Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONFLICTO COLECTIVO SOBRE LA OPACIDAD DE LAS MOVILIDADES EN RENFE CELEBRADO JUICIO EN LA AUDIENCIA NACIONAL | 13 2022-02-04 |
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![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 4 veces | El miércoles día 2 de febrero, finalmente se celebró el juicio del Conflicto Colectivo interpuesto por CGT respecto de la opacidad de las movilidades geográficas y funcionales que RENFE había comenzado a aplicar alegando, en unos casos, que los datos relativos a la lista de peticiones de cada candidato como la antigüedad en la empresa y categoría, así como la fecha de nacimiento, eran merecedores de especial protección por ser de carácter personalísimo y, en otros casos, que l@s candidat@s no necesitaban conocer las causas de exclusión.
Esta situación contraviene de manera frontal el histórico ya que, aunque con deficiencias, todo es mejorable, estos datos eran de carácter público para l@s participantes por la Intranet y permitían una fiscalización por parte de cada concursante para que sus derechos no se vieran mermados por un tercero sin derecho, respetando así los principios de publicidad y transparencia que deben regir en la actuación de Grupo Renfe, así como en sus sociedades mercantiles, como establece el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público).
Recordemos, que fue gracias al trabajo de los servicios jurídicos de CGT que, al impugnar la cláusula 7ª del I convenio colectivo que impuso la opacidad -con el beneplácito, consentimiento, acuerdo y FIRMA de SEMAF, CCOO, SF y UGT- en las movilidades, al impedir que se identificaran las vacantes, nos dio la razón el Tribunal Supremo, y comenzamos a reconstruir una RENFE lo más transparente posible, evitando tratos de favor y chanchullos varios. Esta Sentencia nos permitió en el acto de juicio tener una postura más consolidada respecto de los intereses de l@s trabajador@s.
Tras la celebración del juicio, albergamos serias certidumbres sobre la postura positiva que la sala de lo social de la AN, ante nuestras demandas, y establecerá que la publicidad y la transparencia deben volver a las movilidades, desapareciendo cualquier sombra de duda sobre estos procesos.
CGT POR LA TRANSPARENCIA EN LAS MOVILIDADES.
AFÍLIATE A CGT
Comunicado
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