Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF INFRA: SE VENDEN Y NO LO CUENTAN | 93 2022-07-15 |
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![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 13 veces | Con la publicación y entrada en vigor de la “INSTRUCCIÓN TÉCNICA ADIF-IT-107-001-002-SC-311, Instrucciones específicas para trabajos compatibles con herramientas manuales y actividades de regulación específica (NAR6/16)” la Dirección de la Empresa estableció unilateralmente una serie de protocolos de trabajo que amplían lo recogido en la NAR 6/16, “Trabajos compatibles con la circulación de trenes y actividades de regulación específica”.
Mediante la creación del Coordinador de los trabajos/actividades (CT/A) se inventan una nueva figura a la que atribuir funciones específicas para ciertos trabajos en la infraestructura, alterando conceptos como el de vigilancia de vía, para evitar que el personal emplee los sistemas de trabajo hasta ahora regulados en el Reglamento de Circulación Ferroviaria, reduciendo y poniendo en grave riesgo la seguridad en la Circulación.
El desarrollo e implantación de esta IT tiene un recorrido bastante largo. En la reunión celebrada el pasado 16 de julio entre la Dirección y el CGE, para informar sobre el alcance y contenido (en los mismos términos que en las Jornadas de Comunicación a la plantilla) la petición mayoritaria de los Sindicatos fue la retirada de la citada IT.
Pues bien, tras una primera reunión del Comité General de Seguridad y Salud en la que ninguna organización sindical avaló las modificaciones que se planteaban respecto del Coordinador de los trabajos/actividades, rechazando por unanimidad dicha figura, el 30 de junio, los mayoritarios y su incondicional seguidor cambiaron de opinión.
Con el BENEPLÁCITO de CCOO, UGT y SCF y el DESACUERDO de CGT, se aprueba la modificación de la IT-02, Vigilancia específica de la salud de los puestos de trabajo/actividades de Adif, incorporando el Factor de Riesgo F-3: Puesto/ Actividad con afectación a la seguridad en la circulación, a la figura del Coordinador de los Trabajos/actividades, no regulada por la Orden FOM 2872/20210 y a la que se le asignan todos los parámetros de vigilancia en la salud propios de las habilitaciones de seguridad, sin ser esta una de ellas, con una mínima formación de 18h teóricas y 6h de prácticas.
Resulta evidente la contradicción entre solicitar la retirada de dicha IT y darle legalidad y normalizar en el ámbito de la Salud Laboral la figura del CT/A, aunque, a estas alturas, a nadie le sorprende. Todas las personas trabajadoras conocemos la manera de actuar de los que firman todo por imperativo legal.
Aunque el objetivo de la Empresa, según justifican, es definir las condiciones mínimas del entorno, así como los medios necesarios para una protección segura de los trabajos en la zona de peligro compatibles con la circulación de trenes, desde CGT lo consideramos un retroceso en las condiciones de seguridad que establecía la NAR 6/16. Se modifican los Requisitos Mínimos recogidos y se pretende que el CT/A asuma unas funciones y responsabilidades propias del Encargado de Trabajos y del Piloto de Seguridad, tal y como establece la Orden FOM 2872/2010.
Así mismo, se establece que las funciones de esta nueva figura puedan ser realizadas por personal externo que cuente con la “formación adecuada”. A pesar de que la empresa manifiesta que su objetivo no es en absoluto eliminar retribuciones al personal de mantenimiento, desde CGT no lo creemos cuando observamos que han dejado abierta esa posibilidad.
Esta realidad conllevará que CGT, si la empresa y el resto de sindicatos no cambian el rumbo, activará la movilización. No podemos quedarnos quietos cuando el futuro que pretenden es vender a l@s ferroviari@s y la empresa a precio de saldo, privatizando todos los sectores productivos, e incumpliendo de manera sistemática los acuerdos alcanzados.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado
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