Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL TRABAJO DE CGT LOGRA UNA SOLUCIÓN COMÚN A LA PROBLEMÁTICA DE LOS PASOS A NIVEL | 53 2022-04-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 8 veces | De todas es conocido que en las últimas semanas se están produciendo una serie de incidencias en la circulación de los trenes, ocasionando grandes retrasos o supresiones de los mismos.
El origen de estos problemas se retoma a la publicación del RD 929/2020 sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias, en octubre de 2020. Desde su lanzamiento, las empresas ferroviarias, especialmente Renfe, y el Administrador de Infraestructuras, han mantenido diferentes criterios sobre la aplicación de la Disposición Final Primera, respecto a las Averías de Pasos a Nivel, concretamente sobre el alcance del concepto “Avería en Paso a Nivel” y los supuestos de avería en los que debe aplicarse lo establecido en el Art. 5.2.6.2.
Renfe, a través del procedimiento 7 del Libro de Normas del Maquinista, realizó su propia interpretación del RD 929/2020, entendiendo que el Responsable de Circulación de la estación o del Puesto de Mando debe autorizar el franqueo de cualquier Paso a Nivel sin Protección, averiado o no averiado, mediante notificación escrita (telefonema).
Mientras que la Dirección General de Circulación de Adif, entendió que para rebasar un Paso a Nivel sin protección basta con que el Maquinista cumpla con lo establecido en el Art 2.1.2.12 del Reglamento de Circulación Ferroviario y únicamente era necesario autorizar con notificación escrita (telefonema) el franqueo del Paso a Nivel conforme al RD 929/2020, si lo solicitaba el Maquinista.
Cansados de esta diferente interpretación de criterios que únicamente provocaba discrepancias entre Maquinistas y Responsables de Circulación, problemas para los y las usuarias y en la búsqueda de una solución para todo el Sector, desde CGT presentamos un punto en la Comisión Sectorial de Mantenimiento y Explotación de Seguridad en la Circulación. En dicha Comisión, la Dirección Corporativa de Seguridad en la Circulación de Adif se comprometió en buscar una solución y aclarar la forma de proceder, en espera de que casi dos años después, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria determine la forma de actuar teniendo en cuenta lo publicado por Renfe en su Libro de Normas del Maquinista.
Pues bien, llevar la problemática a la Comisión de Seguridad es lo que ha ocasionado que, hoy sábado 30 de abril, y gracias al trabajo y al empeño de los delegad@s de seguridad del SFF – CGT, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, dos años después de la entrada en vigor del RD 929/2020, publique una Ficha Guía “Como consecuencia de las diferencias de interpretación y dudas que la actuación ante una SPN en indicación de paso a nivel sin protección está generando…”.
Desde CGT esperamos que no vuelvan a repetirse episodios como este que lo único que provocan son discrepancias entre los compañeros y compañeras del sector y problemas a los usuarios y usuarias que eligen el ferrocarril como medio de transporte.
CGT SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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