Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NI UN PASO ATRÁS EN EL COLECTIVO DE COMERCIAL ESTACIONES | 20 2023-02-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 7 veces | Venimos viviendo tiempos agitados en las empresas ferroviarias y en los diferentes colectivos que las integran, y las personas de la familia Comercial Estaciones, por desgracia, también los estamos viviendo.
Desde CGT creemos que los hechos y nuestra manera de actuar son nuestra mejor carta de presentación. Nos caracterizamos por ser firmes en nuestras posiciones y no comulgar con ruedas de molino: Si, en una negociación en el seno del Comité General de Empresa, no estamos de acuerdo con algún punto, lo manifestamos y mantenemos nuestro planteamiento hasta el final.
Partiendo de esta premisa podemos presentar, con la cabeza bien alta, las acciones que desde CGT hemos llevado a cabo en los últimos tiempos en el colectivo OCN2: Hacemos lo que hacemos porque la connivencia de muchas otras organizaciones sindicales y la empresa nos empujan a ello y nos hacen ser la última línea de resistencia ante el arma favorita de esas organizaciones sindicales: El bolígrafo que todo lo firma.
Conseguimos procesos de movilidad más transparentes gracias a nuestra pelea en los tribunales: Sentencia favorable en la Audiencia Nacional, Conciliación en la Audiencia Nacional y batalla en las mesas de negociación cuando se convocan nuevas convocatorias de movilidad. No dejaremos que los avances conseguidos por CGT vía judicial caigan en saco roto (Comunicados 20, 69, 82, 92 y 116; febrero, junio, julio y septiembre de 2022, respectivamente).
Tumbamos (Audiencia Nacional mediante) los procesos de movilidad “que infringen los principios de seguridad jurídica y transparencia”. Así pasó con la convocatoria PO 03/2022: Renfe tuvo que volver a presentar la convocatoria identificando correctamente las plazas y retirando las bolsas de reserva (Comunicados 36, 50 y 56; marzo, abril y mayo de 2022, respectivamente).
Reclamamos el disfrute efectivo de los días 24 y 31 de diciembre, correspondientes a la anterior reducción de jornada a 37,5 horas, en los colectivos a turnos como los nuestros; que no quede una interpretación abierta a las gerencias o a los caciques territoriales para hacer con este tema lo que les diera la gana, como venía sucediendo (Comunicado 14 el 7 de febrero de 2022).
Exigimos la convocatoria de TODOS los procesos de movilidad (no solo los que interesan a la empresa). Hemos reclamado y continuaremos reclamando la convocatoria de la movilidad geográfica para OCN2 de estaciones, que sobrepasará el límite de 18 meses que marca la normativa. Cientos de compañer@s llevan más de doce meses con residencia transitoria, de nuevo (oh, sorpresa) en contra de lo que marca la normativa (Carta a la empresa el 18 de noviembre de 2022).
Acusamos la hipocresía de las organizaciones sindicales que prometen batallar incansablemente la cláusula 14.6 del I Convenio Colectivo (mientras su afiliación les pide explicaciones) pero se olvidan de la maldita cláusula en la firma del III Convenio Colectivo o en las recientes convocatorias de movilidad para OCN1 o CGO (Comunicados 84, 101 y 152; julio y noviembre de 2022, respectivamente).
Insistimos en exponer y denunciar la doble escala salarial que suponen las categorías de Ingreso y, como en el caso anterior, criticamos la falta de vergüenza de las organizaciones sindicales que solo quieren retirarlas antes de firmar un nuevo convenio (¡o en elecciones sindicales!), cuando pasan estos hitos ya no les resultan tan deleznables (Comunicado 103 el 15 de julio de 2022).
Retomamos una campaña contra los traslados y ascensos irregulares, necesaria ante las frecuentes “desapariciones” que sufrimos en el colectivo, que merman nuestras plantillas efectivas, nos hacen asumir cargas de trabajo que no nos corresponden y van en contra de los principios de igualdad, mérito y capacidad que deberían regir el empleo público (Circular interna el 17 de agosto de 2022).
Recordamos que SEMAF, CCOO, UGT y SF fueron firmantes del I Convenio Colectivo y, desde ese momento, el personal empezó a sufrir varias de las cuestiones mencionadas en este comunicado: Cláusula 14.6, dobles escalas salariales, cláusula 7ª que permitía unas movilidades más opacas (y que CGT tumbó en el Tribunal Supremo), etc.
Encabezamos, en resumen, una resistencia frente al resto de organizaciones sindicales que dicen defender a l@s trabajador@s y luchar por la mejora de sus condiciones laborales pero, como hemos visto, traicionan constantemente la confianza de su afiliación. ¿Imaginas lo que CGT sería capaz de hacer con más apoyos?
Comunicado

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