YA DE ESTIRAR DE MANERA INDEFINIDA LOS PLAZOS Y JUGAR CON LA VIDA DE LOS COMPAÑER@S!
Comunicado

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