Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DESCANSOS NO DISFRUTADOS Y GRATIFICACIÓN FORMACIÓN SI, PERO SIN “PEROS” | 99 2021-11-09 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 14 veces | El próximo miércoles día 10 de noviembre está convocada la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV con la intención de modificar la Normativa Laboral para poder ampliar el cobro de las claves 111 (Descansos no disfrutados) y 113 (Gratificación de formación) al colectivo de MM.II, Cuadro Técnico y Estructura de Apoyo. ¡Hasta aquí, estamos todos de acuerdo!
La cosa se empieza a torcer cuando aprovechando esta cuestión, la Subdirección de Formación nos plantea cargarse de un plumazo el artículo 436 de la Normativa Laboral “Gratificaciones de Formación” del Título XI FORMACIÓN PROFESIONAL y sustituirlo por un nuevo redactado que se deja aspectos relevantes en el tintero.
Ya en la reunión previa a ésta, en reunión extraordinaria del Consejo Asesor de Formación, y con el aval del resto de sindicatos, quedó bastante “encarrilado” dicho acuerdo, por lo que no se esperan mejoras del mismo para la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio.
La experiencia nos dice que los acuerdos que vienen a establecer o modificar norma deben ser claros y transparentes, todo lo que no sea eso, a la postre se torna en contra de la parte débil, las personas trabajadoras.
MOTIVOS POR LOS QUE CGT NO AVALA EL ACUERDO:
• El articulado debe dejar bien claro y sin lugar a “torticeras” interpretaciones que la realización de las labores de tutorización debe ser VOLUNTARIA. (luego sabemos lo que pasa, “tú no te niegues y luego ya si eso….reclama”).
• El personal adscrito a la Subdirección de Formación debe percibir el 100% de la gratificación fija (464,38€/mes).
• Se deben remunerar todas las horas de formación impartida por el personal colaborador, eliminando topes.
• Se debe incluir en la libreta de prácticas las horas imputables al Formador Habilitado que va a revisar y dar el visto bueno a la misma.
• En la tutorización de la formación online, el CGE debe conocer e intervenir en la fórmula que recoge las variables: tipo de curso; alumnos tutorizados; conexiones realizadas; etc.
• No se regula el tiempo necesario que debe invertir un formador en la preparación de las clases para impartir formación presencial.
• La horas imputables a la actividad de Soporte Técnico de Formación, deben estar sujetas a parámetros determinados y contrastables y no al “ordeno y mando” del Jefe del Centro de Formación Correspondiente.
• Toda actividad de aprendizaje que implique la interactuación en un puesto de trabajo estará sometida a la correspondiente libreta de prácticas, (habilitación, especialidad, alcance, etc).
• En la formación fuera de la residencia del trabajador, los tiempos de viaje deben contar como jornada efectiva.
En cuanto a materia de negociación colectiva y/o derechos individuales y colectivos, CGT siempre ha tenido clara su filosofía de actuación: LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA NUCA PUEDE SUPONER UNA MERMA DE DERECHOS CONSEGUIDOS Y SIEMPRE DEBE PERSEGUIR LA MEJORA DE LOS MISMOS.
Nos parece insultante que cada vez que se acometen mejoras en los derechos de las personas trabajadoras, la Empresa contraponga como solución a su consolidación, la pérdida necesaria de “algunas cositas”.
Esto es lo que últimamente viene pasando con cualquier negociación que se abre con el CGE. La obsesión de la Empresa es recortar, recortar y recortar. Y no parece que todos los sindicatos tengamos la misma premisa de mejorar, mejorar y mejorar sin entregar nada a cambio.
Como muestra, un botón: Nueva Norma de Movilidad. Si se acepta lo que la Empresa plantea, perdemos seguro.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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