Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE ACUERDO MARCO SIGLO XXI, ¿DÓNDE ESTÁS? | 163 2022-12-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 1 veces | ACUERDO MARCO SIGLO XXI, ¿DÓNDE ESTÁS?
Todavía estamos a tiempo de abrir un marco de negociación.
Como demostramos con la realización de la Huelga que celebramos en solitario en el mes de noviembre, no estamos de acuerdo con el Preacuerdo del Convenio.
Dicho Preacuerdo se firmó a nuestras espaldas y sin tener en cuenta las demandas que se están realizando desde los diferentes colectivos del personal de Renfe. Lo bueno es que, como su propio nombre indica (pre-acuerdo) no es definitivo, está en estado de espera, pendiente de autorización y susceptible de ser modificado.
Por ello creemos que es el momento perfecto para exigir que se incluyan en el mismo, los aspectos de afectación directa a l@s trabajador@s que recoge el “Acuerdo Marco para una administración del siglo XXI”, publicado en el BOE num. 276 del 17 de noviembre del 2022. Este acuerdo está suscrito por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales CCOO y UGT. Curiosamente estas organizaciones sindicales son las mismas que firmaron el Preacuerdo de Convenio, que no recoge numerosos puntos presentes en el Acuerdo Marco, como son:
o Fomentar el empleo y la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento, apostando por la implantación de la jornada laboral de 35 horas semanales.
o Regulación de la prestación económica por Incapacidad Temporal y de sus límites.
o Reconocimiento de complementos en determinados supuestos de Incapacidad temporal.
o Recuperación del empleo público perdido a través de Ofertas de Empleo Público del año 2023 que fomentarán la creación de empleo neto teniendo en cuenta factores como: edad y proyección de edad de jubilación de la plantilla, puesta en marcha de nuevos servicios, o ampliación de los existentes, internalización y reversión de servicios
o Reducción de la temporalidad en el empleo público y que este no supere el 8% de las plazas de naturaleza estructural
o Puesta en marcha inmediata del teletrabajo a la par que el reconocimiento de la esencial labor del personal que desarrolla tareas de atención necesariamente presencial, así como cuerpos o categorías no susceptibles de teletrabajo por desempeño obligatorio presencial, o de atención al público siempre a través de la negociación colectiva.
o La actualización de los importes de los gastos de desplazamiento consecuencia de la actividad de la prestación de servicios
De todos los puntos enumerados, tan solo la implantación de la jornada de 35 horas se ha tratado en el Preacuerdo, pero en algunos colectivos del Grupo se está implantando de una forma nada efectiva a la hora de generar empleo. Desde CGT creemos que la mejor forma de cumplir las directrices del acuerdo sería implantar la reducción en forma de jornadas de descanso completas, para lo que si sería necesario ampliar la plantilla lo que modernizaría y rejuvenecería la plantilla tal y como recoge el Acuerdo Marco.
Reducir el tiempo de trabajo diario solo sirve para que el servicio sufra recortes: los talleres se abrirán más tarde o se cerrarán antes, pero sin embargo no verán reducida su carga de trabajo, ídem con taquillas, supresión de ciertas frecuencias por tener que acortar la jornada, etc.
A pesar de las OEP de los últimos años, la plantilla se está viendo mermada y la edad media de ésta sigue siendo muy elevada; se va a perder una oportunidad de oro para aumentar el personal en todos los colectivos que están asumiendo cada vez más funciones y más carga de trabajo y siguen sin revertirse servicios e internalizar cargas de trabajo por falta de trabajador@s propios que asuman las responsabilidades.
Es por ello que desde el SFF-CGT hemos escrito una carta a la Dirección del Grupo Renfe solicitando, a la mayor brevedad posible, que se dé cumplimiento a este acuerdo y se incluyan las mejoras en el Preacuerdo del III Convenio.
Por nuestros derechos y poder adquisitivo, nos vemos en la manifestación del 17 de diciembre, a las 11 horas, salida desde la sede de la CEOE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |