Comunicados
ADIF | 24 12/03/2025
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EL SFF-CGT IMPUGNA LA NORMA DE MOVILIDAD Lo intentamos cuando se negoció. Estamos intentando cambiarla en la negociación del Convenio. Y ahora lo vamos a intentar recurriendo a la justicia: hemos impugnado la Norma de Movilidad. No pararemos hasta no cambiar esta norma injusta que está triturando la vida de tant@s compañer@s. Hemos pedido que esta movilidad siga su desarrollo, pero queremos que sea la última en estas condiciones.
GESTIÓN NEFASTA
No nos ha quedado otra salida ante la cerrazón de la empresa, empeñada en blindar una norma jeroglífica y que se está revelando desastrosa en términos de gestión.
Nos quiere echar la culpa a los sindicatos de haber tenido que cambiar las fechas por la huelga, pero lo cierto es que la logística de organización de los exámenes era kafkiana, aglutinando en solo dos fechas las pruebas de algunos temarios, lo que impedía la organización del trabajo en determinadas dependencias, sobre todo en las que se trabaja a turnos.
Además de responsabilizar a los sindicatos, también pretende echar su incapacidad sobre las espaldas de las propias personas trabajadoras, inventando una regla del juego que ni está en la Norma de Movilidad ni en la Normativa Laboral: “Si no te presentas a algún examen, te eliminamos de todas las plazas de esa convocatoria”. Parafraseando a Groucho Marx, la empresa nos amenaza, habano en boca: “Estas son mis normas y si no te gustan, tengo otras peores”.
El CACIQUISMO TAMBIÉN SE COMBATE EN LOS TRIBUNALES
No hay manera de sostener esa última ocurrencia. Como mucho se podría aplicar el artículo 435 de la Normativa Laboral, que especifica que, de no sacar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado, ese día será considerado un día de licencia sin sueldo. Todo lo demás son amenazas sin fundamento destinadas a esconder debajo de la alfombra las migajas de su mala gestión.
 COMUNICADO Anexo
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 CONJUNTO 10/03/2025 | COMUNICADO CONJUNTO COMUNICADO CONJUNTO RENFE Y ADIF: SOBRE LAS HUELGAS CONVOCADAS | LOGIRAIL 09/03/2025 | 23 CUANDO EL DIABLO NO TIENE NADA QUE HACER, MATA MOSCAS CON EL RABO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN FORMACIÓN ¡CLAROS Y SOMBRAS! | 98 2021-11-02 |
| COMUNICADO
 | Leido: 35 veces | Hoy día 2 de noviembre se ha reunido el Consejo Asesor de Formación para ratificar el documento enviado el pasado viernes por la tarde por la Subdirección de Formación, para la revisión y aprobación de la nueva normativa sobre la gratificación de formación.
El nuevo articulado que propone la Empresa recoge que todos los trabajadores y trabajadoras sujetos al Convenio Colectivo, que desempeñen actividades docentes, percibirán mensualmente la gratificación de formación correspondiente (clave 113) dependiendo del tipo de actividad docente realizada:
• Impartición de formación presencial en aula. Se abonará por impartir clases teóricas presenciales (reciclajes, cursos OEP, etc)
• Tutorización de prácticas presenciales en aula. El personal que tutorice esta clase de formación recibirá el abono de la clave 113 en función de las horas asignadas al expediente formativo correspondiente.
• Tutorización de prácticas presenciales en el puesto de trabajo. Todas aquellas prácticas impartidas en estaciones, puestos de mando, bases de mantenimiento, etc y que tengan asociada una libreta de prácticas serán abonadas a quien haga de tutor.
• Tutorización de formación online. El tiempo dedicado a la tutorización de cursos online del CFV, se calculará en función del curso, del número de alumnos y de las conexiones realizadas.
• Soporte técnico de formación. Las horas dedicadas al diseño, elaboración de contenidos y recursos formativos, redacción y corrección de pruebas de evaluación y auditorías internas deberán ser autorizadas por el jefe de Centro de Formación correspondiente.
El personal docente adscrito al área de Formación tendrá limitado el importe mensual a percibir por este tipo de actividad al 50% de la percepción máxima mensual establecida en tablas salariales.
El personal de la Subdirección de Formación que actualmente realiza funciones de formador y percibe la gratificación fija máxima fijada en tablas salariales (464.38 € mes) seguirá cobrándola hasta que deje de realizarlas o cambie de grupo profesional.
El impartir y tutorizar formación presencial se desarrollará dentro de la jornada laboral. Cuando se realice fuera de ella se abonará la gratificación (clave 113) y el pago de las horas extraordinarias realizadas.
Desde CGT consideramos que la propuesta realizada supone un avance puesto que, hasta ahora, solo el Personal Operativo podía percibir el abono de esta clave. De esta manera se da por cumplida una de nuestras principales reivindicaciones históricas: que todas las personas trabajadoras, independientemente de su nivel salarial o nivel que ostenten, tengan acceso al mismo abanico de emolumentos
A pesar de ello, no se tuvieron en cuenta todas las demandas de CGT: el personal adscrito a la Subdirección de Formación percibiese el 100% de la gratificación fija (464.38 € mes) y la percepción para el personal colaborador no tuviera un máximo y se cobrará por todas las horas de formación impartida. Serán l@s de afiliad@s de CGT l@s que decidan, en una cuestión tan importante.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado

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