Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DESCANSOS NO DISFRUTADOS Y GRATIFICACIÓN FORMACIÓN ¡QUE NO TE CUENTEN MILONGAS! | 101 2021-11-10 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 15 veces | En el día de hoy se ha reunido la comisión negociadora del II Convenio Colectivo de Adif y Adif Av para elevar a rango de convenio la percepción de las claves 111 (horas compensación descanso) y 113 (gratificaciones de formación) y modificar el art 436 de la Normativa referente a las gratificaciones de formación.
Vamos a explicar la postura que CGT ha mantenido sobre estas cuestiones abordándolas por separado (adjuntamos a este comunicado, la carta que enviamos ayer a la empresa):
Clave 111 (Horas compensación descanso)
El acuerdo Marco de MM.II y Cuadro, firmado por CC.OO y UGT en 1997 establecía la imposibilidad de compensar económicamente los descansos y festivos trabajados a este colectivo. CGT, desde entonces, ha venido reclamando sistemáticamente la finalización de este agravio con respecto al Personal Operativo. Hoy por fin parecía que se iba a reparar este agravio. Sin embargo esta reparación tiene fecha de caducidad.
Clave 113 (Gratificación de Formación)
Las gratificaciones contempladas en el punto 4 del acuerdo empezarán a percibirlas también los colectivos de MM.II. C/T y Estructura de Apoyo. CGT siempre ha reclamado que efectivamente estos colectivos también las perciban. Pero, esta “concesión” viene con el condicionamiento de quedarnos a medio camino en las reivindicaciones que sobre esta materia veníamos reclamando al amparo de la cláusula 20 del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV.
El acuerdo al que llegó el Consejo Asesor de Formación sobre esta modificación se deja muchas cuestiones de calado importante en el tintero. CGT no está de acuerdo con el contenido que sustituye el art. 436 y por tanto no lo avalamos en la reunión de hoy. (ver el comunicado nº 99 donde explicamos los motivos).
El modus operandi de la Empresa ha sido el de llevar a la Comisión Negociadora del Convenio un pack indivisible (como los yogures), donde si te quieres llevar el yogur de fresa te tienes que llevar “de regalo” el de coco también, aunque no te guste.
A CGT no le valen estas artimañas (chantajes) negociadoras de la Empresa, avaladas por el seguidismo sindical, que buscan como objetivo principal dañar la imagen de CGT tomemos la postura que tomemos.
Pero, sigamos hablando de “pequeñas perlas” que trae el acuerdo que se ha firmado hoy y que han cargado de razón aún más, el posicionamiento de CGT.
• El 31 de diciembre de 2025 estos colectivos volverán a quedarse fuera del cobro de la clave 111 (horas compensación descanso). Es decir, ¡no te corresponde, pero como no tengo suficiente personal, haremos un esfuerzo temporal y te lo pagaremos! Y todavía dicen que acaban con el histórico agravio del abono de los descansos no disfrutados, ¡ya hay que tener cara!
• El personal docente del Área de Formación tendrá limitado el importe a percibir al 50% de la percepción máxima mensual establecido en tablas salariales. Como hay que ahorrar, solamente pagarán un máximo de 232,19€, en lugar de los 464,38€ recogidos en tablas salariales.
• El acuerdo está sujeto a la aprobación de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas. Es la segunda vez que en esta cuestión el SCF hace un ejercicio de Fe ciega (la primera vez, fue en la desconvocatoria de su huelga) ¿será ésta la definitiva?
Desde este momento, suponemos que se abre la veda al acoso y derribo por parte de los sindicatos firmantes contra CGT por no haber seguido en la cola del conformismo y en el “pan para hoy, hambre para mañana”. Es su manera de justificar sus “logros”.
Ahora, deben explicar a las personas trabajadoras el Golazo que la Empresa les ha metido por toda la escuadra en cuanto a la temporalidad de la vigencia con respecto al cobro de la clave 111 (31/12/25). Los colectivos antes mencionados no han adquirido ningún derecho en esta materia. Esto es marear la perdiz con el fin de disfrazar los fracasos, de falsos logros.
Adjuntamos el acta de la Comisión Negociadora y la Carta enviada a la Dirección de la Empresa, manifestando todo lo que no han permitido reflejar en el acta.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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