Comunicados
SECTOR | 83 23/10/2024
|
FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD
El accidente ocurrido el pasado sábado 19 de octubre en el túnel que une Chamartín y Atocha en ancho internacional ha dejado patente una vez más que l@s trabajador@s ferroviari@s son los últimos garantes de la seguridad de los trenes. Cuando todo falla asumimos una gran responsabilidad a título individual, garantizando que viajeros y mercancías lleguen a destino sin ver comprometida su integridad y en la mayoría de ocasiones, sin notar afectación alguna.
TRABAJAR CON SEGURIDAD
Las investigaciones sobre el accidente que están llevando a cabo Renfe, Adif y la Comisión de Investigaciones de Accidentes Ferroviarios determinarán los factores causales y contribuyentes y esclarecerán lo sucedido, evitando en todo caso la búsqueda de culpables o la asignación de responsabilidades.
Las responsabilidades que asumimos a diario, con centenares de vidas y toneladas bajo nuestro cargo, merecen que sean correspondidas con condiciones laborales acordes que redunden en un aumento de la seguridad, como son tiempos de descanso adecuados, formación continuada, medios técnicos fiables y acordes a las necesidades o incremento de las plantillas para que estén suficientemente dimensionadas a las cargas de trabajo.
TRABAJAR CON TRANQUILIDAD
Resulta primordial que todas las empresas del sector ferroviario comiencen a andar o continúen haciéndolo en la senda de la Cultura Justa, que permita a l@s ferroviari@s denunciar en un ambiente de confianza y exento de represalias todas aquellas desviaciones e incidencias que veamos en nuestro trabajo. Para ello resultará necesario adaptar las normativas laborales. Sólo de esta manera se podrá garantizar un aumento en la seguridad del transporte ferroviario.
L@s ferroviari@s somos conscientes de la importancia de nuestro trabajo y queremos prestar el mejor servicio público a la sociedad, y entendemos que es necesario rendir cuentas. Sin embargo, en la actualidad trabajamos bajo una gran presión mediática que puede resultar contraproducente a la hora de tomar las mejores decisiones en el menor tiempo posible. Dicha presión mediática que no es la misma según quién gobierne en el medio de transporte afectado por una incidencia.
Por último, desde el SFF-CGT queremos mostrar todo nuestro apoyo y cariño a l@s compañer@s de los distintos colectivos de empresas públicas y privadas que se vieron involucrad@s en el accidente, así como a tod@s aquell@s que continuaron asegurando la prestación del servicio público en las horas y días siguientes en tan difíciles condiciones.
COMUNICADO Anexo
|
ADIF 22/10/2024 | 82 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN CIRCULACIÓN Y SERVICIOS LOGÍSTICOS | ADIF 22/10/2024 | 81 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN OFICINAS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
FERROVIAL ¿UNA MENTIRA REPETIDA MIL VECES SE CONVIERTE EN UNA VERDAD? | 42 2022-03-30 |
| COMUNICADO
| Leido: 5 veces | Eso es lo que han debido pensar CCOO y UGT, al tratar de convencer a la plantilla que nuestra denuncia tenía como objetivo que la empresa llevará a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Artículo 41). FALSO.
También FALSO, que solo hayamos optado por la vía colectiva, hemos tomado igualmente la vía individual, apoyando a nuestrxs afiliadxs que así lo han considerado.
FALSO, que tenga que ser solo una medida individual, a la vista está el número de trabajadores/as afectadxs por la misma. Pudiéndose considerar un procedimiento colectivo, por el número de personas afectadas por la medida, si en un periodo de 90 días afecta a 10 trabajadores/as en empresas de menos de 100 o al 10% de lxs trabajadores/as en empresas entre 100 y 300 o a 30 trabajadores/as en empresas de más de 300).
En la página 9 de nuestra demanda décimos que, “bajo la aparente aplicación del artículo 68 del Convenio Colectivo la empresa lo que en realidad está haciendo es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo en fraude de ley y agravado por cuanto que afecta únicamente a las trabajadoras con reducción de jornada con concreción/adaptación, con el objetivo de reducir costes empresariales” que en absoluto, implica que nosotros pidamos que la empresa lleve a cabo tal medida.
Apuntar también, que nuestrxs compañerxs en sus denuncias individuales, podrían haberlas visto truncadas o desestimadas, si ningún sindicato hubiera impugnado esta medida.
Resaltar que, en la reunión de los sindicatos a la que hace alusión CCOO (16/2/22) en su comunicado, habíamos consultado someramente la cuestión con los servicios jurídicos sin tener ningún tipo de documentación de lo solicitado a la empresa, sin saber a cuánta gente afectaba la medida; aunque ellos quieran intentar confundir queriendo aparentar que habíamos renunciado a esa opción, haciendo lo que ellos, no mover un dedo y criticar a los que sí hemos buscado las vías de defensa.
Volvemos a recordar, que lxs que hayan alcanzado un acuerdo están en su derecho de solicitar a la empresa que se cumpla el mismo, como hizo con el que pactaron con carácter previo (al que tampoco se tuvo en cuenta a la RLT), pero es la empresa la que las está descartando y no quiere aplicarlo.
Tampoco podemos permitir que la empresa utilice el abono de los pluses como moneda de cambio y presión para forzar la aceptación de los acuerdos, se deben abonar tanto si lo solicita el trabajador como si lo pide la empresa, más aún, tratándose de temas tan sensibles como son el cuidado de hijxs/familiares.
Parece por otro lado, que los sindicatos CCOO y UGT obviaron en su comisión paritaria tratar la tomadura de pelo de los contratos de relevo y los días de más que lxs compañxs que se prejubilasen tenían que hacer (7 jornada más…) y hasta que lo propusimos en el orden del día para la reunión del día 25 no se habían dado cuenta o al menos lo daban por bueno (¿¿¿curioso no ???????, por qué nada de esto figura en el acta).
Respecto al abono de los pluses de JT, la empresa nos sigue tomando el pelo pese a los supuestos acuerdos de abono acordado en la comisión paritaria. Mientras, sigue sin grafiar la figura del JT, realizando estas funciones el personal que no ha pasado la convocatoria ni cumple los requisitos recogidos en convenio. Y, dicho sea de paso, GRATIS.
Hemos solicitado taquillas para dejar los enseres de trabajo y en su defecto, que nos computen los tiempos; a lo que la empresa responde: si pedís eso os quitamos los taxis, porque por eso los pagamos (jajaja).
Sabemos que ahora rizarán el rizo para echarnos a lxs trabajadores/as encima, pero debemos ser inteligentes y aprender de estos 9 años de estas estrategias “napolitanas o sicilianas”.
Nuestras cargas de trabajo aumentan, las condiciones se deterioran, perdemos poder adquisitivo… pero la única preocupación de la empresa parecen ser los comunicados de CGT.
NI LA PROPAGANDA DE GOEBBELS NI LOS CANTOS DE SIRENA DE HOMERO, CUELAN EN EL SIGLO XXI.
Comunicado
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |