Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE QUE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REQUIERA TRANSPARENCIA A RENFE. | 11 2022-02-02 |
| COMUNICADO
![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 6 veces | Tras la denuncia de CGT a la Inspección Territorial de trabajo de Madrid sobre varios incumplimientos de la empresa en el gráfico de Intervención de Media Distancia de Madrid, la Inspección de trabajo ha efectuado un requerimiento (Anexo) de cumplimiento a la empresa de acuerdo a lo estipulado en el artículo 22 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en los siguientes términos:
Garantice que los turnos de incidencias de los cuadrantes tienen grafiada la jornada efectiva, indicando el horario de inicio y fin del mismo, en los términos recogidos en el punto 2.9 del Marco Regulador de Intervención de Regionales. PLAZO CONTINUO.
Deberá entregar documento a los trabajadores en el que se reflejen las horas de trabajo efectivo de cada trabajador, conforme a lo recogido en el punto 2.53 del Marco Regulador. PLAZO CONTINUO.
Deberá igualmente ponerse a disposición de los representantes de los trabajadores la información recogida en los registros de jornada de los trabajadores, en la que se indique la hora de inicio y fin de la misma; dicha información deberá ponerse igualmente a disposición de los trabajadores en el caso de que contenga información diferente a la recogida en el apartado anterior. PLAZO CONTINUO.
Esperamos que la empresa se digne de una vez por todas a cumplir con lo que pacta y firma, y no tengamos que plantear a la Inspección Laboral la aplicación del Régimen Sancionador por incumplimientos reiterados en los gráficos del colectivo de intervención.
El dictamen de la Inspección ha sido concluyente y claro, sacando de nuevo los colores a los directivos de esta empresa que se afanan en no otorgar los derechos, de manera directa, a l@s trabajadores/as y colectivos afectados por la normativa laboral.
También hemos sido conocedores de la divulgación de este requerimiento por parte de un sindicato de nueva creación, arrogándose el mérito de la denuncia. Hasta ahora, algún que otro sindicato informaba sobre derechos conseguidos por CGT sin informar de la autoría, pero jamás se lo apuntó, mostrando con ello dignidad y respeto que desde CGT también mantendremos. Entre otras, porque el fin no justifica los medios.
NO TE EQUIVOQUES Y ELIJAS MARCAS BLANCAS,
AFILIATE AL ORIGINAL,
AFILIATE A CGT.
Comunicado
![](imagenes/icono_correo_mini.gif)
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