Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
EN LA BRECHA CON L@S OCIN2 TEMPORALES
9
2023-01-24

COMUNICADO             
  
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Desde que se realizó la contratación temporal de 491 personas como Operadores Comerciales de Ingreso N2 en el mes de agosto del año pasado, en CGT no hemos parado de luchar por conseguir que nuestr@s compañer@s tengan los mismos derechos que el resto de personal de la empresa y por conseguir que dicho contrato temporal se convierta en el contrato indefinido deseado por tod@s.
Hemos luchado para que el período de prueba en los contratos de duración de menos de 6 meses fuera de máximo de 1 mes. Pedimos que se anulase la cláusula de los contratos que especificaba que el período de prueba fuera de 3 meses, lo que nos parecía abusivo en este tipo de contratos temporales y que está en contra de lo que recoge el Artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores (carta a la Dirección de RRHH el 30 de agosto).
Hemos luchado para que la formación se realizase en horario laboral o por la compensación con los descansos oportunos en el caso de que se realizase en tiempo de ocio. La formación, siempre remunerada. Clama al cielo que se trate de esquilmar a l@s compañer@s con los contratos más precarios (carta a la Dirección de RRHH el 7 de septiembre).
Hemos luchado por una uniformidad sin coste para el personal, no se puede pedir a l@s trabajador@s temporales, que son l@s más vulnerables económicamente hablando, que se costeen una uniformidad determinada para realizar su actividad laboral, cuando al personal indefinido se le dota de uniforme gratuito. Desarrollamos un modelo de denuncia y emprendimos una campaña alentando a nuestras Secciones Sindicales a denunciarlo en Inspección de Trabajo (campaña mediante circular interna el 24 de agosto). En Madrid, por ejemplo, la Inspección de Trabajo nos ha dado la razón, indicando que la empresa debe sufragar el coste de la uniformidad.
Hemos luchado por el carnet ferroviario, demandando que funcionase en condiciones, que se subsanasen los problemas que estaban presentando en Cercanías, que tuviera un coste asequible y justo y, desde luego, para que extendiesen gratuitamente la validez de los mismos el tiempo que durase el nuevo contrato (carta a la Dirección de RRHH el 12 de diciembre).
Hemos luchado por un lugar de trabajo digno, para que nuestr@s compañer@s no tuvieran que realizar su actividad bajo las inclemencias del tiempo, a la intemperie, sin resguardo físico, en apeaderos sin compañía alguna, sin taquillas, aseos, agua… En varios comités provinciales hemos solicitado a la empresa que se subsanasen estas situaciones, hemos interpuesto denuncias a Inspección de Trabajo donde era necesario por este motivo y casi desde el primer momento notificamos de estos hechos a Recursos Humanos (carta a la Dirección de RRHH el 23 de septiembre).
Hemos luchado por las licencias que realmente corresponden a nuestr@s compañer@s. La empresa les notificó que solo les correspondían 2 LZ, aplicando una proporcionalidad que no es legal, que va en contra de lo que CGT concilió ante la Audiencia Nacional a instancia de Conflicto Colectivo y que fue ganado en Sentencia del Tribunal Supremo. El personal temporal tiene derecho a disfrutar de los 6 días de convenio independientemente de la duración del contrato y así lo corroboraron los tribunales. La empresa, en cuanto puede y aunque acabes de entrar, te la intenta colar (carta a la Dirección de RRHH el 10 de octubre).
Hemos luchado por la aplicación efectiva del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, un acuerdo suscrito por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las organizaciones sindicales CCOO y UGT y que recoge, entre otros, acuerdos como “fomentar el empleo, la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento” o la “reducción de la temporalidad en el empleo”, cuestiones que sin ninguna duda afectarían a este grupo de compañer@s. No nos gustan las firmas para la foto: Velaremos por la aplicación de este acuerdo.
El personal temporal no es personal de segunda, son compañer@s con una categoría y funciones definidas, con los mismos derechos que el resto, que están realizando un sacrificio enorme, en muchos casos fuera de su residencia habitual, concatenando contratos temporales y que deben conseguir por fin su merecido contrato indefinido.
Este nuevo año queremos seguir a vuestro lado, luchando por mejorar vuestras condiciones laborales, resolviéndoos las dudas gracias a tod@s l@s delegad@s y desde vuestro canal de Telegram, ofreciéndoos las formaciones y novedades que necesitáis para vuestro desarrollo profesional en nuestro blog / plataforma de estudio Cómo ser ferroviario, informándoos a través de los comunicados e incluso acompañándoos en las posibles reclamaciones y litigios que necesitéis interponer. En definitiva… ¡Aquí nos tenéis para lo que necesitéis! Estamos tod@s en el mismo tren, por eso ¡tenemos que permanecer unid@s!

CON VOSOTR@S SOMOS MÁS FUERTES




Comunicado                   
  











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