Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
Buscar comunicado:
 

Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
EL CGE ACUERDA MODIFICAR: LA ANTIGÜEDAD EN CONTRATOS DISCONTINUOS, MOVILIDAD FORZOSA.
142
2022-11-03

COMUNICADO             
  
Leido: 8 veces

En el día de ayer se reunió el CGE y posteriormente la Comisión Negociadora del II C/C de Adif-Adif AV, para dar tratamiento a los temas mencionados, alcanzándose un acuerdo que satisface a la mayoría del CGE, incluida la CGT.

MOVILIDAD FORZOSA. - El redactado de la Movilidad Forzosa establecía: “que los trabajadores que perciban cualquiera de las indemnizaciones por traslado forzoso indicadas deberán permanecer en la empresa y en el municipio de destino un período mínimo de dos años, durante el cual no podrán participar en ninguna acción que implique movilidad geográfica o cambio de Unidad de Negocio”.

El acuerdo alcanzado establece que las personas trabajadoras afectadas por una movilidad forzosa puedan participar si así lo desean, en una AGM aceptando que en el caso de ser adjudicatarias de una plaza devuelvan la parte proporcional de la indemnización practicada, desde ese momento hasta el cumplimiento de los dos años, así como dejar de percibir desde ese mismo momento las cantidades que pudieran estar recibiendo por alquiler de vivienda.

RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD PARA PERSONAS CON CONTRATOS. - Tuvieron la brillante idea de hacer de los contratos de relevo al 50% una máxima en cuanto a ingresos de personal, a la cual CGT siempre se opuso solicitando que todos los ingresos fueran indefinidos. Esa modalidad de contratación trae también otras consecuencias que ahora hemos tenido que “arreglar”. Nos referimos a la discontinuidad de la Antigüedad en la Empresa cuando se suceden contratos temporales no concatenados.

El acuerdo establece la incorporación a la normativa de la aplastante jurisprudencia que determina que la no concatenación de los contratos no es casusa suficiente para cortar la antigüedad “real” de las personas trabajadoras.

Es por ello que hemos solicitado en la propia reunión que el periodo máximo entre contratos se subiera a un año y no tres meses como planteaba la Empresa. El resultado final es que ese periodo se establece definitivamente en 6 meses, aunque queda supeditado a que las decisiones judiciales pudieran mejorarlo aún más. Así mismo, la presión de la mayoría del CGE ha motivado que acepten incrementar esos 6 meses en 79 días más para los procesos administrativos afectados por la declaración del estado de alarma.

TABLAS SALARIALES. - Se han adaptado y firmado las tablas salariales de Adif/Adif AV con el “pírrico” incremento del 1,5 % autorizado recientemente por el Gobierno. Esta actualización se realiza sobre las tablas de 2021 sumado al 2% anterior y con efectos de 1 de enero de 2022, realizándose el abono de los atrasos en la próxima nómina de noviembre. Desde CGT entendemos que esta medida es insuficiente para paliar los efectos de la pérdida de poder adquisitivo por el estado actual de la inflación. Es por ello que CGT va a seguir peleando hasta en las calles si es necesario la recuperación del poder adquisitivo que nos han “robado”.

CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA


Comunicado                   
  











© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid]
Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es

POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Óptima visualización: 1280 x 960
Sector Federal Ferroviario


desde 16-03-2016