Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SERVEO NI OCULTAMIENTOS NI TRAMPAS | 114 2022-09-15 |
| COMUNICADO
 | Leido: 3 veces | Desde CGT nos propusimos hace mucho tiempo que, el tiempo de trabajo de l@s trabajadores/as sea computado y retribuido de acuerdo a la ley y las condiciones pactadas, poniendo fin a todas las horas que la empresa se está ahorrando con nuestro sudor: tiempos de más en las tomas y dejes, retrasos en cambios, retrasos mermados por poner lo que establece Copérnico y no hasta el final de la jornada real, enlaces de jornadas sin computar y un más que gran etcétera. ¡Basta ya de triquiñuelas para incrementar sus ingresos!
Hay quienes piensan que estas acciones son fruto del capricho de CGT (piensan poco o interesadamente), porque lejos de ese pensamiento, perseguimos el respeto y cumplimiento de una ley que nos beneficia a todas la plantilla y que la empresa no aplica desde hace más de 3 años; siendo como es, de obligado cumplimiento. A lo que sumamos dos resoluciones de la inspección de trabajo indicando la obligatoriedad de aplicación de un registro de jornada diario.
Ahora la empresa intenta implantar de la forma más complicada posible un sistema de registro al personal de SAB, negándonos la aplicación que ya tienen otros departamentos de la empresa desde hace mucho tiempo y que es obligatorio desde el 12 de mayo de 2019. Intentando alienar las opiniones de l@s trabajadores/as con un discurso falso y en defensa de sus intereses. ¿Cuándo la empresa emprendió alguna modificación de manera unilateral que nos beneficiara? Nunca y esta no va a ser diferente.
Desde CGT pensamos, porque lo es, que los beneficios para la plantilla son muchos: control sobre tus turnos, donde podrás ver en tiempo real tu historial de jornada, registrar retrasos, HTDL´S, enlaces realizados y todas las horas que realizas diariamente, que podrás utilizar para poder comprobar el abono de tus nóminas y no tener que estar reclamando cada mes errores y muchas veces no saber, si te pagaron esto o lo otro. ¿Dónde lo negativo?
En pasado miércoles volvimos a vernos las caras en el juzgado (AN), para defender que la empresa llega tarde al plazo dado por la Audiencia Nacional allá por el mes de febrero y que el sistema propuesto no cumple con la propia sentencia de febrero, ni en lo recogido en la ley.
En el fallo de la sentencia podemos leer que debe ser un sistema “fiable y objetivo, que mida el tiempo real de la jornada de cada trabajador de servicios a bordo y que sea accesible tanto a los trabajadores como a la RLT, siguiendo el procedimiento de RD 8/2019”, cuestiones a las que al día de hoy el sistema no se ajusta y la empresa obvia deliberadamente.
En el desarrollo del proceso, la empresa se presentó en la Audiencia Nacional intentando hacer creer a la sala que el sistema está ya implantado y que su funcionamiento es perfecto. Hace esto, después de darnos largas durante meses, sin aportar justificación ni explicaciones sobre el desarrollo a la RLT, implantando el sistema con prisas en el fin de semana, sin darnos los medios (correos electrónicos, dispositivos de empresa, ordenadores en los centros…), reuniéndose con la representación de los trabajadores por nuestra insistencia y por las miles de dudas y falta de información (acta del día 13 que os dimos a conocer).
En la reunión del Comité Intercentros del día 13, dejamos claro por parte del comité varias cuestiones, por ejemplo: no se registran horas de presencia, viajes DH, HTDLS…., la empresa no ha dotado de medios a la plantilla, es necesaria una formación sobre el funcionamiento, etc. En definitiva, que esto es una “chapuza” rápida por su inacción mantenida en el tiempo y por las prisas como consecuencia del juicio (si no hubiéramos interpuesto la ejecución en julio, después de 4 meses y sin visos de implantarse es probable siguiéramos con largas).
Para colmo de males y fotografiado de la mala praxis empresarial, recibimos la amenaza por parte de empresa (cuestión que no es nueva cuando tienen que cumplir con la ley, o el convenio o los acuerdos) con que si seguimos con el juicio y se les impone una multa, el importe de la misma repercutirá en la plantilla, con menos dinero para la masa salarial del próximo convenio. Todo un ejemplo de respeto, buen hacer, cumplimiento de sus compromisos sociales y empresariales, preocupación por sus emplead@s, modelo de políticas empresariales del siglo XXI, etc, etc, etc.
Desconocemos las restantes posturas, pero está claro que CGT no vamos a ceder a ningún tipo de intimidaciones que nos aparten de lo que creemos que es justo, va en defensa de los derechos de la plantilla y apunta a la raíz del problema, porque es ahí donde encontraremos las soluciones.
Por último, en la vista judicial de ayer se adhirió el sindicato SOLI. USO si bien es verdad que ha comparecido, ha decidido dar otro voto más de confianza en el tiempo para observar la implementación del sistema, y el resto de secciones sindicales, incomprensiblemente, no han comparecido pese a que en el comité del día 13 se quejaban de la falta de comunicación a la representación de los trabajadores, de las carencias del sistema, los medios, etc.
TUS PROBLEMAS, NUESTROS PROBLEMAS
CGT, SOMOS LA SOLUCIÓN
Comunicado

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