Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO CONTRA LAS OPACIDADES DE LAS MOVILIDADES EN RENFE | 108 2021-11-25 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 7 veces | CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO CONTRA LAS OPACIDADES DE LAS MOVILIDADES EN RENFE
Tras la interposición por parte de CGT de una comisión de conflictos contra la falta de información necesaria para poder cotejar la transparencia y limpieza de los procesos de movilidad en RENFE y el absoluto desinterés por parte de la empresa, escenificado el pasado día 19 en la reunión celebrada al efecto, por dar solución a una problemática que ella misma ha creado, hemos presentado ante la Dirección General del Trabajo Papeleta de Conciliación previa a demanda de Conflicto Colectivo contra la situación de opacidad que se están dando de forma continuada en las últimas convocatorias de movilidad tanto geográfica como funcional en el Grupo RENFE.
Esta situación viene produciéndose hace varios meses y ha llegado con la intención de quedarse, ya que la empresa ha comunicado al CGE el pasado mes de junio la eliminación de datos, necesarios para poder cotejar el derecho que se tiene a la adjudicación de plaza, en base a una supuesta protección de datos, incumpliendo lo que hasta el momento establece el Convenio Colectivo y la obligación que como empresa pública tiene de asegurar la transparencia y la igualdad de oportunidades en estos procesos.
Concretamente la empresa ha dejado de objetivar las causas de inclusión y/o exclusión de los participantes en las convocatorias, así como el orden y las plazas solicitadas, la antigüedad que ostentan tanto en la categoría profesional como en la empresa y su edad.
Esta situación supone, no solo el incumplimiento de lo establecido en convenio, sino que conculca el principio de seguridad jurídica que ostentan l@s trabajador@s que participan y la transparencia que debe imperar en los procesos de movilidad, en base a lo establecido en el Estatuto Básico de Empleado Público.
Os informaremos de los pasos que vayamos dando. La reciente sentencia del TS dando la razón a CGT y anulando la Cláusula 7ª del I CC de RENFE nos da optimismo en llegar a revertir esta situación, perjudicial e injusta a todas luces.
CGT POR LA TRANSPARENCIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.
CGT. HECHOS, NO PALABRAS.
Comunicado Anexo 1

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