Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF UN PASO MUY IMPORTANTE EN LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EL TSJC DE CATALUÑA DA LA RAZÓN A CGT SOBRE EL DERECHO DE HUELGA DEL PERSONAL DE CIRCULACIÓN CON SERVICIOS MÍNIMOS | 76 2022-06-15 |
| COMUNICADO
![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 18 veces | Como todos sabemos la Empresa siempre va realizando acciones no permitidas por nuestra normativa laboral, ni por la legislación vigente, sabiendo que mayoritariamente se quedan en una queja o pataleta. Por eso este Sindicato, todo lo que no se pueda conseguir contra este tipo de actuaciones, con el esfuerzo colectivo (al resto de Sindicatos no les interesa nunca esa opción), recurre a la Inspección o a los Juzgados.
Hace un tiempo ya se ganaron una serie de sentencias contra un acoso laboral (que supuso un duro proceso para trabajador afectado) y dos casos de sustitución de trabajadores en huelga.
Recientemente hemos ganado una sentencia (avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) en la que se deja claro que la postura de la empresa, en el caso de huelgas, de que como en los servicios mínimos de ADIF no se establecen trenes, cualquier circulación que las operadoras establezcan debe ser garantizada, supone la vulneración de un derecho fundamental como es el de huelga. El caso que motivó esa demanda la Empresa no solo vulneró ese derecho, también actuó contra el trabajador afectado sancionándolo, en espera de juicio y que esta sentencia ayudará a su sobreseimiento.
Tras esta sentencia, loa trenes que no figuren en mínimos no deben de circular y si recibimos orden de que lo hagan, se deberá dar por escrito y así la debemos de exigir a efectos de que conste la vulneración del derecho de huelga. También recientemente hemos ganado una sentencia de sustitución de un trabajador de Circulación en huelga. La empresa no asignó nadie con servicios mínimos, y a la vez, querían que los trenes circulasen y buscaron a alguien para realizar el trabajo que le correspondía a ese trabajador en huelga.
Todas estas sentencias suponen un aval en defensa de los derechos de los trabajadores/as y suponen el abono de la correspondiente indemnización para el sindicato y también para el trabajador/a afectado. Eso sí, hay que tener la voluntad y poner el trabajo necesario para la presentación de la demanda con toda la argumentación y solidez necesaria (y ambas cosas solo la aporta CGT).
Os animamos a comunicar todo este tipo de situaciones, para poder asesoraros debidamente y actuar en consecuencia.
EL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA DEBE SER RESPETADO.
CGT SÍ LO HACE, EL RESTO NI ESTÁ NI SE LE ESPERA.AFÍLIATE A CGT.
Comunicado
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