Comunicados
RENFE | 19 05/03/2026
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ADAMUZ: GUANTE DE SEDA, PUÑO DE HIERRO Vamos hacia los dos meses del accidente de Adamuz, y hoy traemos otra prueba de que siguen sonriendo solo los de la foto.
Recientemente, el Presidente de Renfe, Álvaro Fernández Heredia, ha hecho pública una reflexión dirigida a la representación de la plantilla. En su mensaje, actualmente en la portada de Interesa, nos habla de una "base sólida para seguir creciendo", de "diálogo y responsabilidad" y de un "orgullo de pertenencia" necesario para construir el futuro de la empresa. Invita a celebrar la internalización de cargas de trabajo y la modernización de la flota.
Sin embargo, nosotr@s nos preguntamos: ¿De qué orgullo de pertenencia podemos hablar cuando la respuesta de la empresa al compromiso extremo es el recorte de derechos?
Adamuz: Donde las palabras se vacían de contenido
Mientras el Presidente apela a la "excelencia operativa", la realidad en el tajo es muy distinta. El ejemplo más sangrante lo estamos viviendo tras el descarrilamiento de Adamuz. Allí, las personas trabajadoras de la Brigada de Socorro de Sevilla demostraron ese compromiso que la empresa tanto pregona:
• 6 días de semiactivación permanente (del 18 al 24 de enero).
• Disponibilidad inmediata continua, fuera de sus hogares y en condiciones de especial
dureza.
• Profesionalidad absoluta para restablecer el servicio.
¿Cuál ha sido la "responsabilidad" de Renfe como respuesta? En lugar de compensar el esfuerzo, RR.HH. ha optado por una interpretación rastrera de la normativa para escamotear lo que en justicia corresponde a la plantilla:
• Se han detraído horas de descanso de la bolsa propia de las personas trabajadoras.
• Se ha ignorado la ruptura del descanso dominical (días 18 y 24), a pesar de los
antecedentes.
• Existe una diferencia injustificable entre las horas facturadas por la Brigada (~480 horas) y
las reconocidas a las personas trabajadoras (~320 horas). ¿Dónde están las horas que faltan?
Lo de Adamuz no es un error puntual, es un patrón de actuación. Los artículos 217 y 220 de nuestra normativa, que regulan los descansos y límites de jornada, se han convertido para esta Dirección en meras sugerencias que se fuerzan y reinterpretan para recortar compensaciones.
A esto se suma un servicio de Brigada marcado por:
• La imposición de pertenencia a la Brigada por tres meses ante la falta de voluntarios/as.
• El uso de teléfonos personales sin compensación.
• Dietas congeladas desde hace más de dos décadas.
• Equipos de Protección Individual (EPI) insuficientes o que llegan tarde.
Ante este escenario de desprecio, la Brigada de Socorro de Sevilla ha dicho BASTA y ha presentado su dimisión colectiva e inmediata del servicio. Adjuntamos el comunicado que los miembros de la Brigada de Socorro difundieron en Sevilla y una imagen del mismo en el corcho mientras la empresa solicitaba más voluntarios para cubrir las dimisiones.
No se puede pedir "compromiso" mientras se regatean los descansos. No se puede hablar de "diálogo" mientras se vacían de contenido las conquistas laborales. Desde el SFF-CGT apoyamos sin fisuras a los compañeros y compañeras de Sevilla.
Señor Presidente, los vídeos y las buenas palabras no pagan las facturas ni devuelven el tiempo de descanso robado a las familias. La paz social y el "futuro de Renfe" no se construyen con buenas palabras, se construyen respetando los derechos de las personas trabajadoras. Urge regular la Brigada de Socorro para que estos atropellos no tengan lugar, y recordamos que tenemos el IV Convenio Colectivo sobre la mesa.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 05/03/2026 | 18 ESTE 8M NO CELEBRAMOS COMPROMISOS VACÍOS | RENFE 04/03/2026 | 17 ¿Y LA SUBIDA SALARIAL? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL CGT PIDE EN LOGIRAIL LA APLICACIÓN DE LOS COEFICIENTES REDUCTORES DE JUBILACIÓN | 49 2022-04-20 |
| COMUNICADO
 | Leido: 4 veces | Algunas categorías de Renfe y Adif les es de aplicación unos coeficientes reductores para poder anticipar su edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Un derecho regulado en el RD. 2824/1974, de 9 de agosto y desarrollado por varias normativas posteriores, que se aplican a profesiones con funciones que desarrollan actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa que ya están definidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores ferroviarios (Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre).
Capataces de maniobras, especialistas de estaciones, auxiliares de tren, maquinistas, visitadores de entrada, segunda y primera; son algunas categorías a las que se les reconoce el índice reductor y que queremos que esas funciones al ser desarrolladas por trabajadores/as de Logirail, cuenten con ese mismo derecho y así poder anticipar su edad de jubilación sin merma de derechos.
Por ello, hemos solicitado a Logirail inicie los trámites oportunos para el reconocimiento e integración de los trabajadores de LogiRAIL en el Régimen Especial de Trabajadores Ferroviarios, solicitando al INSS el reconocimiento en la aplicación del derecho. También, que este derecho se regule en convenio, identificando las categorías que correspondan de igual o similares funciones a las del Grupo Renfe y Adif.
Hablamos de aplicar un índice reductor del 10% a esas categorías por año o fracción de año trabajado que permitiría que un trabajador o trabajadora con las funciones descritas, llegar a la edad de jubilación con mayores garantías de salud y disfrutar de un merecido descanso, mucho antes de las edades marcadas en el Régimen General de la Seguridad Social.
Desde CGT, entendemos que es una reivindicación justa y un derecho que ya se está aplicando en profesiones similares, por lo que confiamos en que, tanto Logirail como el resto de formaciones sindicales con representación se sumen a nuestra propuesta.
De no ser así, iniciaremos todos los procesos legales a nuestro alcance para que este derecho no caiga en saco roto, esperando contar con la participación y colaboración de tod@s l@s trabajadores/as de Logirail.
Seguiremos informando de este proceso que desde CGT consideramos de gran importancia.
CGT, TRABAJO, HONESTIDAD Y SEGURIDAD.
APÓYANOS CON TU AFILIACIÓN.
Comunicado

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