Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
Buscar comunicado:
 

Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


SERVEO
LUCHAMOS POR EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA JORNADA
151
2022-11-18

COMUNICADO             
  
Leido: 16 veces

Tal y como nos comprometimos en las asambleas de este verano y teniendo en cuenta que cada vez son más los tiempos que la empresa nos tiene desplazados, sumados los abusos de los viajes sin servicio y toda una serie de incumplimientos, hemos consultado con nuestros servicios jurídicos, que han visto conveniente actuar jurídicamente.
Derivado de lo anterior, hemos planteado una demanda por impugnación de convenio en sus artículos 52 (Artículo 52. Plus de Trabajo en Viaje de Pasivo (PTVP) y 59.III Día reserva, en lo concerniente a la no consideración de jornada efectiva de las horas presenciales a disposición del empleador y en relación con la vulneración de la legalidad vigente, junto a la protección establecida por la Normativa Comunitaria de directa aplicación y del principio de protección de la salud.
La Jurisprudencia Comunitaria es clara en el sentido de establecer como tiempo de trabajo, aquel tiempo en el cual se está a disposición del empleador, por lo que desde CGT entendemos que, estos tiempos deben tener la consideración de “tiempo de trabajo” o de jornada efectiva.
De forma paralela, vamos a seguir trabajando en todos aquellos aspectos que creemos necesarios. Entre estos, la no consideración de que un descanso es pleno durante aquellos tiempos en los que permanecemos fuera de nuestros domicilios alejados de la familia, de nuestro domicilio y sujetos a la expectativa empresarial.
Como apoyo a lo anterior, tenemos una sentencia favorable del TSJ de Cataluña del colectivo de intervención que fue recurrida al Tribunal Supremo y de la que estamos esperando resolución. De ser positiva, servirá de manera importante para la defensa de lo que perseguimos, al tratarse de situaciones casi idénticas: desplazados por trabajo con los materiales, dinero de la empresa y a su disposición.
El próximo día 23 estamos citad@s en la inspección de trabajo por varias denuncias que planteamos en materias de salud laboral y vulneración de otros derechos, de lo que informaremos una vez que tengamos el resultado.
En el mismo camino de desencuentro con la empresa y viendo que no se está dando solución a la merma salarial que sufrimos TODA la plantilla, ni a las desmesuradas cargas de trabajo, el hostigamiento continuo…, y tras entregar una carta a la empresa durante la celebración de la concentración del día 20 de octubre, de la que no hemos tenido respuesta; desde CGT estamos valorando la convocatoria de asambleas para analizar la posibilidad de llevar a cabo movilizaciones en el mes de diciembre.
No estamos dispuest@s a pagar por venir a trabajar, ni a que nuestra salud se siga resintiendo por la asfixia a la que nos está sometiendo esta empresa.

REIVINDICA, PROTESTA, MUÉVETE.
ALCEMOS LA VOZ JUNT@S


Comunicado                   
  











© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid]
Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es

POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Óptima visualización: 1280 x 960
Sector Federal Ferroviario


desde 16-03-2016