Comunicados
RENFE | 84 29/10/2024
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LA PACIENCIA TIENE UN LIMITE Hoy día 29 de octubre, hemos celebrado una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO. Una esperada reunión en la que la Dirección de la empresa nos tenía que dar respuesta a las reivindicaciones que venimos formulando desde hace meses y que para la plantilla de IRYO son prioritarias.
Estas reivindicaciones son, las dietas de las tripulaciones, único colectivo que no recibe ninguna compensación cuando sale fuera de su residencia y la nocturnidad que no se abona aun estando legislada.
En la reunión de hoy, la Dirección de la empresa nos han abierto la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025, en el preacuerdo se fijaría las cantidades a abonar y el régimen disciplinario y este preacuerdo se incorporaría al Convenio Colectivo a su firma.
Para ello, la empresa quiere conocer cuáles son nuestras reivindicaciones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirá de la cantidad final que se pacte en Convenio Colectivo.
Para el SFF-CGT lo más importante es que las personas trabajadoras de IRYO, después de dos años sin ningún tipo de mejora ni económica ni social, comiencen a recibir las compensaciones que se merecen y más cuando parte de un criterio desigual entre colectivos de la misma empresa. Co ello, podremos avanzar hasta la culminación de un Convenio Colectivo que reduzca las diferencias abismales que ahora existen con otras plantillas de distintas empresas operadoras en el ferrocarril.
El SFF-CGT defiende, pues así lo están pidiendo las personas trabajadoras en IRYO, el cierre de un preacuerdo lo antes posible que ponga fin a la desigualdad que se viene sufriendo. Por eso hemos pedido que la reunión donde se decida, si es posible, este preacuerdo sea como muy tarde el 12 de noviembre, para que se abone una cantidad por dieta de 14,50€ por día y 8€ por hora nocturna, como lo hemos acordado con el resto de organizaciones sindicales.
En caso de que la actitud de la Dirección de la empresa sea la de no dar soluciones a esta situación, continuaremos con las actuaciones que teníamos hoy ya previstas para exigir lo reivindicado.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO
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SECTOR 23/10/2024 | 83 FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD | ADIF 22/10/2024 | 82 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN CIRCULACIÓN Y SERVICIOS LOGÍSTICOS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF COMPENSACIÓN O MOVILIZACIÓN | 161 2022-12-05 |
| COMUNICADO
| Leido: 17 veces | Llevamos años sufriendo, todas las personas trabajadoras de Adif, un aumento de productividad debido a la falta de personal. Un menor número de personas sacan adelante el mismo o incluso un mayor trabajo: aumentan el área de influencia de las bases de mantenimiento, incremento de las líneas de Ave, mayor número de circulaciones o la entrada de nuevos operadores con la liberalización del transporte ferroviario, son algunos de los ejemplos.
Una falta de previsión por parte de la Dirección de la empresa, en el ingreso y la formación necesaria para la incorporación del personal de nuevo ingreso cuya solución ha tenido que pasar por aumentar aún más la carga de trabajo de la plantilla. Desde CGT somos conscientes que nunca se ha compensado a los trabajadores y trabajadoras de ADIF por ello, y mientras se sigue disminuyendo y perdiendo masa salarial.
Los trabajadores y trabajadoras de ADIF para sacar cada día el servicio han tenido que hacer esfuerzos importantes, asumir riesgos considerables, incluso renunciar a beneficios normativos, renunciar a descansos, ver como aumentan día a día los errores, llegando por ello a situaciones que han afectado en muchos casos a su salud llevándolos, incluso, a situaciones de incapacidad temporal.
Además, las personas trabajadoras de Adif ven mermado su derecho a la promoción profesional a causa del desactualizado sistema retributivo, que provoca, en determinadas categorías, que la promoción, con su consiguiente aumento de responsabilidad y cualificación para la trabajadora no sea correspondida con una realidad salarial adecuada a la nueva situación
Por estos motivos nos hemos dirigido a la Presidenta y a la Dirección de la empresa solicitando que se convoque un Comité General de Empresa para tratar las propuestas que desde CGT les hemos trasladado:
• Adaptar el sistema de primas y variables al momento actual y con criterios que posibiliten compensar el aumento de cargas de trabajo y la falta de personal de forma temporal.
• Establecer un complemento, independiente del resto de complementos de puesto, que permita retribuir la capacitación y la experiencia profesional de los trabajadores y trabajadoras que con su desempeño favorecen la transformación digital y la del sector y el traspaso de conocimiento crítico para responder a la movilidad del futuro, en concordancia con la hoja de ruta marcada en el Plan Estratégico 2030.
• Para evitar la pérdida de masa salarial proponemos crear un complemento de productividad cuya dotación global estimada será la diferencia de la masa salarial aprobada para cada año y lo gastado realmente, excepto dietas y los costos de la cotización de la seguridad social. Podrá dotarse este complemento, además, con otros ahorros que pudieran producirse.
Este complemento beneficiará a todas las personas trabajadoras sujetas al Convenio de Adif Y Adif AV independientemente de la fecha de su incorporación con una distribución lineal. En cualquier caso, este complemento de productividad tendrá una cuantía mínima equivalente al 5% de la masa salarial autorizada para cada ejercicio.
El complemento de productividad se calculará y abonará semestralmente mientras no se cubran las necesidades de personal de cada uno de los centros de trabajo. Y se hará coincidir con las pagas de productividad existentes.
• Cumplir con el derecho a la promoción profesional de las personas trabajadoras de Adif y con su principio efectivo de que “el mero reconocimiento de una categoría profesional superior lleva aparejada ineludiblemente la correspondiente adecuación del salario a la nueva clasificación”
• Aplicar, subsidiariamente y mientras no se alcancen acuerdos generales, mejoras coherentes con las nuevas categorías en la determinación de los complementos variables, en aplicación del artículo 18.4 del XIV Convenio Colectivo de Adif:
Con respecto al acceso a la categoría de Mando Intermedio y Cuadro, se establece que cuando la cobertura de un puesto de Mando Intermedio se produzca por un trabajador procedente de una categoría operativa correspondiente a la rama del puesto al que se accede, y la amplitud de las bandas salariales definidas no permita la fijación de un salario coherente con las retribuciones anteriores del trabajador, la empresa podrá ampliar dichas bandas, solamente para estos casos, hasta un máximo del 25%.
Si este intento de negociación resulta infructuoso, la afiliación de CGT decidirá los mecanismos para continuar la lucha por la mejora de nuestras condiciones laborales.
Por nuestros derechos y poder adquisitivo, nos vemos en la manifestación del 17 de diciembre, a las 11 horas, salida desde la sede de la CEOE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado
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