Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SERVEO LUCHAMOS POR EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA JORNADA | 151 2022-11-18 |
| COMUNICADO
| Leido: 16 veces | Tal y como nos comprometimos en las asambleas de este verano y teniendo en cuenta que cada vez son más los tiempos que la empresa nos tiene desplazados, sumados los abusos de los viajes sin servicio y toda una serie de incumplimientos, hemos consultado con nuestros servicios jurídicos, que han visto conveniente actuar jurídicamente.
Derivado de lo anterior, hemos planteado una demanda por impugnación de convenio en sus artículos 52 (Artículo 52. Plus de Trabajo en Viaje de Pasivo (PTVP) y 59.III Día reserva, en lo concerniente a la no consideración de jornada efectiva de las horas presenciales a disposición del empleador y en relación con la vulneración de la legalidad vigente, junto a la protección establecida por la Normativa Comunitaria de directa aplicación y del principio de protección de la salud.
La Jurisprudencia Comunitaria es clara en el sentido de establecer como tiempo de trabajo, aquel tiempo en el cual se está a disposición del empleador, por lo que desde CGT entendemos que, estos tiempos deben tener la consideración de “tiempo de trabajo” o de jornada efectiva.
De forma paralela, vamos a seguir trabajando en todos aquellos aspectos que creemos necesarios. Entre estos, la no consideración de que un descanso es pleno durante aquellos tiempos en los que permanecemos fuera de nuestros domicilios alejados de la familia, de nuestro domicilio y sujetos a la expectativa empresarial.
Como apoyo a lo anterior, tenemos una sentencia favorable del TSJ de Cataluña del colectivo de intervención que fue recurrida al Tribunal Supremo y de la que estamos esperando resolución. De ser positiva, servirá de manera importante para la defensa de lo que perseguimos, al tratarse de situaciones casi idénticas: desplazados por trabajo con los materiales, dinero de la empresa y a su disposición.
El próximo día 23 estamos citad@s en la inspección de trabajo por varias denuncias que planteamos en materias de salud laboral y vulneración de otros derechos, de lo que informaremos una vez que tengamos el resultado.
En el mismo camino de desencuentro con la empresa y viendo que no se está dando solución a la merma salarial que sufrimos TODA la plantilla, ni a las desmesuradas cargas de trabajo, el hostigamiento continuo…, y tras entregar una carta a la empresa durante la celebración de la concentración del día 20 de octubre, de la que no hemos tenido respuesta; desde CGT estamos valorando la convocatoria de asambleas para analizar la posibilidad de llevar a cabo movilizaciones en el mes de diciembre.
No estamos dispuest@s a pagar por venir a trabajar, ni a que nuestra salud se siga resintiendo por la asfixia a la que nos está sometiendo esta empresa.
REIVINDICA, PROTESTA, MUÉVETE.
ALCEMOS LA VOZ JUNT@S
Comunicado
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