Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy dÃa 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarÃan las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarÃan al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirÃa de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavÃa más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestÃa de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que tenÃamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL CGT PIDE EN LOGIRAIL LA APLICACIÓN DE LOS COEFICIENTES REDUCTORES DE JUBILACIÓN | 49 2022-04-20 |
| COMUNICADO
| Leido: 3 veces | Algunas categorÃas de Renfe y Adif les es de aplicación unos coeficientes reductores para poder anticipar su edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Un derecho regulado en el RD. 2824/1974, de 9 de agosto y desarrollado por varias normativas posteriores, que se aplican a profesiones con funciones que desarrollan actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa que ya están definidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores ferroviarios (Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre).
Capataces de maniobras, especialistas de estaciones, auxiliares de tren, maquinistas, visitadores de entrada, segunda y primera; son algunas categorÃas a las que se les reconoce el Ãndice reductor y que queremos que esas funciones al ser desarrolladas por trabajadores/as de Logirail, cuenten con ese mismo derecho y asà poder anticipar su edad de jubilación sin merma de derechos.
Por ello, hemos solicitado a Logirail inicie los trámites oportunos para el reconocimiento e integración de los trabajadores de LogiRAIL en el Régimen Especial de Trabajadores Ferroviarios, solicitando al INSS el reconocimiento en la aplicación del derecho. También, que este derecho se regule en convenio, identificando las categorÃas que correspondan de igual o similares funciones a las del Grupo Renfe y Adif.
Hablamos de aplicar un Ãndice reductor del 10% a esas categorÃas por año o fracción de año trabajado que permitirÃa que un trabajador o trabajadora con las funciones descritas, llegar a la edad de jubilación con mayores garantÃas de salud y disfrutar de un merecido descanso, mucho antes de las edades marcadas en el Régimen General de la Seguridad Social.
Desde CGT, entendemos que es una reivindicación justa y un derecho que ya se está aplicando en profesiones similares, por lo que confiamos en que, tanto Logirail como el resto de formaciones sindicales con representación se sumen a nuestra propuesta.
De no ser asÃ, iniciaremos todos los procesos legales a nuestro alcance para que este derecho no caiga en saco roto, esperando contar con la participación y colaboración de tod@s l@s trabajadores/as de Logirail.
Seguiremos informando de este proceso que desde CGT consideramos de gran importancia.
CGT, TRABAJO, HONESTIDAD Y SEGURIDAD.
APÓYANOS CON TU AFILIACIÓN.
Comunicado
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