Comunicados
RENFE | 103 09/12/2025
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REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE.
La subida salarial
En la jornada de hoy se ha celebrado la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe con el objetivo de pactar el reparto de la subida salarial del personal del Grupo Renfe. Esta subida, consecuencia directa del Acuerdo Marco de mejora de condiciones laborales y salariales para el funcionariado público llevado a cabo por el Gobierno, se hará efectiva el próximo mes de diciembre.
Según lo acordado por Real Decreto Ley 14/2025, las nóminas de la plantilla verán una subida del 2’5% para el 2025 de los valores de las tablas salariales a diciembre del 2024 (que incluyen el incremento del 0,5%). Esto quiere decir que el próximo día 19 de diciembre, en la nómina correspondiente, se apercibirá dicha subida junto con los atrasos que corresponden al año 2025 ya que la medida tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Este reparto, ha sido aprobado por la mayoría del CGE (CCOO, UGT y SEMAF) junto con la Dirección de la Empresa.
El SFF-CGT hemos expresado que la negociación colectiva en el Grupo Renfe no puede estar supeditada a la Mesa de la Función Pública ni puede ser un techo salarial del incremento para las cuestiones que se están debatiendo en las distintas Mesas de Negociación. La subida salarial puede parecer atractiva, pero es insuficiente para abordar la pérdida de poder adquisitivo de Convenios anteriores y suponemos no cubrirá la financiación para compensar la actualización de las variables, la negociación en talleres o la esperada ordenación profesional de los CGO. Desde SFF-CGT pensamos que se debe de contar, además con una financiación extra para poder concretar un acuerdo satisfactorio.
¡Ahora vienen con prisas con el convenio!
La empresa ha adelantado que tiene intenciones de emitir en unos días un borrador genérico de propuesta de convenio. Aún sin concretar los detalles, creemos que incluirá los temas que hasta ahora se han ido avanzando. Parece que le ha entrado la prisa a la dirección de la empresa y quieren cerrar un texto breve para dejar el resto de contenidos, como pueden ser las movilidades o variables, trasladados a las eternas mesas de desarrollo como nos tienen acostumbrados en anteriores ocasiones.
Os anunciamos que hemos convocado una Concentración el día 16 de diciembre ante la sede de las principales empresas ferroviarias, a las 10:30 ADIF en Sor Ángela de Cruz y 12:00 en Renfe, Avd. Ciudad de Barcelona, para expresar nuestro descontento ante la situación de la negociación de los Convenios Colectivos.
SFF-CGT SEGUIRÁ VELANDO POR UN CONVENIO JUSTO
¡ÚNETE A LA CONCENTRACIÓN!
 COMUNICADO
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 ADIF 05/12/2025 | 102 EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF | RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI ¿QUÉ OCURRE CON LA SUBROGACIÓN DE ILUNION A CLECE? | 96 2022-07-19 |
| COMUNICADO
 | Leido: 1 veces | La subrogación para l@s trabajadores/as del servicio Adif-Acerca, supone el cambio de la empresa Ilunion a la empresa CLECE. Un proceso regulado en el artículo 44 del estatuto de los trabajadores y que no supone ninguna modificación para la plantilla, ya que l@s trabajadores/as continúan con los mismos derechos, la misma jornada, el mismo contrato… todo igual. Por lo que no hay que preocuparse ya que no se pierde la antigüedad ni puede verse disminuido el salario.
En lo referente a vacaciones, días de asuntos propios, deudas, salarios impagados, etc., la empresa entrante (CLECE) tiene la obligación de hacerse cargo de estos, según el convenio colectivo, sentencia del Tribunal Supremo y sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Siendo totalmente falso lo que en algunos centros de trabajo se comenta y traslada a la plantilla por parte de algún responsable de RR.HH. y delegad@s sindicales sobre posibles despidos y otras mentiras. Hechos estos que, además de vergonzosos, suponen una actuación indigna y poco profesional, que desde CGT estudiaremos detenidamente por si son susceptibles de tomar medidas jurídicas.
De detectarse algún tipo de presión o mentiras como las descritas anteriormente, si el nuevo contrato no se corresponde con el que teníais o cualquier otra cuestión, no dudéis en poneros en contacto con nuestras delegadas o con los responsables de CGT (Madrid) en el teléfono que figura en el lateral de este comunicado.
Desde CGT, decimos adiós a la empresa saliente (Ilunion), esperando que la entrante (CLECE), no sea continuista de las malas formas, incumplimientos normativos y una falta de consideración hacia sus trabajadores/as, con el agravante de que una buena parte de la plantilla tiene capacidades especiales.
Desde la aparición de CGT en este servicio, se consiguió la mejora del anterior convenio, aumentan las denuncias a la inspección de trabajo denunciando la falta de elementos esenciales, se han interpuesto infinidad de reclamaciones de haberes por impago de salarios o mal abonados y un sinfín de problemas que corregiremos y que otros sindicatos olvidaron hacer.
CGT, EL ÚNICO SINDICATO CAPAZ DE CAMBIAR LAS COSAS.
AFÍLIATE
Comunicado

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