Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE PERJUDICA A QUIENES EJERCEN SUS DERECHOS DE CONCILIACIÓN | 6 2023-01-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 26 veces | Renfe y sus sindicatos afines quieren volver a perjudicar a los y las trabajadoras que ejercen sus derechos de conciliación y corresponsabilidad. Esta vez han introducido en el preacuerdo del III convenio colectivo una modificación normativa (“clarificar” lo llaman) por el que descontarán de la liquidación de la prima variable los periodos de maternidad y paternidad (página 13, último párrafo).
De sobra conocemos, porque las sufrimos día a día, la indiferencia pasiva, cuando no directamente negligencia activa, con las que Renfe trata la igualdad entre mujeres y hombres y el ejercicio corresponsable de la vida laboral, personal y familiar.
Esta actitud es intolerable en cualquier empresa, pero es especialmente vergonzosa en una empresa pública como es Renfe. El chapucero Plan de igualdad, diseñado para que nada cambie, el registro retributivo que hurta a la plantilla, pese a haber sido sancionada por la Inspección de Trabajo… Renfe ha decidido no aplicar las leyes de igualdad y torpedear a la plantilla que quiere conciliar.
Con el preacuerdo de III convenio colectivo del Grupo Renfe, la empresa y SEMAF, CCOO y UGT reinciden en esta actitud. Y en este caso, nos han vuelto a dar un ejemplo de su negociación favorita: la que nos hace perder derechos a la plantilla. El mismo tipo de negociación que permitió el 14.6 y las categorías de ingreso, ha logrado que el convenio sancione una práctica abusiva y discriminatoria de Renfe: descontar de la Prima Variable que recibimos las trabajadoras y trabajadores los días de “maternidad” y “paternidad” (la actual prestación por nacimiento y cuidado de menor… viven en el Pleistoceno).
Así, el preacuerdo permite a Renfe sortear las múltiples sentencias ganadas por SFF-CGT que señalaban esta práctica como lo que es: una discriminación y un perjuicio retributivo al personal que se acoge a estos permisos, que además perpetúa la asunción mayoritaria de las tareas de cuidados por parte de las mujeres.
Por el carácter de los derechos que vulnera y porque supone una discriminación, desde CGT entendemos que el recorrido de esta treta normativa es muy corto y que podría ser objeto de impugnación. Sin embargo, para evitar perjuicios a la plantilla, recordamos que el preacuerdo del III convenio es lo que es: un compromiso, que puede modificarse en beneficio de los y las trabajadoras.
Recordamos por ello a los sindicatos firmantes el objetivo de toda negociación: ganar derechos, nunca perderlos. El nefasto preacuerdo, que no tiene avances significativos en conciliación (los 16 días de lactancia acumulada no mejoran en nada el resultado de sumar una hora cada día, la bolsa horaria es un compromiso del convenio pasado) todavía puede evitar dar pasos atrás. En CGT lo tenemos claro: no queremos retrocesos “de tapadillo” en el texto del preacuerdo y por ello nos hemos dirigido por carta a Renfe, para que corrija esta inclusión y corrija las liquidaciones de las posibles personas afectadas. Por el mantenimiento y mejora de las condiciones laborales.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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