Comunicados
RENFE | 70 11/09/2025
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LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS Ayer fue un día duro para el Grupo Renfe. Se celebró la vista en la Audiencia Nacional por las medidas cautelares solicitadas por el SFF-CGT sobre el Conflicto Colectivo que interpusimos ante el atropello cometido por la Dirección de la Empresa y que negaba el ofrecimiento previo de las vacantes previstas para la Oferta de Empleo Público que para este colectivo fue puesta en marcha con la conformidad de UGT, CCOO y SEMAF.
En este acto llegamos a un acuerdo con la empresa en el que se estableció por escrito el compromiso de cumplimiento de la Normativa Laboral en la pretensión objeto de la demanda, que no era otro que el de velar por los derechos de la plantilla que ostenta preferencia ante los futuros ingresos respecto a las vacantes que se pretendan ofertar de forma externa.
Este acuerdo permite, siempre que se cumplan los requisitos que requieren los puestos, la participación a aquellas personas que lo habían solicitado y se les había denegado o ignorado y a todas aquellas que, viendo que los requisitos de la OPE establecían su exclusión por tener una relación laboral con Renfe, ni siquiera lo habían intentado. Por tanto, una vez se publiquen las vacantes a cubrir, estas se podrán solicitar de forma preferente a los ingresos, solicitud que la empresa deberá tener en cuenta adjudicando la que corresponda, siempre que se cumplan y acrediten los requisitos atendiendo a la ordenación de preferencia establecida en convenio y sin precisar examen.
El acuerdo ante la Audiencia Nacional tiene valor de sentencia, lo que obliga a la empresa a su cumplimiento, habiéndonos reservado el derecho de retomar las acciones jurídicas si la empresa no lo respeta. Así mismo, se abre la posibilidad para que de forma individual, si se produce alguna lesión de este derecho, también se pueda actuar en los Juzgados de lo Social.
Tenemos que felicitarnos por este logro, aunque insistimos en lamentar los continuos atropellos de derechos que la Dirección, ayudados en múltiples ocasiones por los sindicatos mayoritarios, ejercen contra la propia plantilla y que obligan a iniciar procedimientos jurídicos que podríamos ahorrarnos.
Desde el SFF-CGT no vamos a dejar de luchar porque se cumpla la normativa laboral existente, y que por tanto se protejan y ejerzan los derechos reconocidos a la plantilla, siendo los procesos de movilidad uno de los temas más importantes que suscita mucho desasosiego a todas las personas trabajadoras.
Conocemos nuestros derechos y los defendemos, por eso NO FIRMAMOS cualquier documento que Renfe nos ponga sobre la mesa. Afiliarse al SFF-CGT es garantía de éxito y protección.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN | RENFE 09/09/2025 | 68 EN EL IV CONVENIO COLECTIVO, CON PRISA Y CON PAUSA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL TRABAJO DE CGT LOGRA UNA SOLUCIÓN COMÚN A LA PROBLEMÁTICA DE LOS PASOS A NIVEL | 53 2022-04-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 8 veces | De todas es conocido que en las últimas semanas se están produciendo una serie de incidencias en la circulación de los trenes, ocasionando grandes retrasos o supresiones de los mismos.
El origen de estos problemas se retoma a la publicación del RD 929/2020 sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias, en octubre de 2020. Desde su lanzamiento, las empresas ferroviarias, especialmente Renfe, y el Administrador de Infraestructuras, han mantenido diferentes criterios sobre la aplicación de la Disposición Final Primera, respecto a las Averías de Pasos a Nivel, concretamente sobre el alcance del concepto “Avería en Paso a Nivel” y los supuestos de avería en los que debe aplicarse lo establecido en el Art. 5.2.6.2.
Renfe, a través del procedimiento 7 del Libro de Normas del Maquinista, realizó su propia interpretación del RD 929/2020, entendiendo que el Responsable de Circulación de la estación o del Puesto de Mando debe autorizar el franqueo de cualquier Paso a Nivel sin Protección, averiado o no averiado, mediante notificación escrita (telefonema).
Mientras que la Dirección General de Circulación de Adif, entendió que para rebasar un Paso a Nivel sin protección basta con que el Maquinista cumpla con lo establecido en el Art 2.1.2.12 del Reglamento de Circulación Ferroviario y únicamente era necesario autorizar con notificación escrita (telefonema) el franqueo del Paso a Nivel conforme al RD 929/2020, si lo solicitaba el Maquinista.
Cansados de esta diferente interpretación de criterios que únicamente provocaba discrepancias entre Maquinistas y Responsables de Circulación, problemas para los y las usuarias y en la búsqueda de una solución para todo el Sector, desde CGT presentamos un punto en la Comisión Sectorial de Mantenimiento y Explotación de Seguridad en la Circulación. En dicha Comisión, la Dirección Corporativa de Seguridad en la Circulación de Adif se comprometió en buscar una solución y aclarar la forma de proceder, en espera de que casi dos años después, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria determine la forma de actuar teniendo en cuenta lo publicado por Renfe en su Libro de Normas del Maquinista.
Pues bien, llevar la problemática a la Comisión de Seguridad es lo que ha ocasionado que, hoy sábado 30 de abril, y gracias al trabajo y al empeño de los delegad@s de seguridad del SFF – CGT, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, dos años después de la entrada en vigor del RD 929/2020, publique una Ficha Guía “Como consecuencia de las diferencias de interpretación y dudas que la actuación ante una SPN en indicación de paso a nivel sin protección está generando…”.
Desde CGT esperamos que no vuelvan a repetirse episodios como este que lo único que provocan son discrepancias entre los compañeros y compañeras del sector y problemas a los usuarios y usuarias que eligen el ferrocarril como medio de transporte.
CGT SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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