Comunicados
ADIF | 98 18/11/2025
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CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO
Parece que 23 meses no les parece demasiado tiempo para negociar un convenio. Tampoco les preocupa saber si va a haber o no financiación por parte del ministerio para la ordenación profesional. Estos tres sindicatos han decidido en el día de hoy desoír la propuesta de movilizaciones que ha planteado el SFF-CGT e ir a paso lento, muuuuuuuyyyyyyyy lento.
PROPUESTA DE UNIDAD
El SFF-CGT ha acudido a la reunión del CGE (convocada casi un mes después de haberla solicitado) con una estrategia de movilización clara, proponiendo una acción conjunta. Es lo que la plantilla siempre nos pide, que vayamos tod@s a una. Pues bien, ni movilizaciones, ni concentraciones, ni coordinar una acción conjunta con Renfe, ni presionar al ministerio, ni dejar de colaborar con la empresa. Solo están dispuestos a mandar una “cartita” al ministro tuitero. Dicen que todavía no se dan las circunstancias necesarias para movilizarnos, que después de 23 meses, vamos a por el 24, que no nos pongamos nerviosos y que “poquet a poquet”.
Pongámonos serios, muy serios y hablemos claro, muy claro. La negociación colectiva en las empresas públicas está secuestrada. Llevamos casi 7 años con este tema. En el anterior preacuerdo del II Convenio estaba todo cerrado y firmado en cuanto a Ordenación Profesional, y llegó papá ministerio y se cargó la financiación. Es muy difícil negociar con la empresa a sabiendas de que en la mesa de negociación no está presente “su primo, el de Zumosol”. La empresa está dando rienda suelta a su proyecto de cómo debemos funcionar a partir de ahora, reordenando la clasificación de categorías, las funciones, el sistema retributivo, los acuerdos específicos etc. Pero de financiación específica que justifique tanto cambio no se puede hablar con ella, ¡eso, al Ministerio! (de Hacienda, de Transportes…) ¿qui lo sa?.
LOS DISGUSTADILLOS
Mientras los sindicatos “disgustadillos” presionan a su manera al ministro, la plantilla sigue haciendo funciones que no les corresponden, realizando horas extras a mansalva para salvarles el culo de tanta falta de previsión, trabajando a turnos y un largo etc., pero para CC.OO., UGT, y SCF “la sangre no llega todavía al río”.
Lo pondremos también en las redes sociales, para que el ministro de las redes lo sepa: el SFF-CGT se va a movilizar por lo que es nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 14/11/2025 | 97 TRENES INTERNACIONALES. | ADIF 14/11/2025 | 96 ¡¡SIN ACUERDO!! EN LA COMISIÓN DE CONFLICTOS PRESENTADA POR EL SFF-CGT. HABRÁ CONFLICTIVIDAD |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE ANULAR LA CLÁUSULA 7ª DEL I CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE RENFE SE VERÁ OBLIGADA A PUBLICAR EL NÚMERO Y LA UBICACIÓN DE LAS VACANTES EN LOS PROCESOS DE MOVILIDAD | 107 2021-11-23 |
| COMUNICADO
 | Leido: 34 veces | La sentencia del Tribunal Supremo (TS) da la razón a CGT en el procedimiento de impugnación de Convenio Colectivo que pusimos en marcha hace dos años para anular una cláusula absolutamente vergonzosa pactada entre la empresa y el resto de las organizaciones sindicales firmantes del I Convenio Colectivo (SEMAF, UGT, CCOO y SF) que como sabéis, provoca que tod@s l@s trabajador@s que participan en cualquier proceso de movilidad, tanto geográfica como funcional, tengan que pedir las plazas a ciegas, al no conocer las vacantes a cubrir, quedando al libre albedrio de la empresa el destino de los participantes y sirviendo en bandeja a más de una organización sindical el “pasteleo” y “colocación” de “privilegiados” con menos derecho que pasaban por encima del resto de participantes.
El TS ha estimado el recurso de casación presentado por CGT a la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó en primera instancia nuestra demanda, al comprarle el argumento a la empresa, que basó su defensa en el desarrollo del Plan de Empleo, de tal forma que, las plazas que se iban cubriendo eran conocidas por l@s trabajador@s al estar vinculadas a los procesos de desvinculaciones. Al juicio no compareció ningún sindicato, a excepción del SEMAF que se opuso a la misma y apoyó, las tesis de la empresa.
Desde CGT tuvimos claro que debíamos pelear contra esta aberración hasta el final, planteando la clara vulneración del principio de seguridad jurídica establecido en el Art 9.3 de la CE y de la transparencia debida que deben de tener los procesos de movilidad en base a lo establecido en diferentes artículos del Estatuto Básico del Empleado Público.
El TS recoge nuestra tesis y anula la sentencia de la AN, declarando nula la cláusula 7ª del I Convenio Colectivo y recoge literalmente que “modificar la norma marco de movilidad, tanto geográfica como funcional, y disponer que se elimina la necesidad de identificar el número y la ubicación de las plazas objeto de la convocatoria está produciendo una auténtica inseguridad jurídica ya que la persona trabajadora a la que interesa su movilidad, sea geográfica o funcional, desconoce la identificación y la ubicación de las plazas que salen a concurso, lo que les impide poder realizar una selección y optar por aquella plaza que sea más acorde con sus deseos y necesidades. No se puede concursar a ciegas con la posibilidad de encontrarse, cuando se resuelva el concurso, que aparecen plazas que el solicitante hubiera reclamado, caso de conocer su existencia y que, quizás han sido adjudicadas a personas con peor curriculum, méritos o número en el escalafón que el solicitante…” y establece de forma tajante que “esta regulación infringe los principios de transparencia y publicidad que aparecen contemplados a lo largo del EBEP”.
Desde CGT celebramos esta sentencia, que una vez más, saca los colores a una empresa pública empecinada en dificultar el derecho a la movilidad y a la promoción profesional, y a unos sindicatos cómplices que firman este tipo de barbaridades, suponiendo además, un avance muy importante en la transparencia que deben estar presentes en los procesos de movilidad.
CGT se va a dirigir al grupo RENFE para que de forma inmediata acate y cumpla con los términos de esta sentencia y seguiremos peleando para lograr unos procesos limpios que respeten el principio de igualdad, mérito y capacidad para tod@s.
Una vez más, CGT consigue restablecer los derechos de l@s trabajadores/as que otras formaciones sindicales nos quitaron. Para seguir en este camino, es necesario tu apoyo y colaboración.
POR TU SEGURIDAD, POR LA TRANSPARENCIA Y TUS DERECHOS, AFÍLIATE Y VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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