Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy dÃa 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarÃan las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarÃan al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirÃa de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavÃa más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestÃa de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que tenÃamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN FORMACIÓN ¡CLAROS Y SOMBRAS! | 98 2021-11-02 |
| COMUNICADO
| Leido: 35 veces | Hoy dÃa 2 de noviembre se ha reunido el Consejo Asesor de Formación para ratificar el documento enviado el pasado viernes por la tarde por la Subdirección de Formación, para la revisión y aprobación de la nueva normativa sobre la gratificación de formación.
El nuevo articulado que propone la Empresa recoge que todos los trabajadores y trabajadoras sujetos al Convenio Colectivo, que desempeñen actividades docentes, percibirán mensualmente la gratificación de formación correspondiente (clave 113) dependiendo del tipo de actividad docente realizada:
• Impartición de formación presencial en aula. Se abonará por impartir clases teóricas presenciales (reciclajes, cursos OEP, etc)
• Tutorización de prácticas presenciales en aula. El personal que tutorice esta clase de formación recibirá el abono de la clave 113 en función de las horas asignadas al expediente formativo correspondiente.
• Tutorización de prácticas presenciales en el puesto de trabajo. Todas aquellas prácticas impartidas en estaciones, puestos de mando, bases de mantenimiento, etc y que tengan asociada una libreta de prácticas serán abonadas a quien haga de tutor.
• Tutorización de formación online. El tiempo dedicado a la tutorización de cursos online del CFV, se calculará en función del curso, del número de alumnos y de las conexiones realizadas.
• Soporte técnico de formación. Las horas dedicadas al diseño, elaboración de contenidos y recursos formativos, redacción y corrección de pruebas de evaluación y auditorÃas internas deberán ser autorizadas por el jefe de Centro de Formación correspondiente.
El personal docente adscrito al área de Formación tendrá limitado el importe mensual a percibir por este tipo de actividad al 50% de la percepción máxima mensual establecida en tablas salariales.
El personal de la Subdirección de Formación que actualmente realiza funciones de formador y percibe la gratificación fija máxima fijada en tablas salariales (464.38 € mes) seguirá cobrándola hasta que deje de realizarlas o cambie de grupo profesional.
El impartir y tutorizar formación presencial se desarrollará dentro de la jornada laboral. Cuando se realice fuera de ella se abonará la gratificación (clave 113) y el pago de las horas extraordinarias realizadas.
Desde CGT consideramos que la propuesta realizada supone un avance puesto que, hasta ahora, solo el Personal Operativo podÃa percibir el abono de esta clave. De esta manera se da por cumplida una de nuestras principales reivindicaciones históricas: que todas las personas trabajadoras, independientemente de su nivel salarial o nivel que ostenten, tengan acceso al mismo abanico de emolumentos
A pesar de ello, no se tuvieron en cuenta todas las demandas de CGT: el personal adscrito a la Subdirección de Formación percibiese el 100% de la gratificación fija (464.38 € mes) y la percepción para el personal colaborador no tuviera un máximo y se cobrará por todas las horas de formación impartida. Serán l@s de afiliad@s de CGT l@s que decidan, en una cuestión tan importante.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado
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