Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL CGT PIDE EN LOGIRAIL LA APLICACIÓN DE LOS COEFICIENTES REDUCTORES DE JUBILACIÓN | 49 2022-04-20 |
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![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 3 veces | Algunas categorías de Renfe y Adif les es de aplicación unos coeficientes reductores para poder anticipar su edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Un derecho regulado en el RD. 2824/1974, de 9 de agosto y desarrollado por varias normativas posteriores, que se aplican a profesiones con funciones que desarrollan actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa que ya están definidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores ferroviarios (Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre).
Capataces de maniobras, especialistas de estaciones, auxiliares de tren, maquinistas, visitadores de entrada, segunda y primera; son algunas categorías a las que se les reconoce el índice reductor y que queremos que esas funciones al ser desarrolladas por trabajadores/as de Logirail, cuenten con ese mismo derecho y así poder anticipar su edad de jubilación sin merma de derechos.
Por ello, hemos solicitado a Logirail inicie los trámites oportunos para el reconocimiento e integración de los trabajadores de LogiRAIL en el Régimen Especial de Trabajadores Ferroviarios, solicitando al INSS el reconocimiento en la aplicación del derecho. También, que este derecho se regule en convenio, identificando las categorías que correspondan de igual o similares funciones a las del Grupo Renfe y Adif.
Hablamos de aplicar un índice reductor del 10% a esas categorías por año o fracción de año trabajado que permitiría que un trabajador o trabajadora con las funciones descritas, llegar a la edad de jubilación con mayores garantías de salud y disfrutar de un merecido descanso, mucho antes de las edades marcadas en el Régimen General de la Seguridad Social.
Desde CGT, entendemos que es una reivindicación justa y un derecho que ya se está aplicando en profesiones similares, por lo que confiamos en que, tanto Logirail como el resto de formaciones sindicales con representación se sumen a nuestra propuesta.
De no ser así, iniciaremos todos los procesos legales a nuestro alcance para que este derecho no caiga en saco roto, esperando contar con la participación y colaboración de tod@s l@s trabajadores/as de Logirail.
Seguiremos informando de este proceso que desde CGT consideramos de gran importancia.
CGT, TRABAJO, HONESTIDAD Y SEGURIDAD.
APÓYANOS CON TU AFILIACIÓN.
Comunicado
![](imagenes/icono_correo_mini.gif)
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