Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MOVILIDAD EN ADIF: ¡CABREO GENERALIZADO! | 159 2022-12-01 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | Este es el estado de “humor” generalizado en la mayoría de las dependencias de Adif a lo largo y ancho del territorio cuando se comenta con detenimiento la Norma de Movilidad y la AGM en curso y lo que quieren decir las famosas XX. “… la Empresa adjudicará las plazas/resultas que le dé la gana, una vez conocidas las solicitudes e incluso las puntuaciones de quienes promocionan y/o se reconvierten”-, lo que genera la consiguiente pregunta/reflexión en el respetable: “¿y cómo han podido firmarle algo así a la Empresa? eso es jugar con el ‘pan de nuestros/as hijos/as’”. La única respuesta posible “encabrona” aún más… “porque pueden y porque quieren”
Es evidente que aquí cada cual contará la fiesta según le interese, por eso desde el principio desde CGT hemos tratado de trasladar a las personas trabajadoras de Adif de forma pormenorizada “la letra pequeña y no tan pequeña” de este mal acuerdo (ni mucho menos habrá de manera generalizada movilidad “máximo cada dos años” -y recordemos que venimos de un compromiso de movilidades semestrales) y el alcance y las consecuencias del mismo. Hemos editado multitud de comunicados, informes, circulares, etc. con nuestra lectura de este mal acuerdo, acompañado de los textos normativos que lo demuestran. Como dice una conocida periodista: “Estos son los datos, suyas son las conclusiones”
Señores representantes del Sindicato “amarillo” de Circulación: en su comunicado número 28 insultan la inteligencia de sus propios/as afiliados/as cuando aseguran que CGT, y citamos, “…han dado un paso más impugnando la Norma marco de movilidad que podría suponer la anulación del proceso…”. En primer lugar: para que se pueda anular la norma y los procesos en marcha se tendría que dar una sentencia de Tribunal Supremo (se necesitan al menos 2 años; es decir, el proceso estará más que cerrado) y, además, no haber acuerdo en la Comisión Negociadora sobre lo que cambie, añada o anule la sentencia. En segundo lugar, llegado este caso, el SCF y el resto de firmantes no creemos que estén en contra de algo que beneficia a la plantilla de Adif, como nadie lo estuvo cuando se consiguió subir el valor de la hora extra a valor de hora ordinaria mediante también impugnación del Convenio Colectivo vigente en aquel entonces. Pero no nos desviemos, ¿y Adif, acataría esta sentencia o se desligaría del acuerdo, gracias al estúpido punto del mismo que introdujeron los firmantes en la Comisión Negociadora de 27 de junio para blindar “su acuerdo” y que cataloga esta norma como un todo orgánico e indivisible? Esto es “ALTA TRAICIÓN” y la sentencia debería ser la desafiliación en masa por “traidores/as”.
¡Ah! Por cierto, lo que pedimos CGT en la demanda, es que se publiquen en las bases de la AGM el número cuantificado de vacantes. ¿TAN IRRESPONSABLES SOMOS?
Por lo demás, en CGT sabemos lo mucho que en la plantilla necesitamos la movilidad, casi un 40% estamos en residencia provisional, y vamos a estar en todo momento ayudando y aclarando las dudas que nos surjan a las y los participantes, abriendo, por tanto, todos los canales a nuestro alcance. Prueba de ello es que hoy, día 1 de diciembre, vamos a hacer una videoconferencia sin censura previa y abierta a todas las personas trabajadoras de Adif, a las 17 horas.
Si nos permitís un consejo, para evitar sorpresas y tropelías, olvidaos de las XX y haced vuestra petición en función de vuestros intereses, porque donde no hay XX, ¿quién sabe si luego habrá XX?
Por nuestros derechos y poder adquisitivo, nos vemos en la manifestación del 17 de diciembre, a las 11 horas, salida desde la sede de la CEOE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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