Comunicados
RENFE | 17 04/03/2026
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¿Y LA SUBIDA SALARIAL? El pasado mes de diciembre de 2025 entraba en vigor una nueva subida salarial. Aupada en el Acuerdo Marco por la Mejora del Empleo Público y el Servicio a la Ciudadanía y ratificada en Real Decreto-ley, esta subida salarial es uno de los objetivos marcados para la mejora de las condiciones laborales de las personas trabajadoras del servicio público. Se estableció que la subida sería del 11%, aplicándose de manera escalonada hasta 2028: 2,5% en 2025, 2% en 2026, 4,5% en 2027 y 2% en 2028.
El pasado año Renfe aplicó la primera de las subidas en la nómina de diciembre, en la cual añadieron los atrasos acumulados a lo largo del año. En este año 2026 todavía no hemos tenido noticias por parte de Renfe pero en Adif, en reunión de 4 de diciembre de 2025, ya se autorizó que se empezaran a cobrar las percepciones de 2026 con fecha de 1 de enero. ¿Cuál es el motivo para que Adif, que también es una EPE, la haya podido incluir ya y Renfe no?
Siendo la cuestión económica una tan básica y sensible para las personas trabajadoras, creíamos necesario trasladar a la dirección del Grupo Renfe este sinsentido en la aplicación de la ley y por ello hemos hecho llegar una carta en la que solicitamos que se nos informe del estado de la aplicación de la subida.
La pérdida de poder adquisitivo del sector ha sido evidente a lo largo de los años y meramente parcheada en los Acuerdos Marco 2022-2025 y 2025-2028. El salario es un derecho básico que no admite demoras ni excusas mientras el coste de la vida sigue castigando a las familias ferroviarias.
Consideramos importante que, más allá de reclamar algo que nos pertenece como parte del servicio público, no dejemos de pelear por una mejora de las condiciones laborales que no dependan del Gobierno de turno, sino que suponga la dignificación de nuestro oficio.
DESDE EL SFF-CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR SALARIOS DIGNOS  COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 04/03/2026 | 16 MUCHAS PLAZAS, MUCHA URGENCIA, POCAS MEJORAS | ADIF 27/02/2026 | 15 AYUDAS GRACIABLES 2026 |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL LA AUDIENCIA NACIONAL ESTIMA LO QUE CGT HA RECLAMADO INSISTENTEMENTE | 23 2022-02-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 1 veces | Después de casi 3 años de mucho trabajo de la sección sindical de CGT y de los servicios jurídicos, ante la constante oposición y palos en las ruedas de Ferrovial para cumplir con la ley, finalmente la Audiencia Nacional nos da la razón y Ferrovial deberá implantar un sistema de registro para el colectivo de servicios a bordo.
El fallo dice claramente que deben establecer un sistema de acuerdo a lo recogido en el RD. Ley 8/2019 Art. 34 del ET, no siendo válido el actual, porque “no concreta el horario de inicio y fin de la jornada diaria de trabajo”.
Es lamentable que una empresa como esta, con los medios y posibilidades que tiene se niegue a cumplir lo que establece la ley y ningunee a la Inspección de trabajo (teniendo levantada acta de infracción grave). Tenemos claro que la razón del incumplimiento es el ahorro de mucho dinero a costa de nuestro tiempo de trabajo y nuestra conciliación.
Era obvio, somos el único colectivo de la empresa que no registraba la jornada y la empresa no tenía interés ninguno, se ahorra los retrasos, teniéndonos un montón de horas fuera y gratis…)
Esto es solo el principio, porque vamos a seguir adelante con todo, con las sentencias que ya tenemos en CGT para reclamar esos tiempos que estamos a disposición de la empresa con los materiales, dinero, etc., los tiempos de traslados en taxis a los hoteles…
Por otra parte, una vuelta de tuerca más, ahora contra el colectivo de trabajador@s con reducción de jornada por guarda legal, esgrimiendo una falaz dificultad organizativa cuando a diario vemos la pésima gestión. Esgrimiendo la falsa excusa de la liberalización, aunque ya eran conocedores de lo que se iban a encontrar en este contrato.
Nos venden equidad y reparto entre la plantilla, pero no quieren oír hablar de turnos generales; mermando las tripulaciones y sobrecargando a l@s trabajadores/as, negándose a negociar unos ratios o criterios para las secuencias operativas…
CGT no va a consentir que se vulnere el derecho de l@s trabajadoras/es que componemos este colectivo por imposición empresarial y algunos silencios, todo ello, sin justificación, tomando todas las medidas legales posibles por este atropello, por la forma de proceder con alevosía y nocturnidad y poniendo en situaciones desesperadas a much@s trabajadoras/as y sus hij@s menores.
POR TU DIGNIDAD Y EL RESPETO.
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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