Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE ANULAR LA CLÁUSULA 7ª DEL I CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE RENFE SE VERÁ OBLIGADA A PUBLICAR EL NÚMERO Y LA UBICACIÓN DE LAS VACANTES EN LOS PROCESOS DE MOVILIDAD | 107 2021-11-23 |
| COMUNICADO
| Leido: 32 veces | La sentencia del Tribunal Supremo (TS) da la razón a CGT en el procedimiento de impugnación de Convenio Colectivo que pusimos en marcha hace dos años para anular una cláusula absolutamente vergonzosa pactada entre la empresa y el resto de las organizaciones sindicales firmantes del I Convenio Colectivo (SEMAF, UGT, CCOO y SF) que como sabéis, provoca que tod@s l@s trabajador@s que participan en cualquier proceso de movilidad, tanto geográfica como funcional, tengan que pedir las plazas a ciegas, al no conocer las vacantes a cubrir, quedando al libre albedrio de la empresa el destino de los participantes y sirviendo en bandeja a más de una organización sindical el “pasteleo” y “colocación” de “privilegiados” con menos derecho que pasaban por encima del resto de participantes.
El TS ha estimado el recurso de casación presentado por CGT a la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó en primera instancia nuestra demanda, al comprarle el argumento a la empresa, que basó su defensa en el desarrollo del Plan de Empleo, de tal forma que, las plazas que se iban cubriendo eran conocidas por l@s trabajador@s al estar vinculadas a los procesos de desvinculaciones. Al juicio no compareció ningún sindicato, a excepción del SEMAF que se opuso a la misma y apoyó, las tesis de la empresa.
Desde CGT tuvimos claro que debíamos pelear contra esta aberración hasta el final, planteando la clara vulneración del principio de seguridad jurídica establecido en el Art 9.3 de la CE y de la transparencia debida que deben de tener los procesos de movilidad en base a lo establecido en diferentes artículos del Estatuto Básico del Empleado Público.
El TS recoge nuestra tesis y anula la sentencia de la AN, declarando nula la cláusula 7ª del I Convenio Colectivo y recoge literalmente que “modificar la norma marco de movilidad, tanto geográfica como funcional, y disponer que se elimina la necesidad de identificar el número y la ubicación de las plazas objeto de la convocatoria está produciendo una auténtica inseguridad jurídica ya que la persona trabajadora a la que interesa su movilidad, sea geográfica o funcional, desconoce la identificación y la ubicación de las plazas que salen a concurso, lo que les impide poder realizar una selección y optar por aquella plaza que sea más acorde con sus deseos y necesidades. No se puede concursar a ciegas con la posibilidad de encontrarse, cuando se resuelva el concurso, que aparecen plazas que el solicitante hubiera reclamado, caso de conocer su existencia y que, quizás han sido adjudicadas a personas con peor curriculum, méritos o número en el escalafón que el solicitante…” y establece de forma tajante que “esta regulación infringe los principios de transparencia y publicidad que aparecen contemplados a lo largo del EBEP”.
Desde CGT celebramos esta sentencia, que una vez más, saca los colores a una empresa pública empecinada en dificultar el derecho a la movilidad y a la promoción profesional, y a unos sindicatos cómplices que firman este tipo de barbaridades, suponiendo además, un avance muy importante en la transparencia que deben estar presentes en los procesos de movilidad.
CGT se va a dirigir al grupo RENFE para que de forma inmediata acate y cumpla con los términos de esta sentencia y seguiremos peleando para lograr unos procesos limpios que respeten el principio de igualdad, mérito y capacidad para tod@s.
Una vez más, CGT consigue restablecer los derechos de l@s trabajadores/as que otras formaciones sindicales nos quitaron. Para seguir en este camino, es necesario tu apoyo y colaboración.
POR TU SEGURIDAD, POR LA TRANSPARENCIA Y TUS DERECHOS, AFÍLIATE Y VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado
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