Comunicados
 
IRYO
101
04/12/2024
IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE!
 
La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
 
  COMUNICADO   Anexo   Anexo 2         
 
 
 
 
IRYO
02/12/2024
100
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
SI NO HAY SOLUCIÓN, MOVILIZACIÓN
121
2022-10-04

COMUNICADO   Anexo 1   Anexo 2             
  
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SI NO HAY SOLUCIÓN, MOVILIZACIÓN
No son nuevos los motivos que nos han obligado a convocar una Comisión de Conflictos como intento de resolución de los problemas que se nos plantean. Con ánimo de alcanzar soluciones, ya nos dirigimos a la presidenta y al resto de organizaciones sindicales por carta, sin embargo, solo nos han respondido con silencio.
CGT sigue viendo como una cuestión de primer orden la pérdida continua de plantilla y por ende de cargas de trabajo.
En Mantenimiento de la Infraestructura la falta de personal obliga a presentar un nuevo modelo de mantenimiento (modelo que no es tan nuevo y podemos ir viendo como se hace efectivo en todo el territorio) con disminución de bases y aumento de los ámbitos de actuación de estas, encargados de trabajo “comodines” que cada vez aglutinan más funciones y responsabilidades y nuevas figuras como el Coordinador de trabajos y actividades, que además de usurpar trabajo al E.T. abre la puerta de par en par a las privadas.
En circulación sufrimos el vaciado de los gabinetes de circulación aumentando así las cargas de trabajo de los CRC o PM, centros ya de por si sobrecargados por su propia falta de personal que lleva a fusión de bandas de regulación o supresión de los descansos ante pantallas y por ahí está asomando la pretensión de la Dirección de validar el puesto de Regulador para los FC y sin reemplazo, de momento en los PRO.
En el área de gestión y administración la falta de cobertura de suficientes puestos de administración está generando un importante trasvase de cargas de trabajo a empresas subcontratadas (INECO, etc.) o llevando a algunas categorías a la “flexibilización” horaria y funcional del colectivo.
Los servicios logísticos son ya un espejismo de lo que un día fue “Terminales”. Todo privatizado y casi todo abandonado y EE.VV. igual que su compañera de Dirección General, desembarco de empresas privadas que han reducido a su mínima expresión la presencia de “chaquetas verdes” en las Estaciones.
Todo este aumento de cargas de trabajo en aquellos puestos donde les hacen responsables de sacar la producción como sea por la carencia de plantilla en el resto de dependencias, no se ven correspondidas en ningún caso con un aumento de las retribuciones.
Se agrava el problema con el escenario de inflación desatada y sostenida que está haciendo mella en el poder adquisitivo de los/as Ferroviarios/as desde el año 2008. En estos momentos estamos en un escenario de inflación del 9 % que contrasta con el aumento de salario para los años 2021 y 2022 de un irrisorio 2%.
POR ESO NOS DIRIGIREMOS AL COLECTIVO FERROVIARIO PARA ¡MOVILIZARNOS HASTA CONSEGUIR LOS OBJETIVOS!
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA


Comunicado   Anexo 1   Anexo 2                   
  











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