Comunicados
RENFE | 19 05/03/2026
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ADAMUZ: GUANTE DE SEDA, PUÑO DE HIERRO Vamos hacia los dos meses del accidente de Adamuz, y hoy traemos otra prueba de que siguen sonriendo solo los de la foto.
Recientemente, el Presidente de Renfe, Álvaro Fernández Heredia, ha hecho pública una reflexión dirigida a la representación de la plantilla. En su mensaje, actualmente en la portada de Interesa, nos habla de una "base sólida para seguir creciendo", de "diálogo y responsabilidad" y de un "orgullo de pertenencia" necesario para construir el futuro de la empresa. Invita a celebrar la internalización de cargas de trabajo y la modernización de la flota.
Sin embargo, nosotr@s nos preguntamos: ¿De qué orgullo de pertenencia podemos hablar cuando la respuesta de la empresa al compromiso extremo es el recorte de derechos?
Adamuz: Donde las palabras se vacían de contenido
Mientras el Presidente apela a la "excelencia operativa", la realidad en el tajo es muy distinta. El ejemplo más sangrante lo estamos viviendo tras el descarrilamiento de Adamuz. Allí, las personas trabajadoras de la Brigada de Socorro de Sevilla demostraron ese compromiso que la empresa tanto pregona:
• 6 días de semiactivación permanente (del 18 al 24 de enero).
• Disponibilidad inmediata continua, fuera de sus hogares y en condiciones de especial
dureza.
• Profesionalidad absoluta para restablecer el servicio.
¿Cuál ha sido la "responsabilidad" de Renfe como respuesta? En lugar de compensar el esfuerzo, RR.HH. ha optado por una interpretación rastrera de la normativa para escamotear lo que en justicia corresponde a la plantilla:
• Se han detraído horas de descanso de la bolsa propia de las personas trabajadoras.
• Se ha ignorado la ruptura del descanso dominical (días 18 y 24), a pesar de los
antecedentes.
• Existe una diferencia injustificable entre las horas facturadas por la Brigada (~480 horas) y
las reconocidas a las personas trabajadoras (~320 horas). ¿Dónde están las horas que faltan?
Lo de Adamuz no es un error puntual, es un patrón de actuación. Los artículos 217 y 220 de nuestra normativa, que regulan los descansos y límites de jornada, se han convertido para esta Dirección en meras sugerencias que se fuerzan y reinterpretan para recortar compensaciones.
A esto se suma un servicio de Brigada marcado por:
• La imposición de pertenencia a la Brigada por tres meses ante la falta de voluntarios/as.
• El uso de teléfonos personales sin compensación.
• Dietas congeladas desde hace más de dos décadas.
• Equipos de Protección Individual (EPI) insuficientes o que llegan tarde.
Ante este escenario de desprecio, la Brigada de Socorro de Sevilla ha dicho BASTA y ha presentado su dimisión colectiva e inmediata del servicio. Adjuntamos el comunicado que los miembros de la Brigada de Socorro difundieron en Sevilla y una imagen del mismo en el corcho mientras la empresa solicitaba más voluntarios para cubrir las dimisiones.
No se puede pedir "compromiso" mientras se regatean los descansos. No se puede hablar de "diálogo" mientras se vacían de contenido las conquistas laborales. Desde el SFF-CGT apoyamos sin fisuras a los compañeros y compañeras de Sevilla.
Señor Presidente, los vídeos y las buenas palabras no pagan las facturas ni devuelven el tiempo de descanso robado a las familias. La paz social y el "futuro de Renfe" no se construyen con buenas palabras, se construyen respetando los derechos de las personas trabajadoras. Urge regular la Brigada de Socorro para que estos atropellos no tengan lugar, y recordamos que tenemos el IV Convenio Colectivo sobre la mesa.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 05/03/2026 | 18 ESTE 8M NO CELEBRAMOS COMPROMISOS VACÍOS | RENFE 04/03/2026 | 17 ¿Y LA SUBIDA SALARIAL? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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EURO MCLEAN 2001 DE AQUELLAS FIRMAS ESTOS LLOROS | 62 2022-05-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 1 veces | El pasado 27 de abril y con la nocturnidad a la que nos tienen acostumbrados la representación de los trabajadores formada por CCOO y UGT firmaron un ERTE ETOP con la empresa EUROMACLEAN 2001 SL., que es aquel expediente de regulación de empleo en el que se puede dar la suspensión temporal del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Visto lo firmado, lo que en realidad se está produciendo injustificadamente en algunos centros es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, estipulada en el Art. 41 del Estatuto de los trabajadores, que se ha pretendido tapar con un ERTE. La diferencia en la aplicación entre estas dos cuestiones es que, en la primera, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el trabajador tiene la capacidad de recurrir a la jurisdicción social si no estuviera de acuerdo con la decisión, además de la necesidad de un periodo de consultas a los trabajadores. En un ERTE, tras el acuerdo con la representación se aplica y punto.
Desde CGT no entendemos la razón por la que, en primera instancia, no se ha solicitado la voluntariedad de l@s trabajadores/as o buscado otras fórmulas como el adelanto de los periodos vacacionales, licencias, etc. Y así evitar la pérdida de poder adquisitivo de l@s trabajadores/as.
No podemos entender como en centros donde no se justifica un ERTE se implantan estas condiciones: “Ambas partes comparten la posibilidad de desafectar a todo el personal adscrito en el centro de... (Nombre del centro)… siempre que el personal, para no estar afectados por el ERTE, deberá aceptar los puestos disponibles o coberturas que se generen dentro o no del mismo centro y en otras franjas horarias o rotaciones a las que venían ocupando.” No cabe interpretación, es una vulneración del Art. 41 del Estatuto de los trabajadores.
Tampoco, que se firme un acuerdo que de facto aprueba la posibilidad de modificar las condiciones del convenio, y una vez que la empresa hace lo que se ha firmado, alguno de los firmantes, “INDIGNADOS”, salga diciendo en un comunicado que esto no lo puede llevar a cabo y que ha sido una mala interpretación del acuerdo por parte de la empresa. La incoherencia en estado puro.
Como tampoco es creíble, que la Comisión de seguimiento del ERTE no se haya constituido de manera inmediata a la firma del mismo, siendo esta necesaria para la aplicación del mismo y seguimiento de las afectaciones y desafectaciones. Nadie se lo cree.
Desde CGT, hacemos un llamamiento a la empresa y a los sindicatos firmantes, para el recuerdo de la excelente respuesta de la plantilla en el periodo de pandemia y al reconocimiento de su labor durante la misma. Reconocimiento que pasa por el respeto y la solidaridad y no, por un recorte y la “traición” a un esfuerzo colectivo.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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