Comunicados
ADIF | 105 12/12/2025
|
|
EL DÍA 16 CONCENTRAMOS LA FUERZA DEL SECTOR Durante estos meses hemos recorrido centros de trabajo, hemos celebrado asambleas, hemos puesto sobre la mesa propuestas y hemos exigido soluciones. Nada de lo que ocurra el día 16 es improvisado: es la culminación del trabajo del SFF-CGT ante un escenario que se agrava mientras quienes deberían actuar optan por no molestar al Gobierno. Ha llegado el momento de decir basta.
El resto de sindicatos se junta para escribir comunicados contra el SFF-CGT; nosotr@s nos juntamos en la calle, donde siempre han comenzado los avances reales en el ferrocarril.
La negociación del Convenio Colectivo sigue atrapada en el mismo punto: las mejoras, como la Ordenación Profesional, que requieren de una financiación económica, no avanzan porque se subordinan al Ministerio de Hacienda.
NEGOCIACIÓN SECUESTRADA
Mientras nuestras condiciones de trabajo empeoran, nuestra capacidad de negociación sigue secuestrada. Quienes deben autorizar financiación no se sientan en la mesa. Quienes podrían desbloquearla no hacen nada.
La reducción de jornada, que tan a bombo y platillo acordaron los de siempre, sigue sin efecto en numerosas dependencias. En lugar de reducir la jornada, han aumentado las excusas para disfrutar los RJ y se ha disparado el número de horas extras en la empresa.
Las cargas de trabajo aumentan y la arbitrariedad en la designación de las mismas continúa. Se modifican ámbitos de actuación y condiciones de trabajo en las bases de mantenimiento continuamente. El aumento de las circulaciones y de trabajo en los puestos de mando sigue creciendo con cada cierre de estación, lo que deriva en un aumento desproporcionado de la carga mental y física del trabajo, sin que existan medidas efectivas.
La imposibilidad de conciliar se está convirtiendo en un mal endémico. La nueva realidad de la plantilla y sus necesidades no coincide con una organización del trabajo acorde al siglo XXI.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTAR EL DÍA 16?
Porque si la negociación sigue bloqueada, nuestros derechos seguirán congelados.
Porque si no presionamos ahora, seguiremos dependiendo de decisiones que se toman lejos de nuestros centros de trabajo y a espaldas de las plantillas. Porque solo organizándonos y saliendo a la calle podremos cambiar el rumbo de unas negociaciones que, a día de hoy, está detenida.
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 12/12/2025 | 104 EL DÍA 16 CONCENTRAMOS LA FUERZA DEL SECTOR | RENFE 09/12/2025 | 103 REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF RESUMEN DE AYUDAS GRACIABLES DE ADIF | 5 2022-01-14 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 176 veces | ¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio que: 1) no supere 60.101 euros de ingresos anuales brutos en su unidad familiar (miembros mayores de edad que convivan con el o la trabajadora o beneficiari@); y 2) que el gasto mínimo entre todas las facturas (que puedan ser presentadas conforme a los requisitos detallados a continuación) sea de 500 euros, salvo los gastos de óptica y farmacia que serán de 200 euros respectivamente. La cantidad máxima de ayuda que podrá percibir un trabajador/a al año es de 1.503 euros.
TABLAS EN EL PDF
¿Qué documentación se debe presentar?
El modelo oficial debidamente cumplimentado (publicado en Inicia > servicios al empleado > Trámites > Modelos administrativos > Solicitudes de beneficios sociales), tramitado por conducto reglamentario. Con carácter general será imprescindible añadir la siguiente documentación:
• Factura/s original/es (no se admitirán facturas "proforma", ni tickets). La validez de las mismas será de un año desde su emisión hasta la fecha de la petición, que será la de presentación en la dependencia de la trabajadora o trabajador.
• Fotocopias completas (con todas sus hojas) de las Declaraciones de la Renta de la unidad familiar del último ejercicio fiscal, con la validación mecánica y/o sello de la Agencia Tributaria/Entidad Colaboradora, o del Certificado de la Declaración Anual del IRPF. En caso de no tener obligación de hacer la Declaración, deberán presentar un Certificado de Imputaciones del IRPF.
• Fotocopia del Libro de Familia.
• Última nómina de la trabajadora o trabajador.
Además de esta documentación, también se aportará específicamente la documentación que se detalla en cada uno de los motivos por los que se puede solicitar la ayuda. La Comisión tiene la capacidad de solicitar documentación complementaria en caso necesario.
PORCENTAJES DE AYUDAS SEGÚN INGRESOS BRUTOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 21.000 euros 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros 10%
A las familias numerosas, se les incrementará en un 10 % la cuantía de la ayuda que se conceda, aportando documento acreditativo de esta situación.
Regulación de las fechas de entrega y plazos de aportación de documentación.
La fecha de la petición a tener en cuenta para el cómputo de las facturas será la de entrada en la dependencia.
No se podrán admitir en las dependencias las peticiones que adolezcan de la documentación que se debe presentar para las solicitudes de Ayudas Graciables o por Incapacidad Temporal.
Una vez comprobada en la dependencia que la petición cumple con los requisitos básicos de solicitudes, si adolece de alguna documentación, el trabajador dispone de un mes a contar desde la fecha de entrada en la dependencia para hacer entrega de ella y así se le comunica al interesado.
Una vez recibida la petición en la Jefatura de Área de Negociación y Política Social, en caso de que la Comisión requiera de el o la trabajadora alguna documentación en relación con su petición de ayuda, deberá aportarla en el plazo máximo de un mes a partir de su comunicación, requerida de manera fehaciente.
AYUDAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN
Se puede solicitar una ayuda por parte de la diferencia de los emolumentos dejados de percibir por encontrarse en incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.
¿Quiénes podrán solicitar estas ayudas?
Toda la plantilla sujeta a convenio que hayan estado en situación de baja por contingencias comunes.
El plazo máximo para solicitar la misma será de un año desde que se produjo el alta médica.
¿Qué documentación se debe presentar?
Junto con el modelo oficial debidamente cumplimentado será imprescindible aportar el parte médico de baja y de alta de incapacidad temporal por contingencias comunes, o el último de confirmación, así como la última nómina.
OTRAS AYUDAS
• Hij@s con discapacidad psíquica
- Percepción de 100€ mensuales (actualizado en el II Convenio Colectivo Adif – Adif AV).
- Transmisible a los pensionistas de viudedad y orfandad en la misma cuantía.
• Prestaciones por defunción (12.000€ a partir del II Convenio Colectivo)
• Anticipos (necesarios dos años de antigüedad)
Concesión máxima de tres mensualidades de la clave sueldo.
TRANSPARENCIA, HONESTIDAD Y LUCHA.
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |