Comunicados
RENFE | 87 23/10/2025
|
|
PLAN DE EMPLEO Y NUEVA NORMA DE MOVILIDAD Hoy, 23 de octubre, hemos dado continuación a la negociación de la Mesa Técnica de Personal del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, abordando el Protocolo LGTBI, el Plan de Empleo y la Nueva Normativa de Movilidad
PROTOCOLO LGTBI
La empresa ha presentado un borrador del protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI. Valoramos positivamente que la dirección muestre sensibilidad y compromiso con la concienciación en materia de diversidad y respeto dentro de la empresa. No obstante, tras un primer análisis, detectamos que el documento está lejos de cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1026/2024. Faltan medidas concretas que prevengan la discriminación y garanticen los derechos de las personas LGTBI, más allá de las buenas intenciones expresadas.
PLAN DE EMPLEO
La dirección ha presentado un documento en el que expone la necesidad de realizar cambios sustanciales en varios ámbitos: salidas de personal, nuevos ingresos y movilidad geográfica y funcional. En cuanto al Plan de Empleo vigente desde 2016, es evidente que ha cumplido los objetivos que buscaban la empresa y sindicatos de siempre: renovar la plantilla, facilitando la salida de personal con condiciones económicas aceptables, sustituyéndolos por nuevas incorporaciones en categorías de ingreso (estas últimas eliminadas tras el acuerdo alcanzado en la Comisión Negociadora de junio de 2024).
Desde el SFF-CGT consideramos fundamental mantener la vigilancia sobre el desarrollo de este nuevo proyecto. Es vital que el relevo generacional se realice con empleos dignos, estables y sin discriminación salarial. No podemos permitir que se destruyan puestos de trabajo ni que se repitan situaciones del pasado, cuando durante años no se incorporó personal nuevo. El SFF-CGT prioriza que estos principios básicos se cumplan plenamente.
NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD
Otro aspecto relevante del borrador presentado por la dirección es la intención de modificar de forma sustancial la normativa de movilidades internas. Aunque aún no se han concretado los detalles, el objetivo declarado es hacer los procesos más ágiles y flexibles. Ante las supuestas intenciones de la empresa de agilizar y dar mayor continuidad a las movilidades, nos ha parecido perfecto para recordarles nuestra intención histórica de abolir el 14.6 y por ende las permanencias en general y nuestra disposición a debatir posibles cambios, siempre que se garanticen concursos continuos, con normas claras, transparentes, que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe.
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 22/10/2025 | 86 ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN | ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF CGT EXIGE LA REDUCCION DE JORNADA APLICADA DESDE EL 17 DE NOVIEMBRE | 162 2022-12-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 3 veces | CGT EXIGE LA REDUCCION DE JORNADA APLICADA DESDE EL 17 DE NOVIEMBRE
Recientemente el Gobierno de España ha suscrito un acuerdo con los interlocutores sociales que incluye el compromiso de “…impulsar una Administración del siglo XXI…”, que ha sido publicado en el BOE como Resolución de 14 de noviembre de 2022 y en el que se acuerda:
En el punto segundo, Jornada Laboral dice: “Las distintas administraciones Publicas están comprometidas con el desarrollo de importantes objetivos como fomentar el empleo, la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento, apostando por la implantación o recuperación de una jornada laboral de 35 horas semanales como una de las medidas para alcanzar dichos objetivos.”. Esta implantación de 35 horas como medida de fomento de empleo no puede hacerse de otra manera que por acumulación de jornadas completas que es la única vía de fomento de empleo en nuestra empresa. La reducción en minutos diarios no cumpliría el objeto del citado acuerdo.
Desde CGT tenemos muy clara cuál debe ser la distribución de esas 35 horas y desde cuándo. Es el momento de implantar definitivamente los gráficos de ciclos cortos en circulación, que CGT lleva tanto tiempo peleando en solitario. El personal de oficinas o de infraestructura, con gráfico de descanso semanal, puede explorar por fin la posibilidad de semanas de 4 días, que tan buenos resultados están dando en otras empresas y administraciones. Y debe tener consideración a partir del 17 de noviembre (cuando el acuerdo es publicado en el BOE).
En el punto tercero se acuerda la definitiva eliminación de las medidas de ajuste del RD-Ley 20/2012, y entre estas medidas cabe destacar la regulación de la prestación económica de la situación de incapacidad temporal, y sus límites, así como el reconocimiento de complementos en determinados supuestos de incapacidad temporal, cuya recuperación evitaría la pérdida económica que sufren las personas trabajadoras en situación de incapacidad temporal.
En el punto sexto Digitalización y dialogo social dicen: “…el desarrollo del teletrabajo son una oportunidad para mejorar la eficacia y eficiencia de las Administraciones Publicas…”, y además “…teniendo en cuenta su incidencia en las condiciones laborales y derechos…”. Se nos presenta esta como una oportunidad de mejorar las condiciones laborales de las personas que actualmente se encuentran trabajando a distancia, y dotarles de los derechos que quedaron sin cubrir alcanzado el acuerdo de trabajo a distancia: dotarles de todo el material necesario para el desarrollo de su actividad (Ordenadores, mobiliario ergonómico, consumibles, elementos de primeros auxilios…), compensar económicamente por los gastos que se generan teletrabajando, formación necesaria, etc. Todo ello teniendo en cuenta que ya ha pasado un tiempo desde la implantación y sería conveniente hacer una valoración de lo su implantación, detectando estas necesidades que quedaron sin cubrir.
En el punto séptimo Atracción y retención de talento vuelve a incidir en “… la finalidad de contribuir a la recuperación de empleo público perdido, el rejuvenecimiento de las plantillas…, las Ofertas de Empleo Público del año 2023 fomentará la creación de empleo neto en el ámbito de las Administraciones Publicas y tendrá en cuenta para su elaboración, factores como:
Edad y proyección de jubilación de la plantilla
Puesta en marcha de nuevos servicios o ampliación de los existentes
Internalización y reversión de servicios”
Resulta más que evidente que cumplimos con todas las necesidades que se describe en este punto. La plantilla se está viendo mermada y la edad media de esta sigue siendo muy elevada a pesar de las OEP´s de los últimos años; con la liberalización del transporte ferroviario y la ampliación de los kilómetros de línea de AVE se están asumiendo cada vez más funciones y más carga de trabajo por parte del personal y siguen sin revertirse servicios e internalizar cargas de trabajo por falta de trabajadores y trabajadoras propias que asuman las responsabilidades.
Desde CGT somos conscientes de los esfuerzos que hace la plantilla cada día para sacar cada día el servicio y ya trasladamos por carta propuestas claras de compensación a la los ferroviarios y ferroviarias, que explicamos en el COMUNICADO 161.
También le recordamos que continúan pendiente de regulación los tiempos máximos de control de tráfico del personal de Circulación conforme al RD 929/2020, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviaria.
En el punto noveno se acuerda la actualización de los importes de los gastos de desplazamiento consecuencia de la actividad de prestación de servicios.
Es por ello que desde el SFF-CGT hemos solicitado por carta a la Presidenta y a la dirección de la empresa que se dé cumplimiento a este acuerdo y se tomen medidas en todos los aspectos que nos son de aplicación para nuestra Empresa, urgiendo a la convocatoria de la mesa u órgano correspondiente que en Adif recae en la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV.
Por nuestros derechos y poder adquisitivo, nos vemos en la manifestación del 17 de diciembre, a las 11 horas, salida desde la sede de la CEOE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |