Comunicados
LOGIRAIL | 43 19/05/2025
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GANAMOS LA PROGRESIÓN DE NIVELES PROFESIONALES Hoy 19 de mayo, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón: la progresión de nivel profesional pactada en el II Convenio Colectivo de Logirail debe cumplirse. Una vez más, el SFF-CGT defiende en los tribunales lo que la Dirección de la empresa se niega a reconocer: los derechos firmados son de obligado cumplimiento.
Durante meses, la Dirección de Logirail ha venido negando el reconocimiento del derecho a progresar profesionalmente a decenas de trabajadoras y trabajadores, a pesar de que estaba claramente establecido en el convenio. Esta negativa no solo vulneraba un acuerdo colectivo, sino que frenaba el desarrollo profesional y la dignificación de las condiciones laborales en la empresa. Hoy, la justicia obliga a Logirail a rectificar.
Desde el SFF-CGT celebramos esta sentencia como un nuevo paso en la defensa de una Logirail pública, digna y con garantías. Pero no nos conformamos: seguimos exigiendo el cumplimiento íntegro del III Convenio Colectivo, aún pendiente de aplicar en varios aspectos esenciales para la plantilla.
Además, continuamos exigiendo un refuerzo estructural de la empresa: la estabilización de las personas contratadas temporalmente mediante una nueva Oferta de Empleo Público que permita la consolidación de puestos indefinidos, y una dotación suficiente de personal para prestar un servicio público ferroviario de calidad.
Nuestro objetivo es claro: consolidar a Logirail como una empresa pública fuerte, con condiciones laborales justas, estabilidad en el empleo y respeto a los derechos pactados.
Porque cada derecho conquistado es fruto de la lucha. Porque lo firmado debe cumplirse. Porque la plantilla de Logirail merece dignidad, no excusas.
SFF-CGT, HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 09/05/2025 | 42 SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE | ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONCILIA CON LA EMPRESA EL ESTABLECIMIENTO DE 2 DÍAS DE FORMACIÓN EN GRÁFICOS DE CONDUCCIÓN | 2 2023-01-12 |
| COMUNICADO
 | Leido: 18 veces | El martes día 10 acudimos a la Audiencia Nacional para celebrar el juicio respecto al Conflicto Colectivo que interpusimos demandando la obligación que la empresa tiene de grafiar en los desarrollos anuales de los y las maquinistas los dos días de formación que establece el Desarrollo Profesional y que de forma reiterada en la inmensa mayoría de residencias no se lleva a cabo al no estar ni grafiando ni ofreciendo a los trabajadores y trabajadoras la posibilidad.
El presidente del tribunal de la Audiencia Nacional, previo al comienzo, advirtió que no se trataba de un tema objeto de conflicto colectivo, con el argumento, para nosotros equivocado, de que ya se contempla en el DP pero la empresa no los grafía en los desarrollos por las circunstancias de cada persona (posibles bajas, licencias etc). Argumento absurdo, porque por el mismo motivo no se podrían grafiar vacaciones, descansos e incluso algún otro tipo de formación (adaptativa, simulador..).
Ante la posibilidad de obtener una sentencia desestimatoria que no entrase en el fondo del asunto y quedase solamente en el procedimiento hemos procedido a conciliar con la empresa en los siguientes términos:
“La empresa manifiesta que la jornada anual será la definida en referencia teórica fijada en Convenio Colectivo. Dentro de esta jornada, se establecerán dos jornadas anuales para Formación y Comunicación específica del negocio y/o de Seguridad en la Circulación”.
Esta conciliación tiene valor de sentencia firme, lo que facilitará que, de no grafiarse, l@s trabajador@s puedan solicitar y exigir con respaldo jurídico a la empresa que se cumplimente este derecho. Es necesario informaros que ni SEMAF, ni UGT, ni CCOO ni el SF-I se han personado en el procedimiento, a pesar de estar debidamente citados y codemandados en base al interés legítimo que también tienen en el proceso.
Desde CGT, estamos convencidos que la empresa seguirá intentando ahorrarse esos días de formación a aquellos trabajadores y trabajadoras que por diversas circunstancias no los pidan o incluso les dificulten el llevarlos a cabo. Vigilaremos muy de cerca que se cumplen los acuerdos profesionales respecto a este tema y que las personas trabajadoras no sufran ningún tipo de discriminación o represalias por solicitar lo que le pertenece. Igualmente, desde CGT ofrecemos nuestro apoyo y asesoramiento sobre este tema a los trabajadores que tengan dudas o cualquier tipo de cuestión al respecto.
CGT ha conseguido con esta conciliación el reconocimiento de dichos días de formación que otros sindicatos de clase obviaron o no hicieron hincapié por no quedar mal con la empresa, que al fin y al cabo es a la que obedecen. Esperamos que los respectivos sindicatos asesoren a sus afiliados como se merecen sobre este tema, en caso contrario recalcar que CGT tiene sus puertas abiertas a todos aquellos trabajadores y trabajadoras que precisen de un sindicato de confianza que luche de verdad por sus derechos.
¡ES TU MOMENTO, ELIGE CGT!
Comunicado

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